NUEVA LEY DEL ÓRGANO JUDICIAL
Enviado por suertudo12 • 9 de Julio de 2014 • 12.486 Palabras (50 Páginas) • 259 Visitas
INDICE:
PRIMERA PARTE:
NUEVA LEY DEL ÓRGANO JUDICIAL
1. PREAMBULO:
1.1. SISTEMA JUDICIAL DE BOLIVIA
2. OBJETIVO GENERAL:-
3. OBJETIVOS ESPECIFICOS:
4. CONCEPTOS PRELIMINARES:
5. INTRODUCCION:
5.1. ANTECEDENTES DE LA LEGISLACION ORGANICA JUDICIAL:
5.2. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
6. DESARROLLO:
6.1. LEY 025 EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS LEY 1455
6.1.1. TITULO I (DISPOSICIONES GENERALES)
a) CAPITULO I (FUNDAMENTOS Y PRINCIPIOS)
b) CAPITULO II (JURISDICCION Y COMPETENCIA)
c) CAPITULO III (APLICACIÓN DE NORMAS Y DERECHOS Y NULIDAD DE ACTOS PROCESALES)
d) CAPITULO IV (MANDATO DE LAS O LOS SERVIDORES JUDICIALES)
e) CAPITULO V (RÉGIMEN DE SUPLENCIAS DE MAGISTRADAS Y MAGISTRADOS)
f) CAPITULO VI (DE LAS EXCUSAS Y RECUSACIONES DE MAGISTRADAS Y MAGISTRADOS, LAS Y LOS VOCALES, JUEZAS Y JUECES)
6.1.2. TITULO II (JURISDICCIÓN ORDINARIA)
a) CAPITULO I (NORMAS GENERALES)
b) CAPITULO II (TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA)
• SECCIÓN I (DE LAS MAGISTRADAS Y LOS MAGISTRADOS)
• SECCIÓN II (DE LA SALA PLENA Y PRESIDENCIA)
c) CAPITULO III (TRIBUNALES DEPARTAMENTALES DE JUSTICIA)
• SECCIÓN I (DE LAS Y LOS VOCALES)
• SECCIÓN II (DE LA SALA PLENA Y PRESIDENCIA)
d) CAPITULO IV (TRIBUNALES DE SENTENCIA Y JUZGADOS PÚBLICOS)
• SECCIÓN I (NORMAS GENERALES)
• SECCIÓN II (COMPETENCIAS)
e) CAPITULO V (SERVIDORAS O SERVIDORES DE APOYO JUDICIAL)
• SECCIÓN I (DISPOSICIONES COMUNES)
• SECCIÓN II (CONCILIADORA O CONCILIADOR)
• SECCIÓN III (SECRETARIA)
• SECCIÓN IV (AUXILIARES)
• SECCIÓN V (OFICIALES DE DILIGENCIAS)
f) CAPITULO VI (SERVICIOS JUDICIALES)
• SECCIÓN I (SERVICIOS COMUNES)
• SECCION II (OTROS SERVICIOS)
g) CAPITULO II (TRIBUNAL AGRAMBIENTAL)
• SECCION I (DE LAS MAGISTRADAS Y MAGISTRADOS)
• SECCION II (DE LA SALA PLENA Y PRESIDENCIA)
• SECCION III (DE LAS SALAS Y PRESIDENCIAS)
7. CUADROS COMPARATIVOS:
7.1. LEGISLACIÓN COMPARADA:
8. CONCLUSIONES:
9. BIBLIOGRAFIA:
10. ANEXOS:
SEGUNDA PARTE
EL PROCESO
1. PREAMBULO:
SISTEMA JUDICIAL DE BOLIVIA
Mediante la Ley de Reformas a la Constitución Política del Estado, No. 1585 de 12 de agosto de 1994, se introdujeron profundos cambios en la estructura del Poder Judicial, con la creación de nuevos organismos, habiendo quedado conformada de la siguiente manera:
• Corte Suprema de Justicia,
• Tribunal Constitucional,
• Consejo de la magistratura ,
• Tribunal Agrario Nacional,
• las Cortes Superiores de Distrito, los juzgados de partido y de instrucción en materia civil, comercial, penal, de sustancias controladas, de familia, del menor, del trabajo y seguridad social, de minería y administrativa y de contravenciones.
• Las Cortes Nacionales del Trabajo y de Minería, así como los tribunales en materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria, se integraron en cada departamento a las Cortes Superiores de Distrito formando la Sala Social, de Minería y Administrativa, igualmente, por efectos de la Ley de Aduanas, se crearon los Tribunales Aduaneros de Sentencia, más tarde por mandato del nuevo Código de Minería la materia de minería sale del Poder Judicial.
También forman parte del Poder Judicial, pero sin ejercer jurisdicción: los Registradores de Derechos Reales y los Notarios de Fe Pública, al igual que los Jueces de Vigilancia y todos los funcionarios del ramo judicial.
Desde la nueva realidad boliviana de la plurinacionalidad se planificó hacer cambios trascendentales en el sistema de justicia.
Entre ellos, que la interculturalidad reconoció el pluralismo jurídico como principio del Estado boliviano y la justicia de los pueblos indígenas originarios campesinos, además que se definió competencias territoriales y límites de los responsables del control y permitió la coordinación entre sistemas.
Se consideró tener una justicia participativa y democrática en el ámbito de la justicia con la designación de jueces y fiscales, la aplicación de políticas públicas en el sistema y la creación del Observatorio Ciudadano de Justicia, institución dependiente de los cuatro poderes del Estado, asimismo, tener una justicia accesible e inclusiva, se ampliaron asimismo los derechos constitucionales con los mecanismos necesarios para que sean aplicados.
Cuando se vio que la justicia no era transparente, se comprendió que era necesario revisar los procesos de elección y designaciones de autoridades. Se creó el Consejo de Políticas Públicas, que definió los mecanismos de rendición de cuentas a la sociedad y constituyó la Procuraduría General de la Defensa del Estado, porque todos los juicios eran llevados negligentemente o perdidos.
Nuestra cultura en el país entiende que todos estamos bajo la ley y debemos cumplirla. Por ello se cambio las leyes, empezando por la Constitución Política del Estado (CPE) debatida en la Asamblea Constituyente y consultada al pueblo en general y aprobada por una amplia mayoría.
2. OBJETIVO GENERAL:
Analizar la nueva ley del órgano judicial 025 y hacer una comparación con la ley de organización judicial 1455, consiguiendo con el mismo propósito obtener una valoración adecuada de ambas, sacando de las mismas lo favorable, con esto se busca hacer una evaluación critica ha conseguido los resultados esperados por el legislador y si tuvo los mismos efectos en la sociedad.
3. OBJETIVOS ESPECIFICOS:
Informar si a la nueva ley de organización judicial se le hicieron algunas incorporaciones de nuevas figuras jurídicas a fondo y forma respecto a la derogada.
Investigar
Estudiar nuestra legislación con la de otros países sacando las ventajas y desventajas de ambas centrándonos en la visualización del progreso legislativo actual en nuestro país.
Incorporar
4. CONCEPTOS PRELIMINARES:
LEY DEL ORGANO JUDICIAL. La Organización judicial, constituye aquel conjunto de normas jurídicas, principios, reglas que regulan la estructura, organización y funcionamiento del poder estatal de la administración de justicia que se constituye como el órgano judicial.
La organización Judicial es el “conjunto de normas que establecen los órganos y el sistema para
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