ANALISIS DEL LIBRO EL ALMA DE LA TOGA
Enviado por carlos2467 • 24 de Marzo de 2016 • Síntesis • 3.399 Palabras (14 Páginas) • 1.307 Visitas
ANALISIS DEL LIBRO EL ALMA DE LA TOGA
Ángel Ossorio
1.- QUIEN ES EL ABOGADO
En pocas palabras se refiere a la abogacía como un deber, una vocación que se va puliendo a través del tiempo y que al ir alcanzando esta madurez cultural, no debemos perder la sencillez y la esencia de la profesión que escogimos, “que de ninguna manera, el haber obtenido el título de licenciado en derecho, no nos da el derecho a obtener el título de abogado”.
2.- LA FUERZA INTERIOR
Uno como persona, que tomamos la decisión de ejercer un trabajo, debemos hacerlo con la misma fuerza como cuando solamente era un proyecto, tener confianza en uno mismo y exteriorizar la fuerza que poseemos, dejar a un lado las críticas, las agresiones y no permitir que influyan terceras personas en nuestra razón de lo que es la ética y el sentido común; todo esto nos desorienta y solo nos lleva a la desconfianza y a la duda, cuando esto pasa, dejamos de ser el abogado y nos convertimos en la persona que solo quiere lucrar; y en ese caso, sería mejor cambiar de profesión.
3.- LA SENSACION DE LA JUSTICIA
No es necesario que el abogado sea una eminencia jurídica sino que cuente con el carácter, tenga las cualidades y el espíritu para decirse un abogado en toda la extensión de la palabra. El conocimiento lo podrá encontrar en los libros pero lo que reclama la vida no se encuentra escrito; por lo tanto quien logra tener ese sentimiento, esa capacidad para encontrar esas necesidades se dirá abogado y quien por el contrario no pasará del suelo.
Hay cuestionamientos que se debe hacer el abogado, como ¿quién es la persona que me consulta?, ¿Qué se propone íntimamente?, ¿Qué haría yo en su caso?, ¿a quién dañará con sus propósitos? con estos cuestionamientos llegará a tener un criterio sin temor a equivocarse y llegar a saber que es lo justo, ya el apoyo legal queda en segundo término.
El abogado tiene que aconsejar de acuerdo a la realidad de las exigencias de la vida, por los intereses, por la conveniencia, por la conciliación etc. Y no solo basarse primordialmente en las leyes o códigos para su defensa, es buscar lo justo y posteriormente lo legal.
4.- LA MORAL DEL ABOGADO
Existe una situación compleja que aqueja al abogado, esta es la confusión que crea la ética y la moral en él, situación que lo pone entre la espada y la pared al momento de decidir si aceptar un asunto o no, postura que mezcla sentimientos, de vanagloria, de interés de lucro, de prestigio etc. Pero nos aclara, la abogacía se cimienta en la integridad de la conciencia más allá de las pretensiones que podamos alcanzar, pero siempre anteponiendo la moral.
Nos expone como punto de vista, cuando el abogado acepta algún asunto, es porque tiene la confianza de que es justa la pretensión del cliente, aunque muchas veces no lo sea, pero si llega a ganar el asunto, gana el cliente, pero lo que en realidad triunfa es la justicia y este triunfo no cega a la justicia, sino todo lo contrario, la ilumina.
5.- EL SECRETO PROFESIONAL
El abogado tiene la obligación de ser discreto y no divulgar lo que le confía su cliente al llevar un asunto, aunque está penado por la ley, el abogado no siempre es discreto, siempre hay una persona de su confianza a quien se lo comenta argumentando que no tiene incumbencia en el asunto y así sucesivamente el secreto va pasando de persona en persona.
Se cuestiona al decir que el secreto profesional es un contrato de mandato, esto quiere decir, que el abogado se convierte en una representación del cliente, pero el abogado no representa sino asesora y ampara; de arrendamiento de servicios esto es cuando el abogado se somete tan solo por asistir a quien le paga y deja a un lado la capacidad y libertad de tomar el asunto si les parece bien o abandonarlo cuando le parece mal; otros autores como Pellegrin, Merjer y Sadoul lo catalogan como un contrato de depósito aunque suene gracioso, porque en sentido figurado se convierte en un depositario del secreto.
Existen tres conflictos que se encuentra el abogado al guardar el secreto profesional:
- El conflicto con su propia conveniencia, “en el pecado llevan la penitencia”, desgraciadamente el abogado puede correr el riesgo de pasar de ser el bueno a pasar a ser el malo, pero que por ningún motivo el abogado debe romper esa “promesa sacra”
- El conflicto con el interés ajeno, en este caso el abogado tiene el compromiso de guardar el secreto que le confíe su defendido aun cuando haya una afectación directa a la verdad.
- El conflicto con un grave interés social, es un parteaguas para el abogado por un lado está el guardar el secreto profesional de un criminal y por el otro lado la afectación a una persona que está siendo inculpada del delito que el primero cometió, pero no debe caber dudas, siempre debe imperar la verdad sobre todo cuando existe una injusticia y el abogado será relevado de guardar el secreto profesional sin lugar a dudas.
En conclusión el abogado siempre debe respetar, salvo en ciertas ocasiones, el secreto profesional, aun cuando no haya aceptado llevar el asunto.
LA CHICANA
No es otra cosa más que los embustes, la riña, el enredo, el retraso o demora como un ardid que es utilizado en su momento por los abogados para poder asegurar el triunfo, esto es lo más deshonroso para este, cuando se vale de ella para ganar un asunto, pero si es necesaria la chicana para que prevalezca la justicia, pues ni modo “bendita chicana”.
LA SENSIBILIDAD
El abogado debe actuar con conciencia y también con indiferencia en lo emocional, no mezclar los sentimientos ni involucrarse profundamente en la situación que aqueja al cliente, porque al mezclar los sentimientos y las emociones automáticamente se sega el abogado y pierde la objetividad de la situación, lo más recomendable para evitar esta situación es actuar siempre con templanza y mesura.
EL DESDOBLAMIENTO PSÍQUICO
El profesor Ángel Majorana explica que el lazo que se crea entre el cliente y el abogado es tan fuerte que hace perder su propia realidad de este último, de ahí se da como consecuencia que “la virtud que el abogado necesita no es un verdadero y propio valer” esto quiere decir, que se puede actuar en pro de nuestro deber e ideales, sin importar los intereses propios ya que nos debemos totalmente a nuestro cliente.
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