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Delitos Tributarios


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2014  •  2.887 Palabras (12 Páginas)  •  374 Visitas

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Delitos Tributarios

1.- Concepto: Es aquella acción o actuar para eludir el cumplimiento de una obligación tributaria castigada por la ley con pena corporal. Para los delitos tributarios la ley establece penalidades especiales según el delito y que puede ser castigada con penas corporales privativas o restrictivas de libertad. También se entiende que son fraudes que creo y elabora el contribuyente para disminuir la cantidad de minero por el pago de impuestos.

Definicion: Acción dolosa o maliciosa, prevista en el Código Tributario, que se puede manifestar como defraudación fiscal, contrabando, elaboración y comercio clandestino de productos gravados y la fabricación o falsificación de timbre, cuños, contraseña, sellos o documentos en general, que recaen sobre las obligaciones tributarias. Estos delitos están sancionados con pena corporal y se encuentran señalados en el Art. 97

Desde la promulgación dela Constitución de 1999, la regulación positiva de los ilícitos tributarios ha cobrado especial vigencia: el artículo 317 criminaliza al fraude fiscal, al declarar que “la evasión fiscal, sin perjuicio de otras sanciones establecidas por la ley, podrá ser castigada penalmente”; la Disposición Transitoria Quinta ordenó la reforma del Código Orgánico Tributario en el sentido de incrementar el rigor de la normativa penal tributaria contenida en el Código Orgánico Tributario, y la Exposición de Motivos dela Constitución señala la intención del constituyente de regular exhaustiva –y severamente– al ilícito tributario, al disponer que la eventual reforma del Código Orgánico Tributario, concretada en octubre de 2001, tiene como misión contribuir “a modernizar la administración tributaria, ampliando las facultades de regulación, control y penalización del fraude fiscal”; de lo que puede evidenciarse que la normativización del Derecho Penal Tributario en nuestro país, al menos desde diciembre de 1999, tiende al establecimiento de un sistema penal tributario profundamente represivo, intención que se ha visto de manifiesto en la implementación y ejecución del llamado Plan Evasión Cero, por parte del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Así las cosas, la conceptuación y aplicación de las instituciones fundamentales del Derecho Penal Tributario se ha convertido, por obra de la reforma constitucional y legislativa en la materia, en tópico de especial interés para estudiosos universitarios, profesionales del foro, funcionarios tributarios y magistrados incrementar el rigor de la normativa penal tributaria contenida en el Código Orgánico Tributario, y la Exposición de Motivos dela Constitución señala la intención del constituyente de regular exhaustiva –y severamente– al ilícito tributario, al disponer que la eventual reforma del Código Orgánico Tributario, concretada en octubre de 2001, tiene como misión contribuir “a modernizar la administración tributaria, ampliando las facultades de regulación, control y penalización del fraude fiscal”; de lo que puede evidenciarse que la normativización del Derecho Penal Tributario en nuestro país, al menos desde diciembre de 1999, tiende al establecimiento de un sistema penal tributario profundamente represivo, intención que se ha visto de manifiesto en la implementación y ejecución del llamado Plan Evasión Cero, por parte del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Así las cosas, la conceptuación y aplicación de las instituciones fundamentales del Derecho Penal Tributario se ha convertido, por obra de la reforma constitucional y legislativa en la materia, en tópico de especial interés para estudiosos universitarios, profesionales del foro, funcionarios tributarios y magistrados judiciales; y es precisamente develar la naturaleza jurídica del ilícito tributario el primer paso indispensable para quienes desean adentrarse en las llamativas profundidades de esta, hasta ahora, olvidada rama del Derecho en Venezuela.

Concepto de Ilícitos Tributarios

Pueden ser definidos como los actos y acciones que van contra o atentan contra las normas tributarias (Art. 80 Código Orgánico Tributario, COT, 2001).

Clasificación de los Ilícitos Tributarios

Ilícitos Formales

Los ilícitos formales se originan por el incumplimiento de los deberes siguientes:

1. Inscribirse en los registros exigidos por las normas tributarias respectivas.

2. Emitir o exigir comprobantes.

3. Llevar libros o registros contables o especiales.

4. Presentar declaraciones y comunicaciones.

5. Permitir el control dela Administración Tributaria.

6. Informar y comparecer ante la Administración Tributaria.

7. Acatar la órdenes dela Administración Tributaria, dictadas en uso de sus facultades legales, y

8. Cualquier otro contenido en este Código, en las leyes especiales, sus reglamentaciones o disposiciones generales de organismos competentes.

Ilícitos Materiales

Constituyen ilícitos materiales:

1. El retraso u omisión en el pago de tributos o de sus porciones.

2. El retraso u omisión en el pago de anticipos.

3. El incumplimiento de la obligación de retener o percibir.

4. La obtención de devoluciones o reintegros indebidos.

Ilícitos Relativos a Especies Gravadas y Fiscales

Constituyen ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas:

6. Informar y comparecer ante la Administración Tributaria.

7. Acatar la órdenes dela Administración Tributaria, dictadas en uso de sus facultades legales, y

8. Cualquier otro contenido en este Código, en las leyes especiales, sus reglamentaciones o disposiciones generales de organismos competentes.

Ilícitos Materiales

Constituyen ilícitos materiales:

1. El retraso u omisión en el pago de tributos o de sus porciones.

2. El retraso u omisión en el pago de anticipos.

3. El incumplimiento de la obligación de retener o percibir.

4. La obtención de devoluciones o reintegros indebidos.

Ilícitos Relativos a Especies Gravadas y Fiscales

Constituyen ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas:

1. Ejercer la industria o importación de especies gravadas sin la debida autorización dela Administración Tributaria Nacional.

2. Comercializar o expender en el territorio nacional especies gravadas destinadas a la exportación o al consumo en zonas francas, puertos libres u otros territorios sometidos a régimen aduanero especial.

3. Expender especies fiscales, aunque sean de lícita circulación, sin autorización por parte dela Administración Tributaria.

4. Comercializar o expender especies

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