LA NUEVA LEY DEL ÓRGANO JUDICIAL DE BOLIVIA
Enviado por shirlyta • 9 de Diciembre de 2011 • 1.081 Palabras (5 Páginas) • 1.199 Visitas
La nueva Ley del Órgano Judicial, que será aplicada después de la elección de los magistrados, tiene cambios que apuntan a la participación ciudadana en la justicia.
La población elegirá, en octubre, por voto popular a los nuevos magistrados quienes desde enero de 2012 empezarán a aplicar las nuevas formas de aplicar justicia. La ciudadanía no sólo elegirá , sino tendrá potestas de aplicar sanciones a jueces que incumplan funciones.
El responsable del Consejo de la Judicatura, Jhonny Ledezma, explicó que la nueva estructura tendrá seis cambios puntuales:
DISCIPLINA
La nueva ley establece que para destituir a un juez de sus funciones participarán de los procesos disciplinarios dos ciudadanos que definirán su situación.
Ledezma explicó que en el nuevo sistema y a nivel mundial, el criterio es de prescindir poco a poco de los abogados, una prueba es que para asumir defensa en un proceso no se necesita ser o tener abogado.
HÁBEAS CORPUS
Cualquier persona puede interponer una acción de libertad (Hábeas Corpus), es decir, pedir que se garantice la libertad de una persona procesada.
“Todos podemos administrar justicia sin ser abogados. Se puede definir una sanción o absolución para un procesado, está en nuestra naturaleza”, dijo.
CONCILIADORES
También se incluye la figura del conciliador en los juzgados para evitar ir a un juicio que puede durar entre 15 y 20 años.
Las nuevas disposiciones legales se dirigen a la participación ciudadana.
NO TRABAJAR SÁBADOS
En el nivel administrativo, las autoridades judiciales ya no trabajarán los sábados y ampliarán el horario de atención de lunes a viernes.
MÁS VOCALES
En cuanto a los recursos humanos, se incrementará el número de vocales de 13 a 18 para resolver los procesos en etapa de apelación en materia civil y penal.
JUECES PÚBLICOS
La ley elimina la figura del juez de instrucción y de partido, todos serán jueces públicos. En tal caso, según el artículo 64, los despachos a su cargo se denominan juzgados públicos en materia civil y comercial, familiar, de la niñez y adolescencia, de violencia intrafamiliar o doméstica y pública, de trabajo y seguridad social, de sentencia penal, substancias controladas y otras.
“Todos estarán en un mismo nivel y no esperar que un juez de instrucción dicte una resolución y vaya al juez de partido porque eso causa la retardación de justicia”, señaló Ledezma.
Se refirió a que a partir de la nueva elección será el pueblo quien exija resultados a operadores de justicia porque ya tendrá vínculo más directo.
En 1999 una primera señal se dio con los cambios al Código de Procedimiento Penal donde se incluyó a jueces ciudadanos dentro de juicios orales. Pese a esto, una encuesta en la Corte Superior de Justicia, muestra que sólo el 1.5 por ciento de los ciudadanos en litigio conoce a los jueces que llevan adelante su caso.
Apuntes.
Celeridad
Con la nueva Ley del Órgano Judicial el objetivo es que los procesos sean más rápidos y se simplifiquen los trámites.
Mora
Para luchar contra la mora judicial es necesario la implementación de nuevos Códigos que hagan más ágil el proceso. Cada año ingresan 50 mil causas, pero sólo se resuelven 35 mil y el restante se deja para el próximo año. Los datos estadísticos dicen que para evitar la mora cada juez en Cochabamba debe dictar dos sentencias
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