SEGUROS Y FIANZAS
Enviado por lazaroarteaga • 12 de Enero de 2015 • 2.816 Palabras (12 Páginas) • 283 Visitas
Retención por riesgo
. Una retención de seguro es la parte de un reclamo de seguro pagado por el asegurado en lugar de por la compañía de seguros. Un deducible es un ejemplo común de una retención, aunque hay otros tipos de retenciones. Las retenciones le permiten al asegurado reducir las primas de seguros asumiendo que una parte del riesgo esté asegurada.
Retención de auto-seguro
Una retención de auto-seguro (RAS) es una parte de cada reclamo de seguro que no está asegurada por la póliza y que requiere que el asegurado pague antes de que éste entre en vigor. Por ejemplo, si hay una retención de auto-aseguro de US$10,000 en una póliza de US$1,000,000 de responsabilidad civil general, el asegurado debe pagar los primeros US$10,000 de cualquier reclamo, antes que la aseguradora responda.
Deducible
Un deducible de una póliza de responsabilidad es una cantidad que debe ser reembolsada por el asegurado al asegurador por cada reclamo pagado. A diferencia de una retención de auto-seguro, los aseguradores están obligados a manejar inmediatamente los reclamos de terceros y obtener el reembolso de los mismos. Los aseguradores pueden no resistirse a pagar los reclamos de terceros, incluso si sus asegurados no reembolsan las obligaciones deducibles.
Políticas de retrospectiva nominal
En lugar de una retención definida que sea aplicable a cada reclamo, los asegurados pueden hacer arreglos para una política de retroactiva nominal para así compartir una parte de las pérdidas con la aseguradora. Estas retenciones pueden variar según el tipo de reclamo y con frecuencia tienen un importe máximo de la retención agregada, proporcionando así algún límite a la exposición de las pérdidas.
Efecto financiero
Los asegurados con frecuencia escogen tener retenciones en sus pólizas ya que las aseguradoras ofrecen descuentos en las primas de seguro, en función de la cantidad retenida. Una compañía que gestiona adecuadamente su riesgo puede ahorrarse el dinero de las primas de seguros por adelantado, reteniendo una parte del riesgo. Aun si se esperan pérdidas del asegurado, hay un tiempo de beneficio para pagar las retenciones después del reclamo, en lugar de al inicio del año de la póliza.
Efecto moral
Las aseguradoras se benefician de las retenciones debido a que sus asegurados tienen un interés financiero en prevenir o minimizar el efecto de los reclamos. Esto elimina el temor de que los asegurados puedan actuar imprudentemente, sabiendo que están completamente asegurados, sin otras repercusiones financieras que más que el aumento de las primas anuales. Algunas aseguradoras requieren que todas las pólizas tengan cierto nivel de retención como un método de control de pérdidas.
Garantía y pre-financiamiento
Los asegurados que optan por las retenciones deben estar dispuestos a pagar en caso de reclamo alguno. Fuera de la RAS, las aseguradoras requieren garantías por parte de sus asegurados de que las retenciones se reembolsarán con prontitud a la misma, al pago del reclamo. Las aseguradoras aseguran estas obligaciones de reembolso a través de algún tipo de garantía, como un depósito en efectivo o cartas de crédito publicadas por el asegurado
Reaseguradoras
Método de reaseguramiento
Mediante el contrato de reaseguro, el asegurador (cedente) y el o los reaseguradores (aceptante/s) acuerdan ceder y aceptar, respectivamente, una parte o la totalidad de uno o más riesgos, acordándose cómo será el reparto de las primas devengadas de la asunción del riesgo (primas de la póliza del seguro) y también el reparto de los pagos por las responsabilidades derivadas del riesgo (pagos de los siniestros cubiertos por la póliza). Se pueden diferenciar dos grandes grupos de criterios para repartir las primas y las responsabilidades:
Reaseguro proporcional:
La cuantía de la responsabilidad que corresponde al reasegurador en caso de siniestro se calcula con la proporción que resulta entre la prima recibida por él (prima cedida) y la prima total de la póliza. Por tanto el reasegurador participa de los siniestros y las primas en idéntica proporción.
Reaseguro no proporcional: La cuantía de la responsabilidad que corresponde el reasegurador en caso de siniestro es el exceso sobre un determinado límite (denominado prioridad o XL), los importes inferiores a esta prioridad son siempre por cuenta del asegurador. Por tanto el reasegurador solo responde ante los siniestros que superen un determinado valor (prioridad). El diccionario de derecho usual define el reaseguro como el seguro del seguro contratado, en virtud del cual un nuevo asegurador toma sobre sí, en todo o en parte, los riesgos asegurados por un primer asegurador, sin alterar las condiciones del primer contrato y cediéndole aquel o pagándole parte de la prima primitiva. El reaseguro, simple o llanamente, es el medio de que se vale la compañía de seguros (la compañía cedente) que acepta operaciones directamente del público, para disminuir la responsabilidad que le incumbe, distribuyéndola entre otras compañías de seguros, quienes aceptan la responsabilidad por una participación correspondiente en la prima original. l;k;ll';; El asegurado únicamente mantiene relación contractual con la aseguradora (cedente), y en ningún caso esa relación contractual se puede ver afectada por las relaciones entre el asegurador y los reaseguradores que pudieran tener acuerdos con el asegurador. En el supuesto de quiebra de la compañía de seguros el asegurado no podrá reclamar sus derechos a la reaseguradora, sino que lo harán los órganos competente en esta materia, por ejemplo en España el Consorcio de Compensación de Seguros.
Características
El reaseguro puede hacerse por todos los riesgos con los cuales opere la empresa (ya sea de forma individual cada uno o bien por el conjunto de su cartera de riesgos) o solo para determinados riesgos, como por ejemplo incendio o los más costosos para el asegurador ( barco).
El reaseguro es un nuevo contrato de seguros celebrado entre el asegurador y el reasegurador el cual tiene obligaciones recíprocas
Sociedades mutualistas
Las sociedades mutualistas son: "conjuntos de personas que actúan libre y voluntariamente para construir fondos de ayuda económica con aportaciones periódicas que se asignan a través de una colaboración espontánea, cuya finalidad es el auxilio de sus miembros en caso de necesidades presentes o futuras
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