Ensayo De Alimentos En Derecho
Enviado por 28byb25 • 22 de Noviembre de 2011 • 1.762 Palabras (8 Páginas) • 1.457 Visitas
Unidad 3
· Alimentos
CONCEPTO JURIDICO
El término nos coloca frente a un concepto que posee más de una
connotación. Comúnmente se entiende por alimento cualquier sustancia que sirve
para nutrir, pero cuando jurídicamente nos referimos a él, su connotación se
amplía en tanto comprende todas las asistencias que se prestan para el sustento y
la sobrevivencia de una persona y que no se circunscriben sólo a la comida.
Jurídicamente por alimentos, debe entenderse la prestación en dinero o en
especie que una persona, en determinadas circunstancias (indigente, incapaz,
etc.), puede reclamar de otras, entre las señaladas por la ley, para su
mantenimiento y subsistencia; es, pues, todo aquello que, por ministerio de ley o
resolución judicial, una persona tiene derecho a exigir de otra para vivir.
CONTENIDO
En general, jurídicamente los alimentos se encuentran constituidos por
comida, vestido, habitación, así como asistencia en caso de enfermedad.
Respecto de los menores, incluyen además, educación básica y aprendizaje de un
oficio, arte o profesión.
FUNDAMENTACIÓN
Uno de los efectos del parentesco es la ayuda mutua que se deben los
cónyuges y parientes, y la forma normal de cumplirla es la obligación de darse
alimentos en caso de necesidad. En este sentido diversos autores, consideran a la
obligación alimentaria como una obligación natural, fundada en un principio
elemental de solidaridad familiar.
Actualmente, al considerar las Naciones Unidas el derecho de todo ser
humano a los alimentos como uno de los derechos inherentes a la persona
humana, la obligación de proporcionarlos no es sólo de los parientes, sino del
Estado, a falta de éstos, y aun de la comunidad internacional en los casos de
desastre en los que el propio Estado se encuentre imposibilitado de auxiliar a sus
nacionales.
FUENTES
Para efectos puramente civiles la obligación alimentaría sólo se considera,
como efecto del matrimonio y del parentesco, únicas fuentes de esta obligación.
ACTIVIDAD 9
Realízala en tu cuaderno
1.- Responde a las siguientes preguntas:
a) ¿Cuál es la idea central del concepto jurídico de “alimentos”?
b) ¿De donde emana la obligación alimentaria?
c) ¿En donde encuentra su fundamentación tal obligación?
SUJETOS
Dadas las fuentes de las cuales emana la obligación alimentaria claramente
podemos distinguir que los sujetos obligados a darse alimentos son todos los
parientes en los grados reconocidos por la ley, y que se extienden sin limitación de
grado en línea recta a los parientes consanguíneos y en línea transversal o
colateral hasta el cuarto grado; asimismo se incluye la pareja conyugal y el
adoptante hacia el adoptado.
En el derecho mexicano no existe obligación de dar alimentos a los
parientes por afinidad; en cambio, en reciente reforma al Código Civil del D.F.,
este derecho alimentario se hace extensivo a los concubinos. Los cónyuges deben
darse alimento mientras subsista el matrimonio, pero también en caso de divorcio
causal el culpable puede ser condenado al pago de alimentos en favor del
inocente. Como algo novedoso, nuestro Código Civil para el D.F. ha establecido
que en los divorcios voluntarios la mujer tiene derecho a recibir alimentos por el
mismo lapso que haya durado el matrimonio, siempre que no tenga ingresos
suficientes y permanezca libre de matrimonio o concubinato. El varón tiene el
mismo derecho si se encuentra imposibilitado para trabajar, carece de bienes y no
ha contraído nuevas nupcias o se ha unido en concubinato.
ACTIVIDAD 10
Realízala en tu cuaderno
1.- Responde a las siguientes preguntas:
a) ¿Cuál es el contenido de la obligación alimentaria?
b) ¿Quiénes son los sujetos de tal obligación en el derecho civil mexicano?
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS
De acuerdo con la naturaleza de la obligación alimentaria, cuyo objeto es la
sobrevivencla del acreedor, la misma se encuentra dotada de una serie de
características que la distinguen de las obligaciones comunes, tendientes a
proteger al pariente o cónyuge necesitado. De esta manera, la obligación
alimentaria es:
1. Recíproca, puesto que el obligado a darla tiene a su vez el derecho a
exigirla.
2. Proporcional, esto es, los alimentos han de ser proporcionales a la
posibilidad del que los da y a la necesidad de quien los recibe.
Rompiendo con este principio, el Código Civil para el D.F., recientemente
reformado, establece un incremento automático mínimo, equivalente al
aumento, porcentual del salario mínimo diario vigente en el D.F. Se hace
la salvedad de que sí el deudor no hubiere aumentado sus ingresos en la
misma proporción, entonces el aumento será. proporcional a los que
hubiere obtenido. La regla se presta a que se cometan injusticias; hubiera
sido preferible la no definitividad de la sentencia o del convenio que
establece los alimentos, partiendo de que éstos variarían al cambiar las
necesidades o posibilidades de las partes, respetando así el principio de
la proporcionalidad que atiende tanto al monto patrimonial como a la
necesidad.
Tal vez la intención del legislador fuera la de ahorrar trabajo a los
tribunales debido al incremento en el costo de la vida, causado por la fuerte
inflación que vive actualmente el país.
3. A prorrata. La obligación alimentaria debe prorratearse cuando son varios
los obligados a dar alimentos a otro; vale decir, debe dividirse atendiendo
a la fortuna de los deudores.
4. Subsidiaria, pues se establece a cargo de los parientes más lejanos, sólo
cuando los más cercanos no pueden cumplirla.
5. Imprescriptible, en tanto no se extingue aunque el tiempo transcurra sin
ejercerla.
6. Irrenunciable. La obligación alimentaria no puede ser objeto de renuncia.
Es un derecho al que no se puede renunciar al futuro, pero sí a las
pensiones vencidas.
7. Intransigible; es decir, no es objeto de transacción entre las partes. .
8. Incompensable. No es extinguible a partir de concesiones recíprocas.
9. Inembargable, ya que está considerada como uno de los bienes no
susceptibles de embargo. Sólo las pensiones vencidas pueden
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