Taller Regimenes En Colombia
Enviado por frankitoou • 3 de Abril de 2014 • 619 Palabras (3 Páginas) • 481 Visitas
TALLER REGIMENES EN COLOMBIA.
1. Para el sistema tributario existen dos tipos de regímenes simplificado y común definirlos.
2. Obligaciones de los dos regímenes existentes en Colombia?
3. Prohibiciones para el régimen simplificado.
4. Enumerar los requisitos o topes para pertenecer al régimen simplificado en el año 2014?
5. Investigar sobre bienes para efectos del impuesto al valor agregado en Colombia?
6. investigar sobre los impuestos que debe pagar o asumir las personas del régimen común
SOLUCION
1-REGIMEN SIMPLIFICADO
Pertenecen aquellas personas naturales comerciantes, artesanos que sean minorista o detallistas, agricultores y ganaderos que realicen operaciones gravadas.
-REGIMEN COMÚN
Pertenecen aquellas personas jurídicas y sociedades que vendan o presten servicio gravados, Personas naturales comerciantes y artesanos que no cumplan con los requisitos del régimen simplificado, usuarios aduaneros y exportadores y productores de bienes exentos.
2OBLIGACIONES DE REGIME SIMPLIFICADO
Inscribirse en el RUT, llevar libro fiscal de registro de operaciones diarias, Exhibir en un lugar visible el RUT, expedir copia del mismo en la primera venta o prestación de servicios, informar a la DIAN el cese de actividades y suministrar información a la DIAN.
-OBLIGACIONES DE REGIME COMUN
Inscribirse en el RUT, expedir factura o documento equivalente, expedir documentos cuando el responsable del régimen común adquiera bienes y/o servicios a personas naturales inscritas en el régimen simplificado o no comerciantes, solicitar resolución de autorización en la DIAN con autorización con vigencia de 2 años, presentar declaración bimestral del IVA a partir del inicio de las operaciones y presentar la declaración del imprenta y complementarios.
3 Prohibiciones para los responsables del régimen simplificado.
De conformidad con el artículo 15 del Decreto 380 de 1996, a los responsables del régimen simplificado que vendan bienes o presten servicios, no les está permitido:
1. Adicionar al precio de los bienes que vendan o de los servicios que presten, suma alguna por concepto de impuesto sobre las ventas; si lo hicieren deberán cumplir íntegramente con las obligaciones de quienes pertenecen al régimen común.
2. Si el responsable del régimen simplificado incurre en esta situación, se encuentra obligado a cumplir los deberes propios de los responsables del régimen común (Art.16 Decreto 380 de 1996).
3. Presentar declaración de ventas. Si la presentaren, no producirá efecto alguno conforme con el artículo 594-2 del Estatuto Tributario.
4. Determinar el impuesto a cargo y solicitar impuestos descontables.
5. Calcular impuesto sobre las ventas en compras de bienes
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