Auditoria
Enviado por yeisonumala21 • 18 de Septiembre de 2013 • 3.101 Palabras (13 Páginas) • 295 Visitas
La reforma tributaria del año 2012 plasmada en la ley 1607 del mismo año, introdujo amplios cambios en la normatividad tributaria y financiera que no se veían desde el año 1995.
La citada ley 1607 del 26 de Diciembre de 2012 contiene diez capítulos y las derogatorias, plasmados en 198 artículos en los que adicional a los temas tributarios, entre ellos la creación de tres nuevos impuestos, también legisló sobre derecho comercial, sobre contabilidad, sobre derecho laboral e inclusive, introdujo repercusiones penales para maniobras elusivas.
Los principales aspectos contemplados por la ley 1607 de 2012 son:
1. Cambios en el impuesto sobre las ventas –IVA-
o La nueva ley 1607 modificó la estructura de tarifas dejándola reducida a tres: 5% y 16 % para bienes y servicios gravados y 0% para bienes y servicios exentos.
o Introdujo nuevos bienes y servicios excluidos y retiró de esta categoría otros bienes.
o El servicio de restaurante, que quedó excluido de IVA pero gravado con el nuevo impuesto al consumo.
o El servicio de parqueadero quedó gravado con IVA, no importa quien preste el servicio, inclusive si se trata de propiedad horizontal.
o Para los servicios integrales de aseo y cafetería, vigilancia, temporales. y los prestados por las cooperativas o pre-cooperativas de trabajo asociado, la base del IVA será el AIU que no podrá ser inferior al 10% del valor del contrato. Esta base aplica para retención en la fuente por renta e impuestos territoriales. La tarifa de IVA será del 5% o 16% dependiendo de quien presta el servicio.
o Introdujo cambios en la determinación de los impuestos descontables. Ya no me rechazo los excesos de tarifa de IVA comparado con mi tarifa de venta.
o Introdujo cambios en la determinación de los impuestos que dan derecho a devolución. Para determinar la proporción solo tengo en cuenta los ingresos gravados y exentos.
o Se introdujo de nuevo el concepto de IVA en bienes de capital con la posibilidad de manejarlo como descuento en impuesto de renta.
o Pueden solicitar devolución bimestral de IVA quienes exporten, quienes produzcan libros y revistas de carácter científico y cultural, quienes produzcan prensa escrita, quienes presten servicio de internet a los estratos 1 y 2. También pueden solicitar esta devolución bimestral los productores de carnes, camarones, leche y derivados, biocombustibles y alcohol carburante, una vez adopten el mecanismo de facturación electrónica.
o Los excesos de tarifa de IVA y los saldos a favor de los productores de carnes, camarones, leche y derivados, biocombustibles y alcohol carburante, que no hayan adoptado el mecanismo de facturación electrónica , se los devuelven una vez hayan presentado la declaración de renta que corresponde con los periodos de IVA respectivos.
o De acuerdo al monto de ingresos del año anterior, debe presentarse declaración y pago de IVA bimestral, declaración y pago de IVA cuatrimestral y declaración anual de IVA con pago cuatrimestral.
o La retención en la fuente del IVA bajó al 15%, para efectos de chatarra quedó en el 100% del IVA que se facture.
2. Cambios en impuesto sobre la renta
o La nueva ley clasificó a las personas naturales en dos grandes grupos: Empleados y trabajadores por cuenta propia. Solo para efectos tributarios, los trabajadores independientes se asimilaron a empleados.
o Modificó los elementos y términos para fijar la residencia fiscal.
o Solo para las personas naturales, adicionó una nueva presunción: El IMAN, que presume una renta e impuestos mínimos.
o Solo para las personas naturales, estableció una renta e impuestos mínima , con declaración incluida que da de derecho a un beneficio de auditoría en seis meses luego de declarar: El IMAS.
o Solo para personas naturales, se eliminó el tope de ingresos mínimos para ser declarante de renta, con ello, la declaración sería voluntaria.
o Cambió la tarifa general del impuesto de renta para personas jurídicas nacionales, del 33% la bajó al 25%. Para las personas jurídicas extranjeras y naturales extranjeras sin residencia la dejó en el 33%.
o Eliminó ingresos no gravados, entre ellos, la prima en colocación de acciones.
o Fijó parámetros para las reorganizaciones empresariales (fusiones y escisiones) y para los aportes en especie cuando se constituyen sociedades.
o Fijó parámetros para las transacciones con el exterior y estableció modificaciones al régimen de precios de transferencia.
o Introdujo modificaciones en las retenciones en la fuente para personas naturales, tanto para trabajadores como para independientes. Inclusive introdujo una retención mínima.
o Fijó límites para las remuneraciones a Directivos del Régimen Tributario Especial.
3. Cambios laborales
o Estableció exoneración de aportes al Sena (2%) y al ICBF (3%) para las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta. Aplica a partir de Julio de 2013 solo para salarios inferiores a 10 SMMLV.
o Estableció exoneración de aportes de nómina a la salud (8.5%) para las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta. Aplica a partir de Enero 1 de 2014 solo para salarios inferiores a 10 SMMLV.
o Estableció exoneración de aportes de nómina a la salud (8.5%), al Sena (2%) y al ICBF (3%) para las personas naturales empleadoras de más de un trabajador. Aplica a partir de Julio de 2013 solo para salarios inferiores a 10 SMMLV.
o Se establece un procedimiento aplicable a la determinación oficial de las contribuciones parafiscales de la protección social y a la imposición de sanciones por la UGPP, estableciendo parámetros de gestión para el cobro de aportes de seguridad social, similares a los tributarios, fijando un régimen sancionatorio y determinación oficial de aportes de seguridad social.
4. Cambios en impuesto a las ganancias ocasionales
o Modificó la tarifa bajándola al 10% (antes estaba en el 33%)
o Fijó una amnistía de bienes no declarados sin sanciones y sin este impuesto, además de no generar por comparación patrimonial.
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