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Resumen Del Libro Introducción Al Dercho De Eduardo García Maynez


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2012  •  7.874 Palabras (32 Páginas)  •  13.722 Visitas

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Introducción

El derecho como ciencia a través del tiempo se ha nutrido de diversas corrientes, que no solo se han encargado de atribuirle importancia sino un gran contenido para regular hasta el más intrascendente detalle de la conducta humana en sociedad.

Conocer las fuentes del derecho permite entender el surgimiento histórico y desenvolvimiento de esta ciencia, que a través de los años han permitido mantener un equilibrio en la convivencia humana, adecuándose a las formas de relacionarse los individuos de un territorio determinado.

El presente informe cuenta con una estructura ordenada que permitirá ampliar el conocimiento de muchos aspectos básicos del derecho.

El Capitulo I, no es más que la Formulación Lógica de una norma, el cual permitirá entender la estructura de la norma, desde lo más amplio a lo más específico.

El Capítulo II, amplía claramente las fuentes del derecho, formales y materiales, así como también realiza especial mención de aspectos tales como el reglamento y la interpretación de la ley.

El Capítulo III, de forma muy gráfica, muestra el Ordenamiento Jurídico, en su parte teórica y en su faceta práctica, aplicado a nuestro país, culminando con la Competencia y la Jurisdicción.

CAPITULO I

FORMULACIÓN LOGICA Y ESTRUCTURA FORMAL DE LA NORMA

La estructura de la norma jurídica cuenta con dos partes fundamentales, las cuales son: el supuesto de hecho y la consecuencia jurídica. Entendemos por supuesto de hecho como la hipótesis de conducta que si se produce provocará la consecuencia y esta consecuencia jurídica que tiene por causal la subsunción de una conducta humana en el supuesto de hecho normativo.

Luego tenemos que la lógica como ciencia busca la verdad dentro de su objeto particular, dictando normas generales, investigando los métodos y haciendo críticas a todo conocimiento, cuando hablamos de las normas del derecho, estas tienen características que la hacen diferenciarse claramente de los otros tipos de normas y es que cuentan con una estructura lógica para poder claramente controlar la conducta humana en sociedad.

Con lo antes expuesto, podemos formular la estructura lógica de una norma jurídica, que sería de la siguiente manera:

- Si es A debe ser B

- Si es no B debe ser C

El nacimiento de esta estructura o tesis depende en forma directa de la materialización o cumplimiento de la hipótesis, lo cual nos lleva a afirmar que este enunciado corresponde a la de un Juicio Hipotético.

La leyenda de esta formulación es la siguiente: A representa la situación dentro de la cual debe encontrarse el sujeto, B es la conducta prevista por la norma que debe tener el sujeto y C es la sanción impuesta por el órgano competente del estado.

Ejemplo: Si A es un patrono que debe pagar un salario, y el hecho de pagar ese salario es la conducta esperada por la norma (B), y no lo hace, entonces C, es decir, le será impuesta una sanción.

Si analizamos esta formulación lógica de la norma jurídica se percibe claramente el carácter imperativo de la norma, es decir, el deber ser, a pesar de éste carácter imperativo de la norma los juristas se han tenido que valer de otro elemento que es la sanción para que el caso de que la conducta establecida por ella como debida, no se cumpla.

Tenemos que también existe una especie de causalidad en la estructura de la norma, para explicar el origen del deber ser en la cual se puede observar el nacimiento de los deberes y derechos a raíz de una situación, es entonces cuando tenemos que la estructura de la norma vendría a ser la siguiente: En el momento del surgimiento de una determinada situación prevista en la norma nace para el sujeto de forma automática determinados deberes o derechos, luego el sujeto está obligado a comportarse en una forma determinada, y si no lo hace en la forma prevista le será impuesta una sanción. En forma de esquema sería así:

- Si es A es B

- Es B debe ser C

- Si es no C debe ser D

La leyenda de estos símbolos sería la siguiente: A sería la situación determinada prevista en la norma B los deberes y derechos que nacen automáticamente, C es la obligación a comportarse en una forma determinada, no C es el incumplimiento de la conducta C, y D será la sanción impuesta.

Se puede hacer referencia a la Sección V “De los hecho ilícitos” artículo 1.185 del Código Civil donde expresa: “El que con intención, o por negligencia, o por imprudencia, ha causado un daño a otro, esta obligado a repararlo...” aquí se denota claramente el esquema de la formulación lógica de la norma, pues tenemos que A es el daño a otro (la situación), B es reparar el daño (la conducta esperada), y si no repara el daño, recaerá una sanción C.

Teoría de la Subsunción

Esta teoría también es llamada “Teoría clásica de la aplicación del Derecho”, y la cual no es más que una operación lógica por la cual la conducta de un sujeto se inserta en la hipótesis de una norma. Es importante destacar que un hecho particular, se introduce en una hipótesis general. Lo antes expuesto es basado en un método deductivo representado por el silogismo jurídico.

Ejemplo: “si alguien falsifica un documento debe ser castigado” (norma jurídica y premisa mayor).

“José falsifico su cédula de identidad” (hecho concreto de la conducta humana y premisa menor)

“José debe ser castigado” (Inferencia)

CAPITULO II

LAS FUENTES DEL DERECHO

El vocablo fuente es sinónimo de origen de una cosa, tanto remoto como próximo, indicando por consiguientes, lo mismo el principio o causa última de que procede, que el punto donde se manifiesta.

La denominación de fuente tiene una acepción traslaticia ya que el es lugar de donde emana o emerge algo. Inquirir la fuente de una norma jurídica es buscar el punto por el cual ha salido de las profundidades de la vida social, para aparecer en la superficie del derecho.

El problema referente a las fuentes del derecho constituye uno de los aspectos fundamentales de las ciencias jurídicas y uno de los puntos centrales de toda reflexión dentro de las mismas. Desde sus inicios, la teoría de las fuentes del derecho fue la teoría de las fuentes formales del mismo, formas lógico – normativas obligatorias y predeterminadas que deben adquirir inevitablemente las reglas de conducta, para imponerse socialmente como expresión de la voluntad

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