Proyecto de nueva Ley Orgánica de Educación
Enviado por juliomalave • 28 de Enero de 2012 • 10.000 Palabras (40 Páginas) • 852 Visitas
La Educación que Venezuela necesita
Manifiesto de la AVEC
en referencia al Proyecto de nueva Ley Orgánica de Educación
Segundo Borrador (6 de julio 2005)
Introducción
1) La Asociación Venezolana de Educación Católica (AVEC) ha venido participando desde el año 2000, con planteamientos y aportes escritos, en las distintas etapas del proceso de formulación del proyecto de nueva Ley Orgánica de Educación. Como es sabido, la versión del proyecto presentado a segunda discusión, en fecha 22 de julio de 2005, se aparta sustancialmente, en su exposición de motivos, estructura, formulación del articulado y aspectos que regula, del proyecto aprobado por la Asamblea Nacional, en primera discusión, en el 2001.
2) En la versión formalmente presentada para segunda discusión se aprecian nuevos elementos positivos, ya descritos en otros documentos de la AVEC, tales como: la apertura a la corresponsabilidad de los agentes de la educación, la consideración a la igualdad de género, la ampliación a 200 días hábiles de clase, la incorporación de la flexibilidad en el currículo, los trabajos comunitarios de los estudiantes, la prohibición de la propaganda político partidista en los centros educativos, la atención a las demandas de las comunidades indígenas, la consagración de los principios de libertad académica y de autonomía en la educación superior, así como de la rendición de cuentas sobre el uso de los recursos recibidos.
3) Pero, con preocupación, hemos visto que en esta nueva versión hay ausencias graves de asuntos ya aprobados, tales como: las finalidades de la educación, la corresponsabilidad y la participación de los distintos niveles de la administración pública, el turno integral como deseable, los derechos de los profesionales de la educación, el otorgamiento de subsidios mediante convenios a instituciones educativas que atienden sectores populares, la evaluación de los aprendizajes, el derecho de los padres a decidir si sus hijos reciben educación religiosa en los planteles, exención de impuestos en los edificios educativos, la educación alternativa al sistema regular para los excluidos y adultos, entre otros.
4) Además, hay cambios, matices y formulaciones poco explícitas o no con la claridad de los preceptos de la Constitución Nacional (CNRBV), que ameritan estudios, revisiones y discusiones de fondo, en materias tales como: los derechos y las responsabilidades de los sujetos y agentes de la educación, la calificación “Docente” del papel rector del Estado, las comunidades educativas, las etapas, niveles y modalidades del sistema educativo, el concepto de lo público y los tipos de planteles, la gratuidad de la educación, las obligaciones a las empresas, las políticas para la formación de docentes, la participación de los ciudadanos en la formación, ejecución y control de la gestión pública y otros.
5) Este Manifiesto tiene el propósito de presentar, de un modo sucinto, nuestros planteamientos en torno a los puntos principales que pensamos deberían ser la materia de una nueva Ley Orgánica de Educación enmarcada en la CNRBV. Hemos aportado y seguiremos aportando en la formulación de propuestas de modificaciones de artículos específicos del proyecto actual, ante la Comisión Especial designada por la Asamblea Nacional.
6) Sin embargo, hemos visto que es necesaria una explicación de los fundamentos de dichas propuestas, a manera de exposición de motivos para una revisión más global y de fondo o, de ser el caso, para la formulación y propuesta de un proyecto de Ley diferente, que desarrolle “la triada solidaria entre sociedad, familia y Estado… en un nuevo espacio de interpretación de la democracia social” (Exposición de Motivos de la CNRBV), para hacer realidad el derecho humano básico a la educación y lograr la educación de calidad para todos que Venezuela necesita, señalada como prioridad en la Constitución.
7) Estamos plenamente de acuerdo en el planteamiento básico de la educación como proceso fundamental para alcanzar los fines esenciales del Estado, que no son otros que “la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución” (Art. 3, CNRBV).
8) Como organización civil de la sociedad y de la Iglesia Católica venezolana defendemos los valores superiores del ordenamiento jurídico del Estado: “la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad individual y social, la preeminencia de los derechos humanos, la ética pública y el pluralismo político”; también compartimos el planteamiento razonado en la Exposición de Motivos de la CNRBV, del deber y el derecho de los ciudadanos y las organizaciones sociales de concurrir a dicho proceso y fines, “aportando su propio esfuerzo, vigilando y controlando las actividades estatales, concienciando a los demás ciudadanos de la necesaria cooperación recíproca, promoviendo la participación individual y comunitaria en el orden social y estatal, censurando la pasividad, la indiferencia y la falta de solidaridad”.
9) Con estas premisas, como educadores comprometidos, ciudadanos miembros de emprendimientos sociales nacidos de la vivencia de las necesidades de las familias venezolanas y de las carencias sociales de grandes capas de población popular, expresamos lo siguiente.
1. La Educación en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
10) En una democracia plural, la Constitución establece un marco de principios, derechos y deberes que, en el caso de la educación, deben estar claramente reflejados en una Ley Orgánica de Educación (LOE) que sea, a su vez, marco consensuado para la elaboración de leyes específicas, reglamentos y normativas sobre la orientación y funcionamiento del Sistema Educativo. Así como hay que evitar iniciativas educativas que no se ajusten a la Constitución o que promuevan antivalores como el racismo, el fundamentalismo religioso, la xenofobia, la discriminación, hay que evitar formulaciones legales que puedan ser utilizadas para imponer ideologías políticas o intereses de personas o de partidos a toda la sociedad, a través de su Sistema Educativo, o que no estimulen la necesaria apertura, iniciativa y libertad en la construcción del conocimiento y en el desarrollo de la sociedad y su cultura.
11) La LOE, entonces, además de los fines y valores superiores del Estado arriba enunciados, debe asegurar el cumplimiento de los siguientes mandatos:
a. La
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