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1ra parte de evaluacion derecho comercial


Enviado por   •  3 de Junio de 2022  •  Ensayo  •  2.635 Palabras (11 Páginas)  •  103 Visitas

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Primera Parte de la EvaluaciónCaso 1: Pagar lo que se debe (10 puntos)Ud. asesora al señor Roberto Rodríguez, quien le consulta sobre el siguiente caso: Juan Carlos Suárez leadeuda el pago de las cuotas del precio de un camión que vencieron los días 10 de los meses de febrero,marzo y abril de este año, por el precio de $ 20.000 mensuales. Se ha pactado que se deberán pagarintereses del 3 % mensual en caso de mora. El 10 de abril, Suárez se ha presentado a pagar y Rodríguezquiere saber lo siguiente:1. Suárez sólo ofrece pagar $ 30.000; ¿está obligado a recibir este pago parcial?o De acuerdo al Art. 869 del CCC, el sr. Rodríguez no se encuentra obligado a recibir dicho pago. Eldeudor no puede obligar al acreedor el recibo parcial de una obligación aceptada. En este caso el Sr.Suárez, quien adeuda tres meses (con este último) más los intereses de los dos meses anteriores, nopuede obligarlo a aceptar en parte el cumplimiento de la obligación.2. Si recibiera el pago parcial, ¿qué rubros se imputarían con dicho importe?o El Art. 900 del CCC establece que, cuando hay varias deudas de la misma naturaleza el deudortiene la facultad de declarar, al tiempo de hacer el pago, por cuál de ellas debe entenderse que lo hace.La elección debe recaer sobre deuda líquida y de plazo vencido. Si adeuda capital e intereses, el pago nopuede imputarse a la deuda principal sin consentimiento del acreedor. Si acepta dicho pago, se podráimputar primero sobre los intereses adeudados, del mes de febrero y marzo, luego lo que resta, alcapital cancelado, por último, sobre lo que falte cubrir, deberá emitir un comprobante de pago a cuenta.Cabe aclarar que el mes de abril hasta ese momento, no se encuentra cubierto.3. ¿Rodríguez puede reclamar intereses? ¿Desde cuándo? ¿Qué elementos se deben tener encuenta para el cálculo (tasa, capital, tiempo)?o El Sr. Rodríguez solo podrá reclamar el pago de intereses si el plazo se encuentra vencido (Art.886 CCC). El deudor moroso debe los intereses convenidos en la obligación desde el vencimiento de ella(Art. 768, CCC). En este caso la tasa se determina por lo que acordaron las partes. Según el Art 870 delCCC, si la obligación es de dar una suma de dinero con intereses, el pago sólo es íntegro si incluye elcapital más los intereses. Los intereses serán calculados desde el día posterior al vencimiento hasta lafecha de realizado el pago cancelando el capital adeudado.4. En el recibo que en su caso entregara, ¿debe tomar alguna precaución para no perjudicarse niperder la posibilidad de hacer algún reclamo?o Sí, en el mismo debe indicar el capital cancelado, periodo (para evitar que se presuma que seestá pagando la última y que las anteriores ya stán pagas), fecha de pago, (esta fecha justifica el cobroo no de intereses punitorios) y la tasa de interés por mora aplicada.Formularse la reserva de reclamar los intereses por mora para resguardar el derecho a reclamarlos en elfuturo. Es decir que, en el momento de entregar el recibo al Sr. Suárez, el Sr. Rodríguez debe efectuaruna expresa reserva de los intereses en el recibo para mantener viva la obligación de pagar los mismospara no perderlos, tal como lo detalla el Art. 899 del CCC.

5. ¿En qué situación se encontrarían las mensualidades vencidas en octubre, noviembre ydiciembre del año anterior cuando se ha otorgado un recibo por la mensualidad de enero de este año?o El pago en cuotas hace presumir el pago de los periodos anteriores, salvo que el acreedor tengaprueba de lo contrario (Art. 899 del CCC), sino como presunción legal estará a favor del deudor,extinguiendo la deuda, con lo cual, para el caso, los saldos anteriores a Enero se consideran saldados.6. Si pasan más de diez años sin que el acreedor reclame el pago de la deuda, ¿en qué situación seencontrará el crédito?o Si pasan más de diez años sin que el acreedor reclame el pago de la deuda, se produce laPrescripción extintiva. Tiene como efecto que se extingue la relación jurídica.El Sr. Rodríguez no tendrá la posibilidad de recurrir a las vías legales (iniciar acciones judiciales) paraobtener el cumplimiento del crédito.Caso 2: Cosas del matrimonio (10 puntos)El señor Fernando Gatti desde hace algunos años viene desarrollando su actividad como comerciante enel rubro ferretería, habiendo instalado varios negocios en la ciudad de Córdoba. Le comenta que unposible cliente, el señor Carlos Godoy, quiere comprar mercadería en una de las ferreterías. Le hapedido que le dé crédito para retirar materiales de construcción y pagárselos en cuotas mensuales. A losfines de otorgarle el crédito, como se trata de una suma importante, le ha pedido al señor Godoy que lepresente una manifestación de bienes, cuya copia le exhibe. Sin embargo, en la verificación de laspropiedades denunciadas por Godoy, se encuentra con que todas están a nombre de su cónyuge.1. ¿La esposa de Godoy será responsable con esos bienes en su carácter de cónyuge de Godoy siéste no cumple?o Segú, el Art. 461 del CCC, los cónyuges responden solidariamente por las obligaciones contraídaspor uno de ellos para solventar las necesidades ordinarias del hogar o el sostenimiento y la educación delos hijos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455. Fuera de esos casos, y excepto disposiciónen contrario del régimen matrimonial, ninguno de los cónyuges responde por las obligaciones del otro.En este caso, se deberá constatar si los bienes fueron adquiridos por su conyugue antes del matrimonio,ya que de haber sido así, no servirían de garantía para obtener el crédito, dado que son bienes propiosde su cónyuge. Si, por el contrario, fueran gananciales, cuando se adquieren a nombre de uno de ellos,es éste, quien lo administrará de forma exclusiva y con dicho bien responder frente a sus propiosacreedores. El sr. Gatti solo puede ejecutar su crédito sobre bienes propios o gananciales del Sr. Godoy,dado que debe ser él quien responda ante la deuda. Nuestro código indica que cada cónyuge respondefrente a sus acreedores con los bienes que ha adquirido a su nombre (Art, 467 CCC), ya que lasobligaciones son consideradas personales y no comunes.2. Por tratarse de bienes gananciales, ¿podría pedir en caso de incumplimiento el embargo del 50% de esos bienes para cobrar su deuda en contra de Godoy?

o Cuando los cónyuges adquieren un bien en forma conjunta no pueden enajenar su parte porseparado. Respecto a los acreedores de uno de ellos, podrán ejecutar o embargar solo sobre la parteque le corresponda a su deudor. Ahora bien, en este caso, no podrá pedir el embargo del 50% dado quetodo se encuentra a nombre de la esposa del sr. Godoy.El sr. Godoy solo podrá cubrir sus deudas con dichos bienes solo si extingue su matrimonio, dado queeste acto produce la liquidación y partición de bienes. Recién allí se podrá aplicar el Art. 502 del CCC,después de

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