Resumen De La Convención De Viena Sobre El Derecho De Los Tratados
Enviado por hellenzita • 30 de Marzo de 2014 • Resumen • 1.158 Palabras (5 Páginas) • 600 Visitas
RESUMEN DE LA CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE EL DERECHO DE LOS TRATADOS
Teniendo presentes los principios de derecho internacional incorporados en la carta de las naciones unidas, tales como los principios de igualdad de derechos y de libre determinación de los pueblos, de la igualdad soberana y la independencia de todos los estados, de la no injerencia en los asuntos internos de los estados, de la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza y del respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos y la efectividad de tales derechos y libertades, convencidos de que la codificación y el desarrollo progresivo del derecho de los tratados logrados en la presente Convención contribuirán a la consecución de los propósitos de las Naciones Unidas enunciados en la Carta, que consisten en mantener la paz y la seguridad internacionales, fomentar entre las naciones las relaciones de amistad y realizar la cooperación internacional, afirmando que las normas de derecho internacional consuetudinario continuaran rigiendo las cuestiones no reguladas en las disposiciones de la presente convención.
La convención de Viena se aplica a los tratados entre estados, para los efectos se entiende por “ tratado” un acuerdo internacional celebrado por escrito entre estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular; por otro lado se entiende por “ ratificación”, “ aceptación”, “aprobación “ y “ adhesión”, según el caso , el acto internacional así denominado por el cual un estado hace constar en el ámbito internacional su consentimiento en obligarse por un tratado.
El hecho de que la presente convención no se aplique ni a los acuerdos internacionales celebrados entre estados y otros sujetos de derecho internacional o entre esos otros sujetos de derecho internacional, ni a los acuerdos internacionales no celebrados por escrito, no afectara: al valor jurídico de tales acuerdos, a la aplicación a los mismos de cualquiera de las normas enunciadas en la presente convención a que estuvieren sometidos en virtud del derecho internacional independientemente de esta convención y la aplicación de la convención a las relaciones de los estados entre sí en virtud de acuerdos internacionales en los que fueren asimismo partes otros sujetos de derecho internacional.
Esta convención establece las formas de celebración de tratados entre estados, indicando que este será aplicable para todos los estados contratantes del mismo aplicando para todos los estados contratantes de este, destinando solamente entre estados, no así a otros sujetos de derecho internacional sin que este afecte el valor jurídico de los celebrados entre ellos (sujetos de derecho internacional y estados o entre sujetos de derecho internacional).
Por otra parte indica que los efectos del mismo no son retroactivos y que se destinara a todos los tratados aplicado en el ámbito de una organización internacional, así como a los tratados constitutivos de organizaciones internacionales.
Los representantes de los estados deben contar con plenos poderes para poder celebrar tratados, no los necesitan cuando se trate de jefes de estados, gobernantes, ministros de relaciones exteriores, jefes de misión diplomática y representante acreditado por los estados ante una conferencia internacional, sino es una persona autorizada, el tratado que celebre no surtirá efectos.
El texto se considerara autentico siempre que el mismo se haya realizado conforme a los procedimientos establecidos por los estados contratantes. Las formas de manifestación del consentimiento en obligarse por un tratado son:
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