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Activos Intangibles NIF C-8


Enviado por   •  23 de Mayo de 2015  •  3.429 Palabras (14 Páginas)  •  336 Visitas

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OBJETIVO

Esta norma tiene como objetivo establecer las normas de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de los activos intangibles que se adquieren en forma individual o a través de una adquisición de negocios.

ALCANCE

Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todo tipo de entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos en la NIF A-3, que adquieren o generen internamente activos intangibles y que no están normados en otras NIF.

TERMINOS

Activos intangibles: son aquellos activos no monetarios identificables, sin sustancia física que generan beneficios económicos futuros controlados por la entidad.

Características de los activos intangibles:

I. Representan costos que se incurren o privilegios que se adquieren con la intención de que aporten beneficios económicos específicos a la entidad, en el sentido de que esas operaciones reduzcan costos o aumenten ingresos.

II. El hecho de que los beneficios futuros carezcan de características físicas, no impide que se les pueda considerar como activos válidos.

Activos identificables: activos que tiene la capacidad para generar beneficios económicos futuros para la entidad; particularmente, son aquellos adquiridos individualmente o en una adquisición de negocios o generados internamente.

Activos netos adquiridos: es el monto neto de activos tangibles e intangibles adquiridos y pasivos asumidos del negocio adquirido, que se obtienen de una adquisición de negocios.

Adquirido: en una adquisición de negocios es el negocio sobre la cual la adquiriente obtiene control.

Adquiriente: es quien adquiere un activo intangible.

Adquisición de negocios: es la transacción por medio de la cual una entidad adquiere los activos netos de uno o varios negocios.

Amortización: distribución sistemática del costo de un activo intangible de vida definida entre los años de su vida útil estimada.

Contraprestación: es una adquisición de negocios, es el monto que paga la adquiriente para obtener el control de uno o varios negocios.

Control: es el poder de decidir las políticas financieras y de operación de una entidad con el fin de obtener beneficios de sus actividades.

Costo de adquisición: es el monto pagado de efectivo o equivalentes por un activo intangible al momento de su adquisición.

Crédito mercantil: es el exceso de la contraprestación sobre el valor razonable o especifico de los activos netos adquiridos.

Desarrollo: es la aplicación de los resultados encontrados en la investigación y/o otros conocimientos a un plan o diseño para la producción de materiales nuevos o sustancialmente mejorados.

Fecha de adquisición o de compra: es la fecha en que se adquiere un activo intangible y en una adquisición de negocios, es aquella en el que el adquiriente obtiene control del adquirido.

Investigación: tiene el propósito de adquirir nuevos conocimientos científicos o técnicos con la expectativa de que resulten útiles para desarrollar un nuevo producto.

Mercado activo: es un mercado en el cual se presentan las siguientes condiciones:

I. Sus elementos negociados son homogéneos.

II. Observación de compradores y vendedores en cualquier momento.

III. Precios disponibles al público

Valor residual: es el monto neto que la entidad espera obtener de un activo intangible al final de su vida útil.

Valor razonable: representan el monto de efectivo o equivalentes que participantes en el mercado estarían dispuestos a intercambiar para la venta de un activo intangible.

Elementos de la definición de activos intangibles

Los elementos distintivos en la definición de un activo intangible, ya sea generado internamente o adquirido son:

a) Debe ser identificable.

b) Debe carecer de sustancia física.

c) Debe proporcionar beneficios económicos futuros fundadamente esperados.

d) Debe tenerse control sobre dichos beneficios

Un activo es identificable sí:

a) Es separable; es decir, puede separarse o dividirse por la entidad para venderse, transferirse, licenciarse, rentarse o intercambiarse, tanto individualmente o junto con un contrato relativo a otro activo o pasivo identificable, sin considerar si la entidad tiene dicha intención; o

b) Surge de derechos contractuales o legales, sin considerar si dichos derechos son transferibles o separables de la entidad.

Condición de separabilidad

Un activo posee la condición de separabilidad cuando este tipo de activo puede intercambiarse en el mercado, aun cuando no se den transacciones frecuentes al respecto. Una lista de clientes puede ser separable si puede ser rentada a un tercero para que envíe publicidad, si la lista de clientes está sujeta a condiciones de confidencialidad por los mismos, no debe considerarse separable.

Condición de propiedad legal o contractual

La condición de propiedad legal o contractual le da un valor individual al activo intangible. Tal como en los casos en que lo que se adquiere, en forma individual o a través de una adquisición de negocios, proviene de:

a) Un contrato de arrendamiento en un centro comercial, cuya afluencia se ha incrementado significativamente, lo que hace que dicho contrato tenga un valor adicional;

b) Licencias de operación, tales como concesiones, permisos o derechos y

c) Patentes licenciadas a terceros.

Beneficios económicos futuros

Pueden estar presentes en los ingresos sobre la venta de los productos o prestación de servicios, ahorros en costos u otros beneficios resultantes del uso del activo por la entidad, tal como un incremento en la productividad.

Control

Una entidad controla un activo si tiene el poder para obtener beneficios económicos futuros que fluyan del activo. La capacidad de una entidad para controlar los beneficios económicos futuros de un activo intangible normalmente proviene de derechos legales.

NORMAS DE VALUACIÓN

Reconocimiento inicial

El reconocimiento de activo intangible debe cumplir con los siguientes criterios:

a) los beneficios económicos futuros atribuibles al activo intangible fluirá hacia la entidad.

b) su valuación inicial deberá ser a su costo de adquisición.

Adquisición de un activo intangible en forma individual

La adquisición de un activo intangible en forma individual su costo es el efectivo.

El costo de adquisición de un activo intangible debe comprender:

a) Su precio de compra

b) Cualquier desembolso directamente atribuible que este pueda tener

El desembolso directamente

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