ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ley Federal


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2012  •  463 Palabras (2 Páginas)  •  317 Visitas

Página 1 de 2

Art. 377: son obligaciones de los sindicatos:

1. Proporcionar los informes que les soliciten las autoridades del trabajo, siempre que se refieran exclusivamente a su actuación como sindicatos.

2. Comunicar a la autoridad ante la que estén registrados, dentro de un termino de diez días, los cambios de su directiva y las modificaciones de los estatutos, acompañado por duplicado copia autorizada de las actas respectivas; y

3. Informar a la misma autoridad cada tres meses, por lo menos, de las latas y bajas de sus miembros.

Art. 378: queda prohibido a los sindicatos:

1. Intervenir en asuntos religiosos; y

2. Ejercer la profesión de comerciantes con ánimo de lucro.

Art. 380: en caso de disolución del sindicato al activo se aplicara en la forma que determinen sus estatutos. A falta de disposición expresa, pasara a la federación o confederación a que pertenezca y si no existen, al instituto mexicano del seguro social.

Art. 381: los sindicatos pueden formar federaciones y confederaciones, las que se regirán por las disposiciones de este capítulo, en los que sean aplicables.

Art. 386: contrato colectivo de trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

Art. 387: el patrón que emplee trabajadores miembros de un sindicato tendrá obligación de celebrar con este, cuando lo solicite, un contrato colectivo. Si el patrón se niega a firmar el contrato, podrán los trabajadores ejercitar el derecho de huelga consignado en el artículo 450.

Art. 390: el contrato colectivo de trabajo deberá celebrarse por escrito, bajo pena de nulidad. Se hará por triplicado, entregándose un ejemplar a cada una de las partes y se depositara el otro tanto en la junta de conciliación y arbitraje o en la junta federal o local de conciliación.

Art. 391: el contrato colectivo contendrá:

1. Los nombres y domicilios de los contratantes

2. Las empresas y establecimientos que abarque

3. Su duración o la expresión de ser por tiempo indeterminado o para obra determinada

4. Las jornadas de trabajo

5. Los días de descanso y vacaciones

6. El monto de los salarios

7. Las clausulas relativas a la capacitación o adiestramiento de los trabajadores en la empresa o establecimientos que comprenda

8. Disposiciones sobre la capacitación o adiestramiento inicial que se deba impartir a quienes vayan a ingresar a laborar a la empresa o establecimiento.

9. Las bases sobre la integración y funcionamiento de las comisiones, que deban integrarse de acuerdo con esta ley

10. Las demás estipulaciones que convengan las partes

Art. 393: no producirá efectos de contrato

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com