ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Mercantil


Enviado por   •  5 de Mayo de 2014  •  2.189 Palabras (9 Páginas)  •  272 Visitas

Página 1 de 9

Comerciantes

El Código de Comercio define la figura del comerciante en el artículo 10, según el cual son comerciantes los que teniendo capacidad para contratar hacen del comercio su profesión habitual, y las sociedades mercantiles.

Señala Gold Schmidt (2009) en su Curso de Derecho Mercantil, que dentro de un régimen con base objetiva el concepto primario no es el del comerciante sino el del acto de comercio y que el comerciante es la persona que realiza profesionalmente actos de comercio.

Esta es, según el autor citado, por lo menos, la regla para el comerciante individual. En lo que se refiere a las sociedades mercantiles, desde la reforma de 1955, hay ciertos tipos sociales cuya comercialidad depende de su forma y no del objeto de sus actividades: artículo 200, primera parte; así, al menos en principio, las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada, y lo mismo puede decirse, por aplicación analógica de la disposición citada, para la sociedad en comandita por acciones.

La definición correcta del comerciante, para Gold Schmidt es la siguiente: son comerciantes quienes ejercen profesionalmente en nombre propio y con fines de lucro actos de comercio.

Comerciante es la persona que comercia (es decir, que se dedica a negociar comprando y vendiendo mercaderías). El término se utiliza para nombrar a quien es propietario de un comercio o a quien se desempeña laboralmente en un comercio.

Obligaciones Legales Del Comerciantes

Se entiende por obligaciones legales de los comerciantes, aquellas establecidas en la ley mercantil para todo comerciante, y cuyo cumplimiento le ocasiona una situación irregular en su comportamiento jurídico.

• En relación con las obligaciones legales el comerciante debe cumplir fundamentalmente con dos obligaciones y eventualmente con una tercera obligación:

• La inscripción en el registro de comercio de ciertos documentos expresamente señalados en la ley.

• La obligación de llevar la contabilidad mercantil.

Se señala también la firma de comercio.

Los comerciantes tiene la obligación directamente relacionadas con su actividad comercial, esas obligaciones pueden ser legales o convencionales, el comerciante debe cumplir con la consignación en el registro de comercio de ciertos documentos señalados por la ley, la obligación de llevar la contabilidad mercantil así como también con la firma de comercio.

Registró De Comercio

El registro de comercio es una obligación de carácter público creado con el fin de suministrar información de interés de la colectividad y también el interés del comerciante, i sobre la situación jurídica de estos teniendo los documentos que allí se registran a efectos contra terceras personas, el registro se hará en un libro de papel de hilo, empastado y foliado, que no podrá ponerse en uso sin una nota fechada, y firmada en el primer folio, suscrita por el Juez o registrador mercantil, esta nota contendrá el numero de folios que tiene el libro, y los asientos se realizaran según la fecha en que ocurran. Por otra parte se llevará en otro libro empastado un índice alfabético de los documentos contenidos en el registro.

Documentos Que Deben Consignarse En El Registro De Comercio:

 La autorización del curador y la aprobación del juez, en su caso habilitando a un menor para comerciar.

 El acuerdo del marido en lo que respecta a la responsabilidad de los bienes de la sociedad conyugal.

 La revocación de la autorización dada al menor para comerciar.

 Los inventarios de bienes, testamentos, participaciones o documentos públicos que imponga el cónyuge.

 La demanda de separación de bienes y las liquidaciones para determinar lo que el cónyuge comerciante debe entregar al otro cónyuge.

 Debe registrarse igualmente los documentos justificativos de los haberes del hijo que esta bajo la patria potestad.

 La autorización que al padre o al tutor para continuar los negocios del menor.

 Las firmas de comercio bien sean personales o sociales.

 Un extracto en virtud del cual se constituye.

 El documento de venta de un fondo de comercio o de sus existencias en su totalidad.

 Los poderes que los comerciantes otorgan a sus factores o gerentes o a los independientes para administrar sus negocios.

 La autorización que el juez de comercio otorga los corredores o venduteros para que ejerzan su profesión con carácter público.

 Los documentos de constitución de hogar por el comerciante o por el que se va dedicar al comercio.

La Contabilidad

Constituye una herramienta de vital importancia para las empresas, ya que a través de ella se obtiene información confiable sobre su rendimiento económico, a fin de desarrollar políticas de control que coadyuven a mejorar su situación económica actual, sirviendo de termómetro para medir el nivel de calidad de la gestión administrativa, la cual se refleja al finalizar el ejercicio económico, en virtud de los resultados obtenidos.

A través de la Contabilidad, es posible tanto para los administradores como para los socios, conocer de antemano la productividad económica de su compañía, lo que determinará su capacidad de endeudamiento en función de su liquidez, solvencia patrimonial y valor efectivo del capital social. En otras palabras, constituye un medio de información confiable para establecer la capacidad económica que tiene la empresa para obligarse.

La Contabilidad Mercantil se define a grandes rasgos, como una forma de registrar, clasificar y resumir todas las operaciones mercantiles realizadas por una empresa, para interpretar posteriormente sus resultados, en función de conocer con certeza su situación financiera. Ofrece la practicidad de llevar un registro descriptivo, -el cual puede ser de forma manual o mecánica-, de los distintos procesos que se ejecutan en el libre desenvolvimiento de la actividad mercantil, permitiendo a los sujetos intervinientes, conocer los resultados obtenidos durante un determinado periodo de tiempo.

La firma

Cualquier persona natural que ejerza la actividad comercial por si sola, que no tenga asociado alguno, se identifica según el código de comercio venezolano con su firma personal. El código de comercio en su artículo 26 establece.

- Un comerciante que no tiene asociado o que no tiene sino

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (14 Kb)
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com