Antecedentes Del Derecho Económico
Enviado por JaviMunoz • 9 de Febrero de 2013 • 5.143 Palabras (21 Páginas) • 725 Visitas
ANTECEDENTES DEL DERECHO ECONOMICO.
MÉXICO Y EUROPA.
• Relevancia.
El derecho económico en México adquiere relevancia constitucional a partir de la Carta de Querétaro en 1917, anterior a la Carta de Weimar (1919) en Alemania. Establece la propiedad como función social y pilar esencial del sistema de economía mixta que ha construido en su evolución social política. Desde el importante artículo 27 constitucional vigente que entrega a la nación el origen de toda propiedad, hasta las últimas reformas constitucionales (“Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada”), la rectoría del Estado ha sido factor determinante de su desarrollo democrático, armonizado con las libertades individuales, en especial el artículo 5, que reconoce la libertad de trabajo y el principio de la libre concurrencia como base de una economía privada o de mercado (“Artículo 5o. A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial”.)
• Década de los ’20.
En cuanto a la legislación secundaria el legislador ha venido legitimando la intervención estatal y nacionalizando sectores estratégicos como la energía eléctrica, los ferrocarriles, el petróleo y otras áreas. Pese a ello, el derecho económico no ha logrado, en materia de legislación, una estructura acorde con su importancia científica. Los avances jurídicos en materia de planificación, y la producción legislativa de contenido económico de los últimos años, plantean enormes desafíos que afrontar con métodos abiertos y creativos que alejen de visiones estáticas y regresivas, a fin de desarrollar y utilizar el derecho económico como instrumento que haga realidad la democracia económica postulada en el artículo 3o. de nuestra Carta Magna, los antecedentes del derecho económico están en la Constitución de 1917 actualizada, y que lejos de postular una suerte de sistema de economía liberal, refuerza y legitima la presencia rectora del Estado, facultándolo para planificar en forma concertada e indicativa el desarrollo económico y social de México.
• Década de los ‘70
Tanto en los países desarrollados como en los que están en proceso de desarrollo, se asiste a cambios en los sistemas económicos. Se inicia la reestructuración industrial con miras a satisfacer las necesidades de bienestar de pueblos y naciones. El desempleo y la falta de crecimiento económico afecta por igual a países ricos y pobres. En paralelo emerge la tercera revolución tecnológica industrial que trastoca la organización de la producción y advienen sistemas de producción global (fábricas mundiales) que relegan los sistemas de producción de tipo estandarizado y masivo. Las empresas cambian estructuras, externalizan los servicios y aplican nuevos enfoques y técnicas gerenciales y de administración. El comercio internacional modifica también su organización. Nuevas tecnologías bancario-financieras, el auge de las telecomunicaciones, la informática y el desarrollo de nuevos materiales (fibra óptica, sílice, etcétera), cambian los determinantes de las ventajas comparativas. Se incrementó el comercio internacional intrafinna o comercio cautivo y actualmente el 40% de las exportaciones e importaciones estadounidenses se efectúa entre sus propias filiales. Se generalizan las fusiones y asociaciones entre empresas para avanzar en la conquista de mercados, desarrollar tecnologías de productos, procesos y servicios y conjuntar recursos financieros. Las alianzas estratégicas entre empresas automotrices y de aviación son ejemplos de dicha tendencia. El redespliegue industrial impacta las economías y mercados de América Latina y México. Las empresas trasnacionales trasladan sus industrias maduras a otras regiones para reducir costos en el consumo de energía, de la mano de obra y en materia ecológica.
• Década de los ‘80
México se insertó en una situación jurídico-económica de carácter dual. Por una parte, en 1983 se reformó la Constitución señalando claramente lo que es el derecho económico y dotar de un claro mandato social al sistema de economía mixta y, por la otra, a partir de 1988 se inició un proceso de privatización y desregulación económica que relega al Estado de la rectoría económica. Para la primera tendencia, Miguel de la Madrid señaló: -“El concepto de rectoría económica del Estado ha servido de supuesto a la activa intervención del Estado en el desarrollo económico de México a partir de 1917. Esta idea se ha expresado implícita o explícitamente en leyes, reglamentos, planes, programas y, desde luego, en el discurso político. La expresión "rectoría económica del Estado" se ha usado reiteradamente en los programas del Partido Revolucionarlo Institucional y en los planes y programas de los diferentes gobiernos. Las reformas constitucionales de 1983 en materia económica desplegaron, actualizaron y sistematizaron los principios existentes de 1917, que se vinieron aclarando y desarrollando en la práctica constitucional desde entonces. Dichas reformas no implicaron un cambio filosófico sino sólo una mayor elaboración y precisión de los textos-“. Esta expresión dio paso a la tendencia opuesta, privatizadora y orientada a una economía de mercado, es la suscripción y ratificación por el Senado de la República del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, cuyos objetivos y mandatos para la economía mexicana actual son:
- Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de bienes y de servicios entre los territorios de las partes.
- Promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio.
- Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las partes.
- Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en territorio de cada una de las partes.
- Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este tratado, para su administración conjunta y para la solución
...