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INFORMES MARI


Enviado por   •  8 de Mayo de 2012  •  533 Palabras (3 Páginas)  •  545 Visitas

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ONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHICULOS USADOS ENTRE PARTICULARES:

CONDICIÓN 1ª:

Artículo 1261.

No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes:

-Consentimiento de los contratantes.

-Objeto cierto que sea materia del contrato.

-Causa de la obligación que se establezca.

Artículo 1273.

El objeto de todo contrato debe ser una cosa determinada en cuanto a su especie. La indeterminación en la cantidad no será obstáculo para la existencia del contrato, siempre que sea posible determinarla sin necesidad de nuevo convenio entre los contratantes.

CONDICIÓN 2ª:

Artículo 1466.

El vendedor no estará obligado a entregar la cosa vendida, si el comprador no le ha pagado el precio o no se ha señalado en el contrato un plazo para el pago.

CONDICIÓN 3ª:

Artículo 1452.

El daño o provecho de la cosa vendida, después de perfeccionado el contrato, se regulará por lo dispuesto en los artículos 1.096 y 1.182.

Esta regla se aplicará a la venta de cosas fungibles hecha aisladamente y por un solo precio, o sin consideración a su peso, número o medida.

Si las cosas fungibles se vendieren por un precio fijado con relación al peso, número o medida, no se imputará el riesgo al comprador hasta que se hayan pesado, contado o medido, a no ser que éste se haya constituido.

Artículo 1465.

Los gastos para la entrega de la cosa vendida serán de cuenta del vendedor, y los de su transporte o traslación de cargo del comprador, salvo el caso de estipulación especial.

CONDICIÓN 4ª:

Artículo 1511.

El comprador sustituye al vendedor en todos sus derechos y acciones.

Artículo 1502.

Si el comprador fuere perturbado en la posesión o dominio de la cosa adquirida, o tuviere fundado temor de serlo por una acción reivindicatoria o hipotecaria, podrá suspender el pago del precio hasta que el vendedor haya hecho cesar la perturbación o el peligro, a no ser que afiance la devolución del precio en su caso, o se haya estipulado que, no obstante cualquiera contingencia de aquella clase, el comprador estará obligado a verificar el pago.

CONDICIÓN 5ª:

Artículo 1461.

El vendedor está obligado a la entrega y saneamiento de la cosa objeto de la venta.

CONDICIÓN 6ª:

Artículo 1468.

El vendedor deberá entregar la cosa vendida en el estado en que se hallaba al perfeccionarse el contrato.

Todos los frutos pertenecerán al comprador desde el día en que se perfeccionó el contrato.

Artículo 1476.

Será nulo todo pacto que exima al vendedor de responder de la evicción, siempre

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