REVISORIA FISCAL
Enviado por vhincapie • 24 de Septiembre de 2013 • 2.024 Palabras (9 Páginas) • 339 Visitas
OBJETIVO GENERAL
Analizar la revisoría fiscal colombiana frente a las Normas Internacionales
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Recoger información sobre las Normas Nacionales e Internacionales de Contabilidad
Reunir trabajos que se vienen haciendo con respecto a la adopción y adaptación de las Normas Internacionales
Analizar los distintos proyectos de implementación de las Normas Internacionales
Comparar el modelo Colombiano con el Internacional.
Determinar cambios que deben hacerse en la normatividad colombiana
los estándares internacionales brindan una seguridad razonable sobre los procesos de generación, procesamiento y producción de información financiera, con miras a satisfacer un interés privado
la revisoría fiscal la enfocan al desarrollo de un control de fiscalización en beneficio de la sociedad en general en defensa del interés público.
El auditor estará en capacidad de determinar si las normas han sido aplicadas en los estados financieros o en una situación financiera.
No se confiará lo que exprese el Revisor Fiscal por fe pública o el auditor a través de su opinión, sino por lo que es razonable: la situación financiera fundamentada en las normas
Habrá aseguramiento de la Revisoría y auditoria porque hay normas sobre la ética, control de la calidad, independencia planeación de los informes
La Revisoría Fiscal tiene un modelo que hasta el momento no ha cambiado
Hay un desconocimiento de los profesionales sobre las Normas Internacionales
La información se presenta solo para cumplir con la obligación tributaria
la información no está apoyada en la realidad
el Revisor Fiscal no ha asumido el papel de ser asesor gerencial
la falta de solidaridad y lealtad gremial
La profesión contable colombiana, legalmente bajo la denominación “contaduría pública,” se encuentra dividida en dos sectores:
Un sector que está en contra de lo internacional: estándares internacionales, firma de contadores con presencia internacional y la práctica de la auditoria
El otro no se hace sentir como profesión. Se acoge a su participación en el mercado
Si no hay acuerdo en estos sectores, cualquier esfuerzo que se haga para mejorar la profesión no va hacer posible su realización, debido a que un sector bloquea al otro.
El problema no está en el nombre, se puede conservar si se quiere, el problema está en el contenido (que es lo que hace: auditoría de estados financieros según estándares internacionales).
Hay que garantizar la independencia: no puede pertenecer al ente, esto es, no puede ser un órgano societario. Tampoco puede ser un “auxiliar del Estado”.
La firma de contadores tiene que responder como firma, no como se hace actualmente de contratar la firma y de que todas las responsabilidades recaen en la persona natural
El revisor fiscal (sea firma o persona natural) tiene que someterse al sistema de aseguramiento de calidad del trabajo de auditoria que realiza.
CONTROL
control es el poder de gobernar las políticas financieras y de operación de la entidad‟.
AUDITORIA
La incorporación de estándares implica que la revisoría se integre con cada auditoria
Ley de intervención económica (LEY SARBANES)
esta ley no dice si los auditores financieros deberían reemplazar a los revisores fiscales en la firma de declaraciones tributaria y otros documentos que deban ser enviados a las administradoras de impuesto.
Ley 1314 de 2009
tiene como objetivo en relación con la revisoría fiscal y la auditoria expedir normas de aseguramiento; Propone que todos los informes realizados, soportes libro sea Difundidos por medios y dejar atrás tanto papel
La tarea del revisor fiscal en Colombia al realizar su trabajo debe de cumplir varias funciones como la de impartir instrucciones, firmar las declaraciones tributarias, en cambio la normatividad internacional vigente en las NIAS no esta de acuerdo con que el revisor fiscal desarrolle múltiples funciones
NORMAS ETICAS FAC. – ASESORIA TRIBUTARIA
esta norma tiene que ver con los servicios de asesoría tributaria. Si Colombia se acogiera a esta norma sería de gran utilidad en la auditoria tributaria y como parámetros de la ética profesional
NIA Nº DESCRIPCION Y RECOMENDACIÓN
Nº 120 marco referencia de las normas internacionales de auditoria; se recomiendo su aplicación plena
Nº 210 terminación de los trabajos de auditoria; aplicación plena
Nº 220 control de calidad para el trabajo de auditoria; se recomienda la aplicación para todas las firmas y profesionales (revisor fiscal)
Nº 230 documentación; aplicación plena
Nº 240 la responsabilidad del auditor de considerar el fraude y error en auditorias en estados financieros
Nº 250 consideración de leyes y reglamentos en una auditoria de estados financieros
Nº 530 muestreo en la auditoria
ESTÁNDARES DE ÉTICA PROFESIONAL (IFAC)
IFAC (International Federation of Accountants = Federación internacional de contadores).
SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS DEL CÓDIGO DE ETICA INTERNACIONAL CON EL COLOMBIANO
SEMEJANZAS
La ley 43 de 1990 está basada en el código de ética de la IFAC. por tanto está encaminada en la búsqueda de la calidad de la profesión contable; la misión de estos códigos es guiar al profesional por medio de estándares que tienen como fin satisfacer las necesidades y requerimientos de los usuarios de la información, en la credibilidad y profesionalismo haciendo énfasis en los principios fundamentales, iguales para todos los contadores profesionales que les permita desarrollar su trabajo con objetividad y estar actualizados con los avances tecnológicos y científicos para ser competitivos..
DIFERENCIAS
El Código de ética colombiano (Ley 43 de 1990) hace algunas precisiones sobre conceptos particulares como el respeto entre colegas y la difusión y la colaboración que se estructuran en el marco internacional dentro de la conducta profesional.
El Código de Ética profesional internacional es más importante el principio de estudio y aplicación de estándares técnicos que la competencia y actualización profesional
La Independencia por ejemplo es más exigente y clara en el actual código de ética colombiano que los principios promulgados por en el marco internacional, que se encausan solamente hacia las organizaciones o firmas profesionales y no al ejercicio de la persona natural.
Al Código
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