Antofagasta, tres de junio de dos mil trece.
Enviado por paolopayacan • 30 de Septiembre de 2013 • Tesis • 273 Palabras (2 Páginas) • 424 Visitas
Antofagasta, tres de junio de dos mil trece.
Téngase por iniciada causa de cumplimiento de la causa RIT C-119-2011, de este tribunal de familia, en cuanto establece pensión de alimentos.
Sin perjuicio de lo anterior, y advirtiendo la existencia de causa por rebaja de alimentos, RIT C-694-2013 relacionada entre las partes, siga también su prosecución en estos autos, debiendo dejar constancia de la presente resolución en la causa antes señalada para su archivo.
Cúmplase la incorporación digital por la Unidad de Atención de Público y el archivo decretado por el funcionario que dio apertura a estos autos.
En concordancia con lo anterior, se hace presente a las partes que todas sus solicitudes deberán presentarse en la presente causa RIT Z-533-2013, dado que las causas RIT C-119-2011 y RIT C-694-2013 se encuentran terminadas.
Se apercibe a las partes, si no lo han hecho, a indicar dentro de tercero día, una casilla de correo electrónico o número telefónico para notificarles las resoluciones que se dicten, de lo contrario, las notificaciones se les harán por el estado diario. Certifíquese el incumplimiento por Ministro de Fe.
Se insta a las partes a obtener clave de acceso al Sistema Informático de Tribunales de Familia (Sitfa), con la cual podrán consultar el estado de la causa por medio del portal de Internet www.pjud.cl.
Notifíquese a la demandante por correo electrónico y al demandado, don JUAN MARINO PAYACAN PEREZ domiciliado en calle Cantera 223 Comuna de Huasco, personalmente o por cédula por funcionario habilitado.
Exhórtese al efecto al JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE FREIRINA, para su diligenciamiento.
SIRVA LA PRESENTE RESOLUCIÓN DE SUFICIENTE Y ATENTO OFICIO REMISOR.
RIT Z-533-2013
Proveyó Carlos Campillay Robledo, Juez de Familia de Antofagasta.
...