“CAMBIOS DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISIÓN PREVENTIVA EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO”
Enviado por lily2 • 31 de Agosto de 2015 • Ensayo • 6.579 Palabras (27 Páginas) • 510 Visitas
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CENTRO UNIVERSITARIO DE LA CIÉNEGA
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CARRERA: ABOGADO (SEMIESCOLARIZADO)
SEDE: CEFERESO
“CAMBIOS DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISIÓN PREVENTIVA EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO”
Materia: METODOLOGÍA JURÍDICA
Maestra: LICENCIADA NALLELI ESPERANZA MURILLO MEJÍA
Alumna: ANA LILIA CERVANTES RIVAS
Fecha: 09 DE MAYO DEL 2015
ÍNDICE
TITULO 3
INTRODUCCIÓN 4
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 6
ALCANCE DE LA INVESTIGACIÓN 7
OBJETIVO DE LA INVESTIGACIÓN 8
JUSTIFICACIÓN 9
HIPÓTESIS 11
TIPO DE INVESTIGACIÓN 13
DISEÑO DE INVESTIGACIÓN 14
MARCO TEÓRICO 15
METODOLOGÍA 19
CONCLUSIÓN 20
CRONOGRAMA 21
BIBLIOGRAFÍA 22
“CAMBIOS DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISIÓN PREVENTIVA EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO”
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo se pretende realizar la investigación, respecto del tema “Los cambios de la medida cautelar de la Prisión Preventiva en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio”, mismo que se sujetará, en su parte más importante, a los cambios presentados por las reformas realizadas a nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El 18 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional, que implicó un rediseño de nuestro sistema de justicia, para convertirlo de carácter mixto a uno de carácter acusatorio y oral.
En razón de lo anterior, se realizaron los trabajos legislativos correspondientes para concretar la reforma que facultara al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia procedimental penal, mecanismos alternativos y ejecución de penas.
El Código que regirá dicho sistema es el Código Nacional de Procedimientos Penales, aprobado por el Poder Legislativo Federal, este surgió de las deliberaciones iniciadas a partir de las distintas iniciativas presentadas en el Senado de la República.
La finalidad de reformar los artículos de nuestra Constitución es mejorar los procesos, fortalecer los juicios, así como, permitir a los inculpados llevar su proceso sin la tan excesiva reclusión.
Con el nuevo modelo de justicia se acabará con el ingreso sin sentido a la penal, ya que se presume la inocencia del indiciado y se pondera la reinserción social y no la readaptación, antes que la prisión.
En este sentido, es necesario dejar claro que el principio de presunción de inocencia, que implica el tratamiento de la persona inculpada por un delito como inocente hasta que se le demuestre lo contrario, predetermina el derecho a gozar de libertad, precisamente en tanto no se le declare responsable y se le dicte una sanción corporal y ésta quede firme, será uno de los principales enfoques de esta investigación.
De igual forma, se dará a conocer que el cambio al Nuevo Sistema de Justicia Penal en parte se debe a la sobresaturación que existe en los centros de Reinserción Social, informando que el 60 por ciento de las personas internas están siendo procesadas, es decir que se encuentran sin una sentencia condenatoria dictada; lo que al Estado le genera un gran costo, aparte que muchos de los procesados su delito no ameritaba tan excesiva medida, y que bien pudieron llevar su proceso en libertad, y con ello el costo que genera un preso por día, se disminuirá aplicándoles otras de las medidas cautelares contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales, y esto sin lugar a duda será un gran beneficio para la economía del Estado.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La primera de las problemáticas que veremos en la presente investigación, es que en el sistema tradicional se llevan a todas las personas que cometen un delito, detenidos, violentando así sus derechos.
A diferencia que con el nuevo sistema, ya que en este se protege el derecho constitucional de todo imputado con la presunción de inocencia; ya no puede llevarse a todos los detenidos ante el juez de control.
Uno de los debates más intensos sobre la prisión preventiva gira en torno a que esta medida se trata de una medida de seguridad pre delictual y basada en sospechas y prejuicios sobre la peligrosidad.
El marco legal ha propiciado el derecho fundamental a la libertad y a no ser privado de ella hasta que no se emita un fallo judicial que le señala como responsable se restrinja sensiblemente.
La segunda de las problemáticas, es el costo oneroso que le genera al Estado la saturación de las cárceles (las cárceles mexicanas en promedio están al 125% de su capacidad y en casos extremos, principalmente las destinadas a la prisión preventiva, exceden el 270% de ocupación), provoca hacinamiento, autogobierno (son los grupos de reclusos los que imponen las reglas), violencia (tasas de homicidios hasta 10 veces superiores a las que enfrenta la población en libertad) e insalubridad; además, de los altos costos familiares y económicos que se derivan de la privación de la libertad. Hoy por hoy en México las cárceles son bodegas de seres humanos. Donde la rehabilitación es impensable.
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