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LA NUEVA LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2012  •  2.622 Palabras (11 Páginas)  •  661 Visitas

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La nueva Ley Orgánica del Ambiente (LOA), fue publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela número 5.833, del 22 de diciembre de 2006 y que luego de cumplirse el periodo de 6 meses de vacatio legis, comenzó a regir a partir del 22 de Junio del 2007.

Lo siguiente es un análisis general de las regulaciones en Venezuela. Comenzaremos con algunos comentarios a cerca de la importancia del tema y su aplicación en Venezuela y luego analizaremos el marco legal, sus implicaciones y recomendaciones.

¿QUÉ TAN SERIA ES LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL VENEZOLANA?

El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables (MARNR), el ente oficial encargado de manejar las normas sobre este tema, fue creado en 1977. Fue el primero en Latino América.

Al principio, el tema ambiental tuvo un enfoque romántico o académico, si se quiere. En otras palabras, la gente pensaba que la sola función del Ministerio era la de proteger la fauna, flora y todos los recursos naturales de Venezuela, apartando áreas y declarando parques nacionales. Al pasar los años, y aún creemos que debemos conservar estos recursos, estamos observando el problema desde una perspectiva más práctica. Esta vez en una manera más legal.

La concientización está creciendo, no solamente a nivel político o gubernamental, sino también a nivel de la sociedad. La gente está empezando a ver la importancia de los recursos naturales que nos rodean y los queremos conservar.

Entonces, ahora la legislación es tomada seriamente en Venezuela y cada día que pasa más y más gente está trabajando en esto.

Aplicación de las Regulaciones Ambientales. Las regulaciones ambientales son aplicadas equitativamente a todos, sin ninguna excepción. Dependiendo del grado de daño causado y lo que mande la ley, normas y sanciones serán aplicadas al que causó la contaminación o daño ambiental.

Importancia para el Inversionista. Como consecuencia de lo dicho anteriormente, en este momento, el tema ambiental debe ser un punto prioritario para inversionistas cuando estén planificando sus inversiones en Venezuela. Consideraciones ambientales no deben ser dejadas de lado, ya que, pudiera significar un costo más alto implementar medidas, más adelante, que no fueron tomadas en cuenta al momento de la inversión, con implicaciones legales y financieras adversas.

Inseguridades del Marco Legal. Ahora bien, así como es cierto que existen las leyes y regulaciones, y que se están implementando, las autoridades encargadas de su implementación, tienen todavía que aprender mucho sobre la ley y su aplicación práctica. Necesitan un mayor entrenamiento y más experiencia manejando los problemas ambientales; particularmente en el primer nivel de autoridad, que es la Guardia Nacional, el cuerpo encargado de actuar como policía ambiental, inspeccionar y llevar al MARNR o a los tribunales, los problemas que detecta.

MARCO LEGAL: CUERPO DE LEYES VENEZOLANAS

Las leyes venezolanas tienen diferentes niveles. Todas las actividades comerciales relacionadas con el ambiente, directa o indirectamente, están bajo la obligación de cumplir con la legislación de protección ambiental. Toda regulación constitucional, estatutaria y regulatoria, concerniente al ambiente es aplicable a esta área, al igual que otros textos legales, como son Tratados Internacionales y cualquier cláusula contractual sobre ambiente.

Constitución Nacional. La Constitución Nacional venezolana establece (artículo 106) que, el estado debe proteger y conservar los recursos naturales de su territorio, y que su explotación será primordialmente para el beneficio colectivo de todos los venezolanos.

Tratados Internacionales. Cualquier tratado internacional ratificado por Venezuela se considera ley nacional. Esto significa que cuando no exista ninguna ley nacional que establezca regulaciones sobre algún caso ambiental en particular, y algún tratado internacional si lo haga, en cuanto el tratado no vaya en contra de la Constitución Nacional, esas reglas son las que hay que seguir.

Leyes Orgánicas (Congreso Nacional). Estas leyes dan la idea general y regulaciones sobre algún tema en específico. Establecen el marco básico sobre un tema en particular, pero son usualmente complementadas por regulaciones específicas. Cuando no existan regulaciones específicas referentes a alguna materia, las normas establecidas en las leyes orgánicas rigen.

La Constitución Nacional contempla una categoría especial de leyes: Las Leyes Orgánicas. Una ley es "orgánica" cuando la Constitución así la define, o cuando la mayoría absoluta de las cámaras legislativas deciden que éstas pertenecen a ésta categoría.

Las Leyes Orgánicas tienen el propósito de regular temas específicos: Distrito Federal y sus Territorios Federales, municipalidades, ministerios, el poder judicial, la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio Público, Institutos Independientes, Renta Nacional y créditos. La supremacía de las leyes orgánicas sólo existe sobre leyes que regulan los mismos temas. El efecto supremo de éstas leyes es para crear excepciones a dos principios: primero, la aplicación de la ley específica sobre la general; y segundo, que la ley posterior priva sobre la anterior.

Leyes y Códigos (Congreso Nacional). Ley es una norma abstracta, de aplicación general y no establece casos particulares. Las actuaciones de las cámaras legislativas son definidas como leyes. Las leyes que reúnen normas regulando los mismos temas, en una manera sistemática son llamados códigos (art. 162 C.N.).

Decretos (Actos del Ejecutivo Nacional: El Presidente de la República en Consejo de Ministros). Los decretos son actos del Poder Ejecutivo, estableciendo normas que regulan temas contenidos en leyes formales. En otras palabras, son decisiones con fuerza de ley, adoptadas por el Ejecutivo Nacional.

Resoluciones Ministeriales (uno o más ministros). Estas son decisiones escritas y unilaterales emanadas de las autoridades administrativas, las cuales crean normas de aplicación general pero de nivel inferior a las leyes.

Leyes Estadales (Gobernador de Estado y Legisladores). Los estados pueden ejercer su derecho a legislar, aunque su competencia sea muy limitada. No obstante, las leyes estadales, dentro de su rango de competencia, prevalecen sobre la ley nacional o resoluciones, siempre y cuando la Constitución Nacional no diga lo contrario.

Lo siguiente son algunas de las leyes ambientales más importantes que existen en Venezuela.

LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE

Esta fue la

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