Publicidad
Enviado por chaerli • 21 de Marzo de 2015 • 698 Palabras (3 Páginas) • 188 Visitas
1: La presente Ordenanza tiene por objeto regular la
actividad de Propaganda y Publicidad Comercial, así como el
impuesto que grava todo aviso, anuncio o imagen que con fines
publicitarios sea exhibido, proyectado o instalado en bienes del
dominio público Municipal o en Inmuebles de propiedad privada
siempre que sean visibles por el público, o que sea repartido de
manera impresa en la vía pública o se traslade mediante vehículo,
dentro de la jurisdicción del Municipio Bolivariano Libertador.
ARTÍCULO 2: A los efectos de esta Ordenanza se entiende por:
1. Propaganda o Publicidad Comercial: Es todo aviso, anuncio
o imagen dirigida a llamar la atención del público hacia un
producto, persona o actividad específica, con fines
Comerciales.
1. Medio Publicitario: Es todo instrumento empleado para la
exhibición de un motivo publicitario.
2. Motivo Publicitario: Es el mensaje o imagen dirigido al
público con sentido comercial el cual puede ser expresado a
través de material impreso y/o pintado sobre superficie de
distintas naturalezas.
A los efectos de la Propaganda y Publicidad Comercial en
vehículos se considera:
a) Sujeto Residente: Quien, siendo persona natural, propietario
o asimilado, tenga en el Municipio Bolivariano Libertador su
vivienda principal. Se presumirá que este domicilio será el
declarado para la inscripción del registro Automotor
Permanente.
b) Sujeto Domiciliario: Quien, siendo persona jurídica
propietaria o asimilada, ubique en el Municipio Bolivariano
Libertador un establecimiento permanente al cual destina el
uso del referido vehículo. Se consideran domiciliadas en el
Municipio, las concesiones de rutas otorgadas por el Municipio
para la prestación del servicio del transporte dentro del
Municipio.
c) Asimilados: En los casos de venta con reserva de dominio, el
comprador, aun cuando la titularidad del dominio subsista en
el vendedor, en los casos de opción a compra, quien tenga la
opción de comprar, y en los casos de arrendamiento
financiero, el arrendatario.
ARTÍCULO 3: La Propaganda o Publicidad Comercial que se
publique, deberá ajustarse estrictamente a lo establecido en la
presente Ordenanza y demás Leyes.
ARTÍCULO 4: La Propaganda o Publicidad Comercial deberá ser
expresada en correcto y perfecto idioma castellano, y no se
permitirá el uso de idiomas extranjeros, excepto aquellos casos de
palabras o de expresiones que no tienen traducción al idioma
Castellano, o aquellas que se refieren a nombres propios, marcas
de fabricas o denominaciones comerciales que estén debidamente
registrados.
Parágrafo Primero: La Propaganda o Publicidad Comercial en
...