Teoria Del Acto Y Contrato Administrativo
Enviado por dioscee • 3 de Septiembre de 2014 • 524 Palabras (3 Páginas) • 363 Visitas
Contrato de Obra Pública:
El art. 120 TRLCAP define el contrato de obras diciendo que se entiende por contrato de obras el celebrado entre la Administración y un empresario cuyo objeto sea:
a. La construcción de bienes que tengan naturaleza inmueble, tales como carreteras, ferrocarriles, puertos, canales, presas, edificios, fortificaciones, aeropuertos, bases navales, defensa del litoral y señalización marítima, monumentos, instalaciones varias, así como cualquier otra análoga de ingeniería civil.
b. La realización de trabajos que modifiquen la forma o sustancia del terreno o del subsuelo, como dragados, sondeos, prospecciones, inyecciones, corrección del impacto medioambiental, regeneración de playas, actuaciones urbanísticas u otros análogos.
c. La reforma, reparación, conservación o demolición de los definidos en las letras anteriores.
La definición del contrato de obras establecida por el TRLCAP no altera la que en su día estableció la Ley 13/1995, definición, por otra parte, que reproduce prácticamente la que contenía el Reglamento de Contratos del Estado de 1975 en su art. 55, si bien incorpora una referencia al elemento subjetivo al precisar que serán contratos de obras los celebrados entre la Administración y un empresario.
El art. 123 TRLCAP clasifica las obras a efectos de elaboración de los proyectos, en los siguientes grupos:
a. Obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación: Son obras de primer establecimiento las que dan lugar a la creación de un bien inmueble.
El concepto general de reforma abarca el conjunto de obras de ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo de un bien inmueble ya existente.
b. Obras de reparación simple: Se consideran como obras de reparación las necesarias para enmendar un menoscabo producido en un bien inmueble por causas fortuitas o accidentales. Cuando afecten fundamentalmente a la estructura resistente tendrán la calificación de gran reparación y, en caso contrario, de reparación simple.
c. Obras de conservación y mantenimiento: Si el menoscabo se produce en el tiempo por el natural uso del bien, las obras necesarias para su enmienda tendrán el carácter de conservación. Las obras de mantenimiento tendrán el mismo carácter que las de conservación.
d. Obras de demolición: Son obras de demolición las que tengan por objeto el derribo o la destrucción de un bien inmueble.
Contrato de Adquisición de Bienes Muebles e Inmuebles:
Contrato de Arrendamiento de Bienes Muebles e Inmuebles:
Adquirir en definitiva; la opción es conseguirlo mediante arrendamiento.
La persona dueña del bien se conoce como arrendador, la cual se obliga mediante un contrato a entregar cierto bien al arrendatario, que es la persona que manifiesta
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