Presentacion D Documento
Enviado por dante456 • 5 de Junio de 2015 • 382 Palabras (2 Páginas) • 157 Visitas
QUINTA.-LOS ARRENDATARIOS HARÁ USO DEL INMUEBLE ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA CASA HABITACIÓN, NO PUDIENDO VARIAS EL USO, NI SUBARRENDARLO NI EN PARTES, NI TRASPASAR SUS DERECHOS A TERCEROS, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SI LOS ARRENDATARIOS MANIFIESTAN QUE EL INMUEBLE SERA OCUPADO POR 3 PERSONAS Y FALTAREN A CUALQUIERA DE ESTA CLÁUSULA, QUEDARA RESCINDID0 ESTE CONTRATO Y SU VIGENCIA.
SEXTA.-LOS ARRENDATARIOS, ACEPTAN QUE NO EXIGIRÁN REPARACIÓN ALGUNA, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO, POR QUE LOS PERJUICIOS Y DETERIOROS QUESUFRA EL INMUEBLE EN SUS INSTALACIONES ELÉCTRICAS, SANITARIOS, DE AGUA, PUERTAS,VENTANAS, PISOS, PAREDES Y TECHOS, SERÁN REPARADAS Y COSTEADAS POR SUS EXCLUSIVA CUENTA ASÍ COMO LAS MEJORAS QUE HICIERON CON o SIN EL CONSENTIMIENTO DEL ARRENDADOR, QUEDARAN A BENEFICIO DEL INMUEBLE SIN DERECHO A INDEMNIZACIÓN ALGUNA, YA QUE RENUNCIA A LAS FACULTADES CONCEDIDAS EN LOS ARTÍCULOS 2356 Y 2357 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO EN VIGOR.
SÉPTIMA.- Los ARRENDATARIOS ACEPTAN Y RECIBEN EL INMUEBLE ARRENDADO EN BUENAS CONDICI0NES DE USO Y SE COMPROMETEN A DESOCUPARLO EN LAS MISMAS CONDICIONES EN QUE LO RECIBEN REPONIENDO LO QUE FALTARE O ESTUVIESE DESCOMPUESTO O DETERIORADO ASÍ MISMO SE OBLIGAN RESPETAR LOS DISPOSICIONES DE LAS LEYES SANITARIAS E INSTALACIONES ELÉCTRICAS, Y DE NO HACERLO SERÁN RESPONSABLES DE Los DAÑOS Y PERJUICIOS QUE LLEGASEN A OCASIONAR.
OCTAVA.- No PODRÁN, LOS ARRENDATARIOS RETENER EN NINGÚN CASO o BAJO NINGÚN TITULO EXTRAJUDICIAL, NI JUDICIAL EL PAGO DE LA RENTA NI POR LAS FALTAS DE COMPOSTURAS, S1 NO QUE PAGARAN ÍNTEGRAMENTE SUS MENSUALIDADES EN LA FECHA ESTIPULADA.
NOVENA.- LOS ARRENDATARIOS, ACEPTAN QUE DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO, Y HASTA QUE HAGAN ENTREGA MATERIAL DEL INMUEBLE ARRENDADO NO TENDRAN ANIMALES DE NINGUNA ESPECIE, Y SE HARÁN CARGO DE LA LIMPIEZA DE Los PASILLOS DE ACCESO Y DEL FRENTE DEL LOCAL, L0 ANTERIOR PARA OBSERVAR LAS REGLAS DE HABITABILIDAD E HIGIENE QUE DEBEN IMPERAR, SIENDO MOTIVO DE RESCISIÓN LA FALTA DE CUMPLIMIENTO A ESTA CLÁUSULA.
DÉCIMA.- AMBAS PARTES CONVIENEN EN QUE EL IMPUESTO DE SERVICIO DE AGUA, BASURA Y DRENAJE SERÁN, PAGADO POR LOS ARRENDATARIOS, EN LA PRIMERA SEMANA DEL MESDE ENERO ASÍ MISMO EL ARRENDADOR ACEPTA Y SE OBLIGA A PAGAR EL IMPUESTO ANUAL POR RECOLECCIÓN DE BASURA Y DERECHO A DRENAJE, QUE SE PAGA EN EL H. AYUNTAMIENTO DE ESTA CIUDAD. ESTO SOLO EN EL MES DE ENERO DE CADA AÑO.
...