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IMPUESTO A ESPECTACULOS PUBLICOS


Enviado por   •  15 de Junio de 2016  •  Apuntes  •  369 Palabras (2 Páginas)  •  257 Visitas

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IMPUESTO A ESPECTACULOS PUBLICOS

SUJETO ACTIVO

Según el código tributario artículo 23, el sujeto pasivo es el ente público acreedor del tributo.

“Es la figura que asume la posición acreedora de la obligación tributaria y a quien le corresponde el derecho de exigir el pago del tributo debido…”

(VELASTEGUI ENRIQUEZ)

En relación al impuesto a espectáculos públicos la administración municipal será el ente público acreedor.

SUJETO PASIVO

El sujeto pasivo se puede decir que se lo constituye a la persona que compra un pase, boleto o entrada para poder contemplar el espectáculo público cuyo pago por dicha entrada contribuye de manera inmediata al pago de la tarifa del impuesto a los espectáculos públicos.

También los responsables del recaudo de los impuestos actúan como agente de retención o de percepción en nuestro caso son agentes de percepción ya que son responsables y obligados con la administración tributaria a la declaración y al pago respectivo del impuesto a los espectáculos públicos, según lo que dice el artículo 29 numeral 2 del COT que nos dice;“2. Los agentes de percepción, entendiéndose por tales las personas naturales o jurídicas que, por razón de su actividad, función o empleo, y por mandato de la ley o del reglamento, estén obligadas a recaudar tributos y entregarlos al sujeto activo”.

En nuestro caso son los promotores organizadores o empresarios quienes son los encargados en recibir la contribución de la tarifa del impuesto por la entrada que se ha vendido, en definitiva estos se vuelven sujetos pasivos de obligación ya que ellos deben entregar la contribución de lo recaudado a la administración en este caso al sujeto activo.

BASE IMPONIBLE

CUANTIA O TARIFA

Se valora a través de la base imponible, que según el artículo 543 del Código Orgánico de Organización Territorial establece un 10% sobre el valor de las entradas vendidas y del 5% en el caso de eventos deportivos de categoría profesional.

PRINCIPIO

Uno de los principios que aplica al impuesto a espectáculos públicos es el de Legalidad, puesto que  nos dice que éste se aplicara solo si existe previamente una ley. A raíz de que si existe y se encuentra establecida en establecida en la Ley de Régimen Tributario Interno además en el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía Descentralización; se efectuara el cobro del mismo.

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