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Organizacion administrativa del estado


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2018  •  Informe  •  2.020 Palabras (9 Páginas)  •  347 Visitas

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ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO PERUANO            

(Dr. José Pastor Rodríguez Arroyo)

1.-ESTABLEZCA LA DIFERENCIA ENTRE ESTADO, GOBIERNO Y NACION.

La Nación es una sociedad con costumbres, cultura, lengua similar, antecedentes, historia e intereses comunes, identidad y proyecciones, generalmente establecidos en un territorio. En diferencia, Estado es una nación políticamente organizada sobre un territorio, con una autoridad, que resume la soberanía de la colectividad, encargada de realizar el bien común.

Gobierno es la autoridad o conjunto de organismos encargados de administrar las cosas del Estado.

La principal diferencia en estos tres conceptos radica en que nación representa lo que tienen en común los miembro de ella, Estado es esa sociedad organizada bajo ciertas reglas o contrato social y asentados en un territorio y Gobierno es la autoridad u organizaciones que administran el Estado para mejorar la vida en sociedad de los miembros de la Nación y el Estado.

2.-PRECISE QUE ES UNA POLÍTICA PÚBLICA, UNA POLÍTICA SECTORIAL Y UNA POLÍTICA REGIONAL Y SI SON CUANTIFICABLES LAS POLÍTICAS EN SU APLICACIÓN.

Política Pública es el conjunto de orientaciones estratégicas, realizadas por una autoridad pública, para el logro de determinados objetivos, a través de determinados medios, para lograr resultados. Se materializan en declaraciones, objetivos, decisiones y acciones.

Política Sectorial, es el subconjunto de políticas nacionales que afecta una actividad económica y social específica pública o privada.

Política Regional es la que se lleva a cabo en el ámbito de una región, para lo cual los gobiernos regionales diseñan sus respectivas políticas sectoriales regionales, estableciendo lineamientos de política regional elaborados teniendo en cuenta factores como: orientación estratégica de desarrollo, visión, constatación de la situación actual y recursos con que se cuenta.

3.-¿LAS POLÍTICAS PÚBLICAS INTERSECTORIALES EXPRESAN RELACIONES DE COORDINACIÓN?

Sí, porque las políticas públicas nacionales y sectoriales buscan ser consensuadas, no siendo ajenas a esto las políticas públicas intersectoriales, cabiendo resaltar que la relaciones de coordinación operan en forma horizontal entre entidades públicas o entes que conforman un sistema o entre entidades en general, es decir entre sectores, de acuerdo con los mecanismos de colaboración y cooperación establecidos.

4.- ¿EN QUE CAMPOS DESARROLLA ACCIONES LA ADMINISTRACION PUBLICA?

En los campos de:

De Regulación.- para inducir u obligar el comportamiento de agentes sociales y económicos a fin de adaptarlos o compatibilizarlos con las políticas de Gobierno.

De Producción.- tomando responsabilidades directas tanto en la producción como en el proceso de acumulación de bienes y servicios.

De Redistribución.- a través de transferencias de ingresos y recursos entre grupos de individuos, sectores productivos, y del Estado a privados o viceversa.

5.- DIFERENCIA ENTRE ORGANISMO Y ORGANO ADMINISTRATIVO.

Organismo (entidad pública) es aquel cuya creación se debe a la Ley, goza de autonomía, se encarga de actividades del servicio público y su regulación proviene del derecho administrativo.

Órganos Administrativos son las partes en las cuales se divide una entidad pública y se encargan de una actividad determinada y se encuentra al mando de una autoridad administrativa.

6.- QUE CARACTERISTICAS TIENE UNA ENTIDAD PUBLICA.

  • Creada por voluntad política, a través de una Ley,
  • tiene personería jurídica de derecho público interno,
  • tiene autonomía para ejercer funciones dentro del marco de sus competencias y atribuciones,
  • sus autoridades ejercen función pública y tienen origen a través de elección o designación,
  • administra recursos públicos,
  • está sujeta a los sistemas públicos de control, fiscalización y rendición de cuentas.

7.- COMENTE LOS TIPOS DE AUTONOMÍAS DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS. SEÑALE LA DIFERENCIA CON EL CONCEPTO DE SOBERANÍA.

  • Autonomía Política.- es aquella de la cual gozan las entidades que sus autoridades provienen de elecciones directas (Presidencia de la República, Congreso, Gobiernos Regionales y Locales).
  • Autonomía Constitucional.- de la que gozan las entidades establecidas en la Constitución y sus autoridades son designadas y removidas por procedimientos establecidos en la referida Constitución.
  • Autonomía Administrativa.- en las entidades cuyas autoridades son designadas por autoridades políticas o constitucionales.

La autonomía política abarca la constitucional y administrativa, la autonomía constitucional comprende la autonomía administrativa. La autonomía administrativa es la facultad de tomar decisiones dentro de las facultades asignadas y de utilizar los recursos de la forma que se considere más apropiada para conseguir sus fines, siempre y cuando este dentro de la Ley.

Soberanía es el poder de que goza un ente que no se halla sometido a ningún otro, mientras que la autonomía, de acuerdo a Ley, será la potestad que dentro del Estado pueden gozar algunas de sus instituciones. Es decir, la diferencia radica en que la soberanía es aplicada a generalmente a los Estados, mentras que la autonomía se aplica a instituciones dentro de un Estado.

8.-EXPLIQUE LOS CONCEPTOS DE TUTORÍA O ADSCRIPCIÓN. ¿HAY RELACIÓN DE ADSCRIPCIÓN ENTRE ESSALUD Y EL MINISTERIO DE TRABAJO?

La adscripción o tutela es una relación que implica influencia política en el comportamiento de la entidad tutelada, pero que no implica subordinación administrativa entre unos y otros. Como ejemplo tenemos la relación se da entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y sus instituciones públicas y empresas, o entre la PCM y sus organismos públicos adscritos.

La adscripción o tutela es una relación por lo tanto la diferencia radicaría en que se utiliza el termino tutela o tutelar cuando nos referimos al organismo que  interviene en la designación del jefe del organismo tutelado  o a los miembros del órgano colegiado que constituye la Alta Dirección del mismo. Cuando hablamos de adscripción u organismo adscrito nos referimos al organismo que está siendo tutelado.

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