La fuerza del derecho según Kelsen
Enviado por Luis_assis • 19 de Abril de 2019 • Ensayo • 682 Palabras (3 Páginas) • 271 Visitas
SINTESIS A LA TEORIA PURA DEL DERECHO
DE HANS KELSEN
Dentro de su llamada teoría pura del derecho Kelsen fundamente al Derecho como Ciencia. Así establece al derecho, desde su concepto positivista de ciencia, como una doctrina de formas puras, que busca dogmatizar un conocimiento dirigido meramente al derecho, limitándose estrictamente a su misión, que busca depurar del derecho toda mezcla de elementos ajenos a su esencia en cumplimiento de su principio metódico básico.
En este sentido también expone la importancia de la distinción entre los acontecimientos empíricos y su significado jurídico. Kelsen plantea que el conocimiento concerniente al derecho suele encontrarse con una autointerpretacíon de su material que es anterior a la propia interpretación que suministrara la ciencia jurídica, por regla general los postulados del ser no pueden derivarse postulados del deber ser, por ello se hace imperante distinguir entre el sentido objetivo y sentido subjetivo de un acto, aunque estos puedan coincidir, así si alguien emite un acto racional a un accionar determinado que es entendible por unos, (sentido subjetivo), pero por parte del derecho su significado puede tener un sentido subjetivo.
En esta teoría pura Kelseniana se delimita el sentido de los actos del sistema jurídico, los cuales no pueden formase a partir de enunciados empíricos, sino que exige que dicho sentido sea de carácter jurídico, por ello se le otorga un significado propio e interpretable en el ámbito jurídico (significación jurídica), todo esto a través de la norma, así los enunciados normativos pueden justificarse a través de otros enunciados normativos. Estas también permiten establecer la relación que existe entre un hecho condicionante y su consecuencia dentro del ámbito jurídico.
Una norma es el sentido de un acto con el cual se ordena o permite y, en especial, se autoriza un comportamiento (Garca Jaramillo ), Sin embargo la norma en su accionar caracteriza a ciertos actos naturales como fenómenos jurídicos, por lo que en una primera instancia existe el acontecimiento empírico(el conocimiento es de orden natural) y solo se aplica al sentido jurídico a través de la interpretación de la norma que caracterice o defina dicho acto, para su aplicabilidad en la ley, así su significación jurídica es opuesta. Por lo anterior el autor expresa la importancia de diferenciar un acto de voluntad que estatuye una norma y su validez jurídica. Esta última está enfocada en la forma en que existe determinada norma, su actuar dentro de un espacio y tempo que puede estar delimitado.
Teniendo en cuanta, se destaca que una norma es jurídicamente válida si esta pertenezca a un sistema de normas eficaz, ya que la validez de una norma depende de la eficacia, entendida esta como la eficacia del sistema jurídico donde dicha norma se halla inserta. Un determinado contenido de un ordenamiento jurídico es considerado normativo, si un sujeto lo considera como una razón válida para la acción.
Por otro lado el autor expone la importancia de distinguir entre derecho y moral, cabe aclarar que la percepción de la moral dentro del derecho constituye un tema de extenso debate, debido a la contraposición que surge frente a lo denominado como justicia entre el ámbito jurídico y los parámetros morales. Así también, el derecho puro busca desligar la percepción del derecho como parte de la moral, resultado de su estrecha relación para con la justica. La justicia como un orden superior al derecho positivo, y por ende no pude definir su contenido. Por lo que se le concede un carácter dual para con el derecho. Entre las razones a saber puede ser debido a la estrecha relación de la justica con El Estado y la sociedad que le denota un carácter ideal, lejos del ser del actuar del derecho. Además el derecho puro supone que la verdad o falsedad dentro de las declaraciones jurídicas no dependen de la verdad o falsedad de las inferencias que efectúen las ciencias empíricas o las normas morales, sumado al carácter avalorativo de las ciencias jurídicas, donde el precepto principal del positivismo dependen son los hechos sociales nos sus cualidades y virtudes.
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