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Aspectos Legales Del Impuesto Sobre La Renta


Enviado por   •  11 de Febrero de 2014  •  6.850 Palabras (28 Páginas)  •  365 Visitas

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ASPECTOS LEGALES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN MATERIA DE RETENCIONES

FUNDAMENTO LEGAL

Uno de los procedimientos administrativos para recaudar el Impuesto sobre la Renta es a través de las retenciones en la fuente, es decir, en el momento del pago o del abono en cuenta. En tal sentido, podemos definir las retenciones como un pago total o parcial de impuesto, que es generado por determinado enriquecimiento, como por ejemplo:

• Sueldos y Salarios

• Honorarios Profesionales

• Comisiones Mercantiles

• Intereses de Capitales

• Pagos a no Residentes

• Fletes

• Cánones de Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles

• Impuestos Proporcionales

• Rentas Presuntas

• Ganancias Fortuitas

• Primas de Seguros y Reaseguros

• Publicidad y Propaganda

El sistema de retenciones lo podemos concebir como las diferentes formas que puede utilizar el estado para efectuar el cobro del impuesto. Y entenderemos como “Retención en la fuente”, el hecho mediante el cual el deudor o pagador de un enriquecimiento efectúa el calculo del impuesto y luego lo entera en una oficina receptora de fondos Nacionales, tal como lo establece el reglamento en materia de retenciones.

La ley de Impuesto sobre la Renta, en las disposiciones contenidas en el artículo 87, establece la base legal del sistema de retenciones. Según esta normativa, los deudores de los enriquecimientos netos o ingresos brutos señalados en la ley a que se contaren los artículos 27 parágrafo octavo, 31, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 48, 64, 65 y 67, están obligados a retener el impuesto en el momento del pago o del abono en cuenta. En tal sentido el Ejecutivo nacional podra fijar tarifas y porcentajes de retención, parcial o total, previstas en la Ley de impuesto sobre la renta y en sus disposiciones reglamentarias.

En desarrollo de este mandato legal, se dicto el Reglamento Parcial de la Ley de Impuesto sobre la Renta en materia de Retenciones, mediante el decreto 1.808 publicado en la Gaceta Oficial No 36.203, de fecha 12 de Mayo de 1997.

AGENTES DE RETENCION

Los Agentes de Retención son aquellas personas naturales o jurídicas designadas por la Ley o por la Administración Tributaria que por sus funciones publicas o en razón de sus actividades privadas, intervienen en actos u operaciones en los cuales debe efectuarse la retención del tributo correspondiente.

Se constituyen en responsables directos, porque si bien no han realizado el hecho imponible, deben encargarse de cumplir las obligaciones atribuidas al contribuyente, es decir, recabar una porción o la totalidad del impuesto y enterarlo a la Tesorería Nacional.

Una vez efectuada la retención, el agente de retención es el único responsable ante la tesorería Nacional por el importe retenido. De no realizar la retención, responderá solidariamente con el contribuyente. (Articulo 27 del COT).

RESPONSABILIDAD DEL AGENTE DE RETENCION

(Referencia Legal COT, artículos 25, 26 y 27)

Conforme al Código Orgánico Tributario, un responsable es la persona que sin tener el carácter de contribuyente debe, por disposición de la Ley, cumplir con las obligaciones de este; los agentes de retención son responsables directos. Si el agente de retención efectúa la retención, es el único responsable ante el fisco por el importe retenido. Pero, de no realizar la retención, responde solidariamente con el contribuyente por el pago del impuesto que debía haber retenido.

Si el agente efectúa retenciones sin norma legal o reglamentaria que las autorice, entonces responde ante el contribuyente por tales retenciones. No obstante, si el agente enteró lo retenido, el contribuyente podra solicitar su reintegro o compensación a la Administración Tributaria.

De no realizar la retención del impuesto, el agente responderá solidariamente con el contribuyente. En tal sentido podemos decir que existe un caso de solidaridad tributaria para el cumplimiento de la obligación. Es de hacer notar que el agente de retención tendrá derecho a reclamar del contribuyente el reintegro de las cantidades que hubiere pagado por el.

DEBERES DEL AGENTE DE RETENCION

Recibir la forma AR-I, en el que se expresa el porcentaje de retención aplicable a los pagos de sueldos, salarios y demás remuneraciones similares, por parte de tales beneficiarios, aplicando dicho porcentaje de retención al realizar cada pago. Igualmente debe revisar la información contenida en dicha forma, y de observar algún error, lo debe informar al beneficiario. (Articulo 5 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta en materia de Retenciones)

Determinar el porcentaje de retención aplicable a sueldos, salarios y demás remuneraciones similares, si el beneficiario de tales remuneraciones no cumple con la obligación de notificar el porcentaje de retención correspondiente. (Articulo 6 del reglamento parcial de la LISLR en materia de retenciones)

Presentar la relación anual de retenciones, en donde consta la identificación de las personas o comunidades objeto de retención, las cantidades pagadas o abonadas en cuenta y los impuestos retenidos y enterados durante el año anterior (ejercicio fiscal), ante la gerencia regional de tributos internos con jurisdicción en su domicilio fiscal, dentro de los dos (2) primeros meses del ejercicio fiscal siguiente o de los dos (2) meses siguientes a la fecha de cesación de los negocios y demás actividades, con base en lo establecido en la providencia No 402 “ Instructivo para la presentación de la relación anual de retenciones”, publicado en Gaceta Oficial No 36.406 del 4/03/1998. En el caso de las empresas petroleras, mineras y conexas, la relación se debe entregar ante la Intendencia Nacional de Tributos Internos del SENIAT, dentro de los treinta (30) días siguientes a cada trimestre del año civil. (Articulo 23 del Reglamento Parcial de la LISLR en materia de Retenciones).

Entregar a los beneficiarios de los pagos sujetos a retención , sueldos, salarios y demás remuneraciones similares, así como de otras actividades distintas a las mencionadas anteriormente, un comprobante por cada retención de impuesto indicando el monto pagado o abonado en cuenta y la cantidad retenida así como una relación del total pagado o abonado en cuenta y de los impuestos retenidos en el ejercicio, que corresponde al AR-CV, respectivamente, formularios de libre elaboración por parte del agente de retención. (Articulo 24 del Reglamento Parcial de la LISLR en materia de retenciones).

OBLIGACION DEE RETENER

(Referencia

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