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Cuestionario Introduccion Al Derecho


Enviado por   •  23 de Marzo de 2014  •  5.662 Palabras (23 Páginas)  •  1.519 Visitas

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1.-¿Qué es el hecho jurídico ?

Nos referimos a acontecimientos de dos tipos; de la naturaleza y los llados hechos del hombre.

2.-¿Qué es el acto Jurídico?

Es el motivo que anima la voluntad es la realización de las consecuencias de derecho.

3.-Enumere las características de los hechos jurídicos

1. De la naturaleza: el hecho de la naturaleza, la fuerza mayor es, como su nombre lo indica, una fuerza irrefrenable por es ser humano. La doctrina Anglosajona los llamaba actos de Dios.

2. Hechos del hombre: la persona no busca las consecuencias jurídicas previstas en la norma, pero su acción u omisión provoca consecuencias jurídicas. Ejemplo un adulto se compromete a cuidar un menor y, sin embargo, por un descuido suyo, el menor fallece. No hay una voluntad en hacerle daño, pero su omisión tiene consecuencias jurídicas graves.

4.-Mencione las características de los actos jurídicos

La diferencia estriba en que la persona o personas que lo realizan buscan la consecuencia jurídica de ese acto. Se dice que se trata, en este caso en particular, de “hechos voluntarios ejecutados con la intención de realizar consecuencias de derecho, y esto los define como una manifestación de la voluntad que se hace con la intención de originarlos”

5.-Clasifique los hechos jurídicos.

Se subdividen en tres : naturales, involuntarios y voluntarios

1. Naturales negativos, la doctrina los distingue en dos: la fuerza mayor y el caso fortuito. En ambos las consecuencias son las mismas.

2. Negativos involuntarios: son sucesos o acontecimientos vinculados a voluntad humana, aunque se realizan sin la intención de producir las consecuencias jurídicas que se acarrean.

3. los hechos negativos voluntarios, también conocidos como hechos ilícitos por CCF se establecen en los términos siguientes: el que obrando ilícitamente o contra las buenas costumbres cause daño a otro, está obligado a repararlo.

6.-Clasifique los actos jurídicos

1. Manifestación de la voluntad.

2. Intención de producir consecuencias de hecho.

3. Reconocimiento, por el ordenamiento jurídico, de dichas consecuencias jurídicas.

7.-¿Qué es la capacidad?

La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere con el nacimiento y se pierde con la muerte; pero después del momento ñeque un individuo es concebido, entra bajo protección de la ley y se le detiene por nacido para los efectos declarados en el presente código.

8.-¿Qué es la voluntad?

Par saber si la voluntad se expresa libremente, es necesario examinar lo que pueda afectarla. Considerar los aspectos de la voluntad “uno interno y otro externo, su manifestación por medios sensible que la hagan patente al otro interesado.

9.-¿Qué es el error?

En el caso del error el código CCF establece “Invalida el contrato cuando recae sobre el motivo determinante de la voluntad de cualquiera de los que contratan”

El propio código distingue un margen de error: “el que recae sobre motivo determinante de la voluntad “ y “el error de calculo”, que solo dará lugar a que el acto jurídico se rectifique.

10.-¿Qué es la mala fe?

Si el demandante se limito a confeccionar el título de crédito base de la acción, aprovechando una firma en blanco de su padre (autor de la sucesión demandada), seguramente sin el conocimiento de este, es obvio que obra de mala fe, o sea , con ánimo de obtener un lucro indebido: mala fe que el orden jurídico de ningún modo lo protege.

La regla en si es: que el acreedor de buena fe puede ostentar, en sentido literal, los derechos derivados de los documentos que estudiamos. No puede concebirse una regla del derecho Sue proteja situaciones objetivas creadas con mala fe por parte de quien trata de ampararse de ellas.

11.-¿Qué es el dolo?

Pertenece a la esfera de conceptos jurídicos que han sido construidos para proteger a aquel contratante que puede ser victima de la injusticia de su contraparte o de un tercero y es precisamente la victima la que puede invocar la invalidez del contrato así celebrado.

12.-¿Qué son las solemnidades?

Las solemnidades son la excepción a la regla general de la consensualidad.

Existen dos especies de solemnidades: unos en los que la solemnidad es el elemento esencial para la existencia del negocio jurídico (el caso del testamento y del matrimonio) y otros en los que la solemnidad es una mera condición para que el negocio surta sus efectos frente a terceros, como es el caso del registro de i y contratos ante el Registro Público; o bien, el hacer constar tal o cual contrato.

13.-¿Hay diferencia entre inexistencia y nulidad de los actos jurídicos?

Inexistencia de un acto jurídico cuando uno de los elementos esenciales no pudiera darse: en un contrato (de cualquier tipo), la falta de capacidad de una de las parten que otorgan; una persona menor de edad que disponga de bienes que son de su propiedad. Nulidad se produce por la ilicitud en el objeto, en el fin o en la condición, y puede ser absoluta o relativa. Esta nulidad no desaparece por prescripción o confirmación y de ella puede prevalecerse todo interesado.

14.-¿En qué consisten las modalidades de los actos jurídicos?

Son las determinaciones o clausulas accesorias cuya inclusión no es esencial para el acto para limitar sus efectos o retrasarlos, con base en la autonomía de la voluntad que tienen para obligarse.

15.-¿Cuál es la importancia de las solemnidades para la existencia de los actos jurídicos?

La solemnidad en los actos jurídicos es de suma importancia y aun que no parecen tan explícitamente en nuestros códigos. Es necesario ya que si esta llega a faltar en los actos jurídicos que señale la ley, los actos quedaran anulados. Aunque en muchos casos la formalidad y la solemnidad se llegan a confundir, la formalidad como la palabra lo indica implícitamente significa la forma de hacer dichos actos, mientras tanto, las solemnidades son elementos de carácter exterior, como por ejemplo, las palabras que deben utilizarse para realizar el acto del matrimonio.

16.-Proporcione una de definición de norma jurídica.

Normas jurídicas son reglas de conducta que confieren facultades o imponen deberes u otorgan derechos para los individuos en sociedad puedan comportarse de manera adecuado, vivir en armonía y asegurar sus intercambios.

17.-¿Cuándo se dice que una norma jurídica es vigente y válida?

Generalizada por la sociedad, y hay validez cuando las normas han sido expedidas conforme a procedimientos previamente establecido, característica definitoria de las normas jurídicas, pues ellas sólo pueden existir cuando tienen validez.

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