ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

EL MODELO DE SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO EN CHILEEL MODELO DE SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO EN CHILEEL MODELO DE SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO EN CHILEEL MODELO DE SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO EN CHILE


Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  2.799 Palabras (12 Páginas)  •  669 Visitas

Página 1 de 12

I. Generalidades sobre el proceso de tránsito hacia la implementación del

nuevo sistema

El origen del proceso de reforma se ubica en la década de los noventas. Su

implementación se hizo de manera gradual (por territorios), lo que permitió corregir

errores al tiempo en que se iba implementando en otras regiones, sin embargo a la

fecha se advierte que nunca se previó la carga de trabajo que se iba a presentar con

motivo de su implementación.

Antes de la reforma existía un proceso inquisitivo poco garantista, ya que la actividad

investigadora, persecutora y sancionadora se ejercitaba por el Poder Judicial, dentro

de un modelo eminentemente inquisitorio; en donde quienes defendían eran abogados

recién egresados o “abogados de turno” nombrados por la Corte, los que debían

actuar en forma gratuita. Lo cual provocó serias deficiencias en cuanto a que sólo

tenían una defensa adecuada quienes tenían recursos económicos para sufragar los

gastos de un buen abogado.

Además los juicios resultaban demasiado largos; las funciones judiciales se fueron

delegando. No se tenía un buen nivel de ingresos, lo que provocó corrupción; con el

anterior sistema solo se resolvía el 10% de los asuntos. Esto es precisamente lo que

se considera el gran logro de la reforma y no propiamente el sistema de juicios orales,

pues se obtuvo la separación de las funciones.

Sólo se reformó el Código de Procedimientos Penales. Lo anterior requirió la

modificación de todo el sistema de justicia penal y los fines ahora son garantistas y de

eficacia. La reforma se implementó de manera parcial. El sentido de la reforma fue la

desformalización del tratamiento penal, particularmente en la etapa de investigación.

II. Explicación del modelo de Ministerio Público

El Ministerio Público es un organismo autónomo, encargado de incoar la pretensión

punitiva en contra de individuos que han cometido delitos. La investigación se realiza

por medio del cuerpo de carabineros o de la policía de investigación, a quienes dirige.

El inicio de la investigación se da a partir de la denuncia (ante cualquier autoridad de

investigación de justicia) o querella (ante un juez).

El Ministerio Público solo lleva a juicio oral los asuntos que está seguro van a ser

sentenciados con condena, por eso casi no existen sentencias absolutorias en juicios

orales. El Ministerio Público debe actuar de acuerdo al principio de objetividad.

III. Explicación del modelo de Policía

Existen 3 grupos:

a) Los denominados Carabineros Los carabineros son los militares que provienen

desde la dictadura, por lo tanto siguen estado al servicio de la milicia.

b) La Policía Investigadora, que constituye lo que en México conocemos como

Policía Ministerial; y

c) La Gendarmería, cuyas funciones son parecidas a las que en México

corresponderían a guardias de seguridad penitenciaria.

Los dos primeros cuentan con personal calificado para la búsqueda, fijación,

levantamiento y embalaje de indicios, inclusive cuentan con laboratorios en

criminalística, por lo que comparecen a juicio oral como peritos oficiales.

Los terceros se encargan del traslado del lugar de donde deben ser llevados a los

lugares de detención para su ingreso o comparecencia en juzgados o centros de

reclusión.

IV. Explicación del modelo de profesionalización y capacitación

(Servicio civil en su caso)

Fue necesario el concurso de plazas para ocupar los espacios que el nuevo sistema

requería. Los ganadores de las vacantes fueron sometidos a una capacitación en lo

cognitivo y, particularmente, en la adquisición de habilidades y destrezas en la

comunicación oral.

Policía de investigación: El Instituto de Formación dependiente del Ministerio de

Defensa, instruye a quienes habrán de desempeñar la labor de investigación, para lo

que requiere título universitario; se someten a capacitación un año en aula, uno más

en especialización y otro en práctica. Para el ingreso se realizan estudios psicológicos,

toxicológicos, psicométricos y de aptitud física. Para acceder a un nivel superior en el

área de trabajo se requiere contar con ciertas capacitaciones, según las funciones del

puesto; el control de expedientes o “kárdex” se hace por el Instituto.

Las prácticas de arme, desarme y tiro, se realizan una vez por semana y se disparan

hasta 50 cartuchos por alumno. Por reglamentación, los policías en activo deben

realizar cuando menos dos prácticas de tiro al año.

Ministerio Público: Los operarios en el área fueron seleccionados previo concurso de

oposición y aprobación de controles de confianza, entre los que no se consideran los

de estudios de entorno social y situación patrimonial. No existe servicio civil de carrera.

Existe una Unidad Nacional de Capacitación, la cual se encarga de establecer los

programas y currículas académicas correspondientes; los instructores regularmente

son los adscritos a las unidades especializadas. Como meta de cada unidad se tiene

la organización de 7 u 8 seminarios al año para personal de las fiscalías.

Se les capacitó mediante la simulación de juicios, donde cada cual asumía el rol que le

correspondía y luego lo intercambiaban para conocer todos los ángulos de la función.

Terminada la simulación se hacía una sesión de preguntas y respuestas sobre las

incidencias apreciadas, lo que ayudaba a mejorar la comprensión.

Defensoría Pública: La atención al tema de capacitación se realizó a través de su

Unidad de Estudios bajo lineamientos parecidos a los que abordó la Fiscalía Nacional,

en términos similares al Ministerio Público.

V. Explicación del modelo de órganos judiciales

(De garantías y de juicio oral)

Los Juzgados de Garantías son Tribunales compuestos por uno o más jueces con

competencia en un mismo territorio y se encargan de observar que no les sean

violadas sus garantías al imputado y demás intervinientes en el proceso, resolviendo

unipersonalmente los asuntos sometidos a su conocimiento.

Los Tribunales de Juicios Orales en lo Penal, son Tribunales Colegiados de Primera

Instancia que funcionan en una o más salas integradas por tres miembros cada una y

tienen un Juez Presidente que guía el debate y la rendición

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (20 Kb)
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com