2ºGRADO EN ADE FISCALIDAD EMPRESARIAL I
Enviado por Tamara Justo • 4 de Octubre de 2016 • Apuntes • 5.944 Palabras (24 Páginas) • 405 Visitas
2ºGRADO EN ADE
FISCALIDAD EMPRESARIAL I
Un sector es la parte de un todo. Público, es un término que puede emplearse como adjetivo para referirse a aquello que pertenece a toda la comunidad. Por lo tanto, llamamos sector público al conjunto que forman las corporaciones, las instituciones y las oficinas del Estado.
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La clasificación de los ingresos del Estado:
-Según los Cameralistas:
- Ingresos obtenidos del “dominio público”
- Ingresos derivados de las regalías
- Impuestos
- Crédito público
-Según el origen ( Griziotti):
- Pasadas ( rentas patrimoniales, utilidades de instituciones..)
- Presentes ( multas, contribuciones de guerra, ingresos penales, impuestos, tasas y contribuciones, cabe decir que estos 3 últimos se llaman tributos)
- Futuras generaciones (deuda flotante, emisiones de papel moneda, empréstitos forzosos…)
-Según Liugi Einaudi:
- Ingresos originarios (no derivados de los impuestos), es decir, aquellos que el Estado obtiene como si fuese un individuo particular. Se denominan también “rentas de la propiedad privada e industrial del Estado” o “rentas económico-privadas del Estado”
- Ingresos derivados (de impuestos), obtenidos a través del poder de coacción que tiene y ejerce sobre los particulares.
-Según Seligman:
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-Según Neumark:
[pic 3]
- Ingresos Tributarios
Se exigen de manera coactiva e unilateral.
Dentro de los ingresos encontramos: los tributos (impuestos, tasas y contribuciones) y los precios públicos.
Un impuesto es aquella parte de la financiación pública que se obtiene coactivamente de la economía privada y que no requiere contraprestación directa por parte del Estado. Los impuestos tienen las siguientes características:
- Los exige y recauda el Estado o cualquier otra administración por él facultada para ello.
- Son coactivos
- Son una obligación para aquellos individuos obligados por ley.
- El pago del impuesto no da derecho a ninguna contraprestación directa por parte de quien lo paga.
Impuestos fiscales: aquellos cuya única finalidad es la obtención de recursos para la Hacienda Pública.
Impuestos de ordenación: aquellos persiguen además de la obtención de recursos, la redistribución de la renta u otro objetivo de política fiscal o económica. Los impuestos ordinarios recaudan el dinero para hacer frente a los gastos, es decir, para poner orden en la economía. Tratan de variar algunas decisiones individuales, por ejemplo una caja de cigarros, incentiva el consumo a pesar de que se piense lo contrario ya que de un precio de 4.50€/ caja, 3.20€ son de impuesto y 1.30€ de producto. Regulaciones como el tabaco (fumar en sitios públicos) tiene como finalidad última desplazar la curva de demanda hacia la izquierda (aunque no lo parezca)
Impuestos personales o subjetivos: se grava a la persona por los hechos imponibles que realiza de tal manera que se tienen en cuenta en el pago del impuesto sus circunstancias personales.
Impuestos reales u objetivos: se grava el hecho imponible en origen sin tener en cuenta quien lo realiza, ni sus circunstancias personales.
Impuestos directos: son aquellos que gravan los flujos de ingreso o beneficio de las economías privadas, además de los susceptibles incrementos de valor de los bienes que posean:
- Obtención de renta o la mera tenencia de riqueza ( IRPF,IS,IRNR):
-Reales (de producto): gravan el rendimiento, producto o renta de una fuente o recaen sobre elementos matrimoniales, siendo determinante la COSA o el bien y no su titular o perceptor.
-Personales: es determinante la capacidad de pago de una persona física o jurídica, gravando su renta total o conjunto patrimonial.
Impuestos Indirectos: se recaudan con ocasión de determinados actos que suceden de forma irregular y en base a decisiones privadas, actos de consumo, importaciones, etc. Estos, gravan los usos de la renta, es decir, consumo de bienes y servicios, compra de determinados activos, tráfico mercantil, operaciones societarias, actos jurídicos documentados, etc (IVA)
Cotizaciones sociales: tributos sobre las rentas del trabajo (imp. Sobre el trabajo), cuya recaudación afecta a los gastos de cobertura social (pensiones, por ejemplo). Genera un derecho futuro a recibir una pensión pero en el momento no va a mi hucha personal, sino que el reparto va para las personas que están cobrando en el momento las pensiones. Por eso se considera impuesto.
Por último, estarían los ingresos no tributarios que incluyen las prestaciones de servicio, pago por uso o explotación…
Es importante saber que estimamos los ingresos pero definimos los gastos. En principio, I=G, el rendimiento presupuestario debe ser 0. Además, el vencimiento de los impuestos no tiene porqué ser igual al de recaudación, por ejemplo el IRPF se recauda en Mayo-Junio y vence a 31 de diciembre.
Tasas (art. 2 LGT a; art 6): “Son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado”
Siguen el principio de equivalencia, es decir, el importe Máximo es igual al coste de prestación del servicio.
Un Ayuntamiento no puede crear un tributo.
Precios Públicos (ingreso no tributario) : Art. 24. “Tendrán la consideración de precios públicos las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de Derecho público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados”
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