Derecho Mercantil
Enviado por Majo1234 • 15 de Mayo de 2014 • 836 Palabras (4 Páginas) • 243 Visitas
4.2 TRANSPORTE, CONCEPTO Y TIPOS. ELEMENTOS PERSONALES Y FORMALES. MULTITUDINAL
Como bien sabemos el transporte se utiliza para describir al acto y consecuencia de trasladar algo de un lugar a otro y nos permite nombrar a aquellos artilugios o vehículos que sirven para tal efecto, llevando individuos o mercaderías desde un determinado sitio hasta otro y también forma parte importante de la logística.
Regulación Jurídica
Respecto a su regulación jurídica existe un contrato de transportes mercantil regulado por el Código de Comercio y por disposiciones administrativas, concretamente la Ley de Organización de los transportes Terrestres (LOTT) y por el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT).
Existen dos tipos de contratos de transporte:
Contrato de Transporte de Mercancías:
Es aquel contrato por el cual una persona que tiene libre disposición de la mercancía con justo título, encomienda a otra persona el traslado de las mercancías de un lugar a otro, aceptando y obligándose dicha persona a realizar el transporte mediante el pago de un precio pactado.
Sus elementos son dos:
Elementos personales
Cargador o remitente: aquella persona que dispone de las mercancías y que desea trasladarlas a otro lugar.
Porteador o transportista: persona que asume la responsabilidad para hacer el traslado de las mercancías.
Consignatario o destinatario:persona a quien va dirigida la mercancía a transportar.
Intermediarios: aquellas personas que contratan en nombre propio el transporte y actúan por cuenta ajena, interfiriéndose entre el cargador o remitente y los transportistas como las agencias de transportes y los transitorios, etc.
Elementos formales
En el contrato de mercancías no se exige por el Código de Comercio ninguna formalidad para realizar el contrato de transportes, es por eso que en el código se dice que las partes del contrato podrán exigir que se extienda una carta de porte, o no. Sin embargo, la LOTT establece un carácter obligatorio y de formalidad,pues su artículo 147 dice que entre el cargador y transportista se deberán suscribir un documento denominado "Declaración de Portes".
Contrato de Transportes de Viajeros:
Es aquel contrato o acuerdo de voluntades por el que una de las partes denominado transportista, se obliga mediante un precio a trasladar a la otra parte denominada viajero, de un lugar a otro en las condiciones pactadas.
Sus elementos son dos:
Elementos personales
Transportista: es el empresario que contrata con el usuario o viajero la obligación de realizar el transporte.
Viajero: persona física que contrata el transporte y paga por dicho servicio.
Elementos formales
También son regulados por el Código de Comercio cuando nos dice que podrán
...