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10 Pasos Para Realizar Una Asociacion


Enviado por   •  10 de Febrero de 2015  •  1.631 Palabras (7 Páginas)  •  428 Visitas

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Diez pasos para constituir una asociación

1.- Al menos tres

Tiene que haber un número mínimo de tres personas, físicas o jurídicas, que quieran crear la asociación y que estén de acuerdo en su finalidad.

2.- Nos dotamos de normas

Hay que elaborar los estatutos o, lo que es lo mismo, la normativa que rige el funcionamiento de la asociación, que delimita sus objetivos y que estipula el modelo organizativo. La ley establece un contenido mínimo al cual se pueden añadir otras disposiciones siempre que no contravengan las leyes ni los principios de la asociación.

Los estatutos deben contener como mínimo lo siguiente.

• Nombre. Debe hacer referencia a sus fines estatutarios o al principal de ellos de la forma más precisa posible. Además, servirá para distinguirla del resto de asociaciones inscritas.

• Fines y actividades de la asociación, enumerados de manera pormenorizada.

• Duración de la asociación cuando no se constituya por tiempo indefinido.

• Domicilio social. En caso de que sea un lugar público, deberá adjuntarse un certificado de autorización extendido por quien proceda. En caso de ser el domicilio de una persona asociada se hará constar su carácter provisional.

• Ámbito territorial. La entidad debe desarrollar sus funciones principalmente en el País Vasco sin excluir la posibilidad de actuar ocasionalmente fuera de él. En el caso de las organizaciones de cooperación al desarrollo y de ayuda humanitaria basta con que estén constituidas en la C.A.V. Si la entidad tiene un ámbito de acción superior,habrá de inscribirse en el registro nacional.

• Requisitos para la constitución válida de la asamblea general, sus atribuciones y competencias, las reglas para la celebración de reuniones, deliberaciones y adopción de acuerdos, así como el porcentaje mínimo de personas asociadas para solicitar la convocatoria extraordinaria de asamblea general.

• Requisitos y procedimiento para la elección y sustitución de cargos: presidencia, secretaría y tesorería, o de los y las miembros del órgano colegiado en caso de que se tome esta opción. Se determinarán sus atribuciones y competencias, la duración del cargo, las causas de cese y las reglas para adoptar acuerdos.

• Requisitos de admisión, baja y expulsión de las personas socias así como sus diferentes tipos.

• Derechos y obligaciones de las personas asociadas. Podrán incluir también las consecuencias del impago de las cuotas por parte de las y los asociados.

• Régimen de administración, contabilidad y documentación, así como la fecha de cierre del ejercicio asociativo.

• Régimen sancionador en caso de producirse faltas por parte de los y las componentes de la entidad.

• Patrimonio inicial y recursos económicos de los que podrá hacer uso.

• Procedimiento de modificación de los Estatutos.

• Causas de disolución y destino del patrimonio en tal supuesto, que no podrá desvirtuar el carácter no lucrativo de la entidad.

3.- Constituimos formalmente la asociación

Las personas que quieren formar la asociación, denominadas socias y socios fundadores, realizarán una primera reunión oficial en la que...

... se acuerda la creación de la asociación y se aprueban los estatutos;

... se eligen los cargos y los órganos de gobierno;

... se levanta acta (Acta de Constitución) en la que se hará constar la voluntad de asociarse y la persona que va a inscribir a la asociación en el registro (que es la misma que tiene que aparecer en el paso 4 de la solicitud de inscripción. Se anexan los estatutos. El acta puede ser un documento público en notaría o privado entre las y los miembros de la asociación.

El órgano de gobierno más habitual es la denominada junta directiva, pero no es obligatorio que tome este nombre y ni siquiera que exista, ya que la propia asamblea puede asumir sus funciones. Sin embargo, sí es obligatorio la elección de al menos los tres cargos citados de presidencia, secretaría y tesorería. Las atribuciones de los diferentes cargos son las siguientes.

Presidencia (obligatorio)

• Dirige y representa a la asociación por delegación de la asamblea y de la junta directiva

• Preside y dirige los debates de la asamblea general y de la junta directiva.

• Convoca las reuniones de la asamblea general y de la junta directiva.

• Revisa las actas, los documentos y los certificados que le presentan secretaría y tesorería.

Vicepresidencia (opcional)

• Apoya a la presidencia y, en su ausencia, asume sus funciones.

• Cuando la presidencia quede vacante, asumirá sus funciones hasta sustitución o ratificación por la asamblea general.

Secretaría (obligatorio)

• Se ocupa de la documentación y de llevar al día el libro de socios y socias.

• Se encarga de levantar, redactar y firmar las actas de reunión de la asamblea general y de la junta directiva.

• Se encarga de redactar y autorizar certificados.

Tesorería (obligatorio)

• Es responsable de los recursos de la asociación.

• Elabora el presupuesto, el balance y la liquidación de cuentas.

• Lleva los libros contables.

• Firma los recibos de cuotas y otros documentos de tesorería.

• Realiza el pago de facturas visadas previamente por presidencia.

• Es responsable de mantener a la asociación al corriente de sus obligaciones fiscales.

Vocalía (opcional)

• Elaboran proyectos por encargo de la junta directiva o por iniciativa propia con la aprobación de la junta directiva.

• Llevan a cabo los proyectos aprobados y hacen su informe

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