Introducción al derecho.
Enviado por antoniomesut • 7 de Noviembre de 2014 • Tesis • 755 Palabras (4 Páginas) • 256 Visitas
Universidad autónoma de baja california
Facultad de economía y relaciones internacionales
Alumna
Romero Morales América A.
Profesor
Israel Duran.
Materia
Introducción al derecho.
Trabajo
Medio y modos para adquirir la propiedad.
Tijuana B.C a 07 de noviembre 2014
MEDIOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
• Medios de adquirir la propiedad:
-Pueden clasificarse desde distintos puntos de vista en:
-Adquisiciones a título universal y a título particular.
-Adquisiciones primitivas y derivadas
-Adquisiciones a título oneroso y a título gratuito.
1) Adquisiciones a título universal y a título particular se entiende por adquisición a titulo universal aquella por la cual se trasfiere el patrimonio como universidad jurídica, o sea como conjunto de derechos y obligaciones constituyendo un activo y un pasivo.
2)Adquisiciones primitivas derivadas, se entiende aquella por la cual la cosa no ha estado en el patrimonio de determinada persona, de suerte que el adquiriente de la misma no la recibe de un titular anterior sino que ha permanecido sin dueño siendo el primer ocupante de la misma.
3) Adquisición a título oneroso y a título gratuito el adquiriente paga un cierto valor en dinero bienes o servicios y a cambio del bien que recibe y como ejemplo tenemos el contrato oneroso: la compraventa, la permuta, la sociedad, en las cuales se trasmite el dominio de una cosa a cambio de una compensación.
Además de estas formas de trasmisión en atención a su naturaleza puede hacerse otra clasificación de razón de la causa distinguiendo de trasmisiones por acto entre vivos y por causa de muerte.
-La trasmisión entre vivos comprende el acto jurídico en general y en especial el contrato.
- Las trasmisiones por causa de muerte se pueden dividir en tres formas: la herencia legítima y testamentaria y la trasmisión por legado
MODO DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
Contrato: como forma de trasmisión a título particular puede ser oneroso o gratuito, de manera que encaja en las clasificaciones anteriores. La propiedad se trasfiere como consecuencia directa o inmediata del contrato. Se distinguen los contratos traslativos de dominio, los cuales operan en forma inmediata la transmisión de la propiedad, sin que sea necesaria la entrega de la cosa o traditio en el derecho romano.
Contrato de compra venta: De manera que en el contrato de compraventa bajo la legislación romana, únicamente se trasmitía por el simple contrato, la posesión de la cosa; el adquiriente tenía derecho de exigir la posesión, pero no que se le trasmitiera el dominio.
Herencia: Los herederos adquieren
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