Cristian Tomasio: (siglo XVIII) filosofo y jurista alemán
Enviado por DanielVaskZz • 8 de Septiembre de 2014 • 690 Palabras (3 Páginas) • 700 Visitas
En la antigüedad y en la edad media no se pensó en separarlos. Estaba vinculado estrechamente el orden jurídico al orden moral, se creía que aquel derivaba y debía seguir sometido a este.
Cristian Tomasio: (siglo XVIII) filosofo y jurista alemán. Ubico la moral en el fuero interno de la persona y adjudico el fuero externo al derecho. Sostenía que la moral se refería exclusivamente a la conciencia individual mientras que el derecho rige las relaciones entre los hombres. La moral se ocupa de la interioridad y el derecho la exterioridad de las acciones.
Limitar la moral al fuero interno es enclaustrar en la esfera de la conciencia y sostener que el derecho se ocupa solo del fuero externo significa impedirle que juzgue la intención delictuosa, la buena o mala fe con que se ha procedido el dolo.
Manuel Kant: sostuvo que para ser perfectamente adecuados a la moralidad, los actos humanos debían ser libres, y no inspirados por ninguna pasión o coerción, ni siquiera la del premio o castigo divino. La voluntad es buena cuando obedece al deber únicamente por el respeto al deber, por el deseo de cumplir la ley moral. Debe el ser humano asumir la forma del imperativo categórico en que el sentimiento del deber esta en nosotros mismos.
En cambio el derecho no tiene por que ocuparse de los móviles que determinan la conducta, sino de esta misma sino cuando exteriorizada.
La obediencia a la norma jurídica no proviene del sentimiento del deber sino de la coacción física que nos impone el derecho.
NORMAS DEL TRATO SOCIAL
Origen: emana de mandatos colectivos anónimos. Nacen después de diseñadas las normatividades de los actos religiosos, jurídicos y morales como reglas de refinamiento social: cortesía, caballerosidad, gentileza, decencia, respeto.
Definición: reglas de comportamiento social y externa que imponen deberes de comportamiento decoroso por la circunstancia d pertenecer el sujeto obligado a un determinado grupo o circulo social.
Estos valores se llaman decoro social. Ej: honores, respeto, reverencia y recato que se deben a una persona según su edad, sexo, estado de familia, profesión, etc.
Contenido; esta constituido por hábitos del hombre frente a sus semejantes en sociedad de los que hay convicción de que debe ser así, como la moda, el saludo, los regalos, las visitas, el compañerismo, etc.
Caracteres:
Imperatividad: carácter obligatorio para las persona que integran la colectividad. Deben cumplirse las reglas que impone la sociedad.
Unilateralidad: establece deberes y prohibiciones sin otorgar derechos que el individuo debe cumplir pero si nos los cumple el individuo no puede ser obligado, ej; el saludo
Heteronomía: su vigencia no proviene del individuo, es establecida por la sociedad
Exterioridad: se manifiesta exteriormente por la conducta
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