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ANÁLISIS CRÍTICO DE LA CONSTITUCIÓN DE HAITÍ


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2012  •  720 Palabras (3 Páginas)  •  669 Visitas

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ANÁLISIS CRÍTICO DE LA CONSTITUCIÓN DE HAITÍ

La Constitución prohíbe el arresto y detención arbitrarios, sin embargo, las fuerzas de seguridad siguen empleando ambas prácticas.

El Sistema Judicial de Haití está conformado por los tribunales que integran el Poder Judicial, la Escuela de la Magistratura, la Oficina de la Persecución Pública, el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, la Defensoría del Pueblo y la Policía Nacional.

El Poder Judicial Está bajo la responsabilidad del Ministerio de Justicia y Seguridad y Seguridad Pública. De acuerdo a la Constitución de 1987, integran el Poder Judicial el Tribunal de Casación, los Tribunales de Apelaciones, los Tribunales de Primera Instancia, los Tribunales de Paz y los Tribunales Especiales.

En Haití hay quince Cortes de Primera Instancia, de acuerdo al mismo número de jurisdicciones existentes en el país. Están compuestas por al menos un juez de investigación (juge d’instruction) y un juez común (juge simple) De acuerdo a la Constitución, el Presidente designa jueces de listas preparadas por las Asambleas Departamentales, sin poder ser removidos de su cargo. Hay oficinas de persecución cercanas a la Corte (parquet), que integran a un fiscal y un asistente de fiscal. Estas cortes tienen jurisdicción general sobre odas las materias civiles, comerciales, marítimas y criminales, así como jurisdicción de apelación sobre algunas de las decisiones de las Cortes de Paz.

Corte Suprema (Cour de Casation) La Corte Suprema (Corte de Casación) es el tribunal con jerarquía jurisdiccional más alta del país. Está integrada por un presidente, un vicepresidente y ocho jueces. Se encuentra dividida en dos secciones que operan separadamente o en una cámara común. El Presidente designa a los jueces de acuerdo a una lista de al menos tres candidatos, preparada por el Senado. Durarán en su cargo un periodo de 10 años y no podrán ser removidos. La Corte Suprema tiene autoridad en las decisiones de las Cortes de Apelaciones en relación a todas las materias, y es la última instancia para casos decididos por las Cortes de Paz. En su calidad de Consejo Superior de la Judicatura, también maneja materias disciplinarias, incluyendo la remoción de algunos jueces.

Corte de Paz Cada jurisdicción tiene una Corte de Paz, las que se componen por un juez de paz y un juez asistente. En 2002 había aproximadamente 200 Cortes de Paz en el país16. Acorde a la Constitución, el Presidente designa jueces desde unas listas prepa radas por las Asambleas Comunales, pero, en la práctica, el Ejecutivo prescinde de estas listas y nomina a los jueces a su arbitrio.

Cortes de Apelaciones Existen cinco Cortes de Apelaciones en todo el país. Están compuestas por un presidente, cinco a siete jueces, un representante del gobierno y un número de fiscales. El Presidente designa a los jueces que la integrarán, desde listas preparadas.

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