Política fiscal
Enviado por • 15 de Noviembre de 2012 • Tutorial • 4.314 Palabras (18 Páginas) • 362 Visitas
Política fiscal
La política fiscal expresada en la Ley de Presupuesto 2006 se propuso mantener el crecimiento económico a través del dinamismo de la demanda agregada interna.
El gasto público acordado en el presupuesto alcanzó Bs. 87 billones (22,3% del PIB) y fueron aprobados durante el año créditos adicionales por un monto de Bs. 41,2 billones, lo cual representó una expansión del gasto acordado de 48,6% con
respecto al año 2005. Durante 2006, la amplia disponibilidad de recursos en exceso provenientes del ejercicio fiscal 2005 permitió, a diferencia de años anteriores, financiar un monto significativo de créditos adicionales durante el
primer semestre. Los principales destinos de los créditos adicionales fueron el pago de diversos compromisos laborales, transferencias a regiones, vivienda, economía popular, insuficiencias presupuestarias, ambiente, deuda pública,
misiones, infraestructura y agricultura, entre otros.
Por otra parte, se dio continuidad a la política de financiamiento por parte de la industria petrolera hacia proyectos especiales y de inversión para la transformación de la base productiva y el mejoramiento de la infraestructura física y el capital humano en el país. En este sentido, el Fondo de Desarrollo Nacional S.A. (Fonden), creado en 2005, recibió aportes durante el año por parte de Petróleos de Venezuela S.A. (Pdvsa) por un monto total de US$ 6.855 millones.
En el período tuvieron lugar algunos cambios legislativos e institucionales que modificaron la orientación y asignación del gasto público. En este sentido, fue creado el Fondo Nacional de los Consejos Comunales11, cuya competencia
principal es el manejo financiero de los recursos asignados a los consejos comunales hasta la entrega de los mismos. Asimismo, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Endógeno12, con el objetivo de promover el desarrollo armónico y coherente de las políticas, planes y proyectos del Ejecutivo Nacional, para el desarrollo endógeno y la economía popular, colectiva y solidaria.
Por otra parte, fueron constituidos el Fondo Binacional Venezolano-Iraní de Financiamiento para el Desarrollo13 y el Fondo Pesado Estratégico de 11 Los recursos a ser administrados por este fondo provienen, entre otras fuentes, de los
transferidos por la República, los estados y municipios, y los que provengan de lo dispuesto en
la Ley del Fides y en la Ley de Asignaciones Económicas Especiales derivadas de Minas e
Hidrocarburos. Decreto N° 4.485, Gaceta Oficial N° 38.439 de fecha 18/05/06.
12 El patrimonio de este fondo, estaría compuesto principalmente por los aportes provenientes
de la Ley de Presupuesto y extraordinarios que le asigne el Ejecutivo, así como por los bienes y
recursos que le sean transferidos de otros fondos, entes, personas u organismos. Gaceta Oficial
N° 38.500 de fecha 15/08/06.
13 Gaceta Oficial N° 38.517 de fecha 07/09/06.
Inversión14, en el marco de los acuerdos de cooperación suscrito entre la República Bolivariana de Venezuela y la República Islámica de Irán15. En materia impositiva petrolera, la Ley de Reforma Parcial del Decreto N° 1.510 con Fuerza de Ley Orgánica de Hidrocarburos16 estableció un impuesto de extracción en un tercio (33,3%) del valor de todos los hidrocarburos líquidos extraídos de cualquier yacimiento. Este impuesto se calcula sobre la misma base establecida para el cálculo de la regalía en dinero. El contribuyente tiene el derecho de deducir de dicho impuesto lo pagado por regalía (30%), incluso la
regalía adicional que esté pagando como ventaja especial17.
Además de este impuesto de extracción, la reforma señalada estableció el Impuesto de Registro de Exportación en 0,1% del valor de los hidrocarburos exportados. Cabe mencionar que las nuevas empresas mixtas constituidas a partir
del acuerdo de la Asamblea Nacional en el mes de marzo que aprobó los términos y condiciones para su creación y funcionamiento, pasan a pagar la alícuota de 50% de Impuesto sobre la Renta.
En cuanto a los tributos no petroleros, resalta en primer lugar la Reforma Parcial de la Ley de Impuesto sobre la Renta18 que otorgó rebajas del impuesto en los
14 Gaceta Oficial N° 38.546 de fecha 19/10/06.
15 Estos fondos tienen por objeto el financiamiento de inversiones, proyectos económicos y
sociales, así como intercambios comerciales, mediante créditos aportados tanto a personas
naturales y jurídicas, como a instituciones y entes públicos de ambos países. Los recursos
provienen del aporte de cada país en montos iguales.
16 Gaceta Oficial N° 38.443 de fecha 24/05/06.
17 La regalía adicional establecida en el Acuerdo de la Asamblea Nacional mediante el cual se
aprueban los términos y condiciones para la creación y funcionamiento de las empresas mixtas,
es de 3,33% sobre los volúmenes de hidrocarburos extraídos, distribuida de la siguiente
manera: 2,22% para los municipios del área delimitada y 1,11% para un fondo de
financiamiento para proyectos de desarrollo endógeno en la respectiva región.
18 Gaceta Oficial N° 38.529 de fecha 25/09/06.
siguientes términos: 10% del monto de las nuevas inversiones que se efectúen en los cinco años siguientes en las actividades industriales y agroindustriales, construcción, electricidad, telecomunicaciones, ciencia y tecnología, o a aquellas que satisfagan los requerimientos de avanzada tecnología o de punta, que sean destinadas al aumento de la capacidad productiva; 75% para las actividades turísticas; 80% para actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas; y 10% adicional para actividades vinculadas con la conservación del ambiente.
En segundo término, se tiene la Reforma Parcial de la Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado19, que redefinió la lista de bienes exentos del impuesto, estableció un rango entre 8% y 16,5% para el establecimiento de la alícuota general en la Ley de Presupuesto Anual, así como una tasa adicional de 10% a los bienes de consumo suntuario y una tasa de 0% para las ventas de hidrocarburos realizadas por las empresas mixtas, a la vez que se asimilaron estas empresas a los contribuyentes ordinarios exportadores, a los efectos del régimen de recuperación de créditos fiscales.
Igualmente, en el IVA fueron establecidos distintos incentivos fiscales a través de exoneraciones a este impuesto, para favorecer fundamentalmente las importaciones, ventas nacionales y/o servicios vinculados con algunas obras
públicas. Del pago del IVA y de los impuestos de importación, se excluyó la importación de bienes muebles de capital
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