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A quienes aplica el codigo sustantivo de trabajo..


Enviado por   •  17 de Febrero de 2016  •  Ensayo  •  1.208 Palabras (5 Páginas)  •  993 Visitas

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¿A QUIENES SE LES APLICA EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO, TENIENDO EN CUENTA EL VÍNCULO CONTRACTUAL Y EL TERRITORIO DONDE SE PRESTA EL SERVICIO O ACTIVIDAD?

En todos los países, el Estado es quien regula las normas y leyes, basándose en las políticas internacionales y en su entorno interno político, económico, social, demográfico y racial. En Colombia desde 1991, con la firma de la Constitución Política quien es la base de todas las leyes y en donde se establece los derechos y deberes que tenemos nosotros los colombianos y aquellos residentes en el país; se dictamina la definición de quienes son colombianos y Residentes del país también  en aquellos lugares del exterior asimilados al territorio nacional según lo dispuesto en tratados internacionales o la costumbre internacional y que normas y leyes los abarcan a cada uno de ellos y el límite de territorio nacional y extranjero.

Con el Código Sustantivo de Trabajo el cual regula la actividad laboral en Colombia observamos en sus artículos primarios la definición de un EMPLEADO y EMPLEADOR (PATRONO), en donde encontramos la finalidad primordial de este Código el cual es lograr la justicia en las relaciones que surgen entre patronos y trabajadores dentro de coordinación económica y equilibro social, dentro de la legislación colombiana en materia de Laboral esta aplica a toda persona que tenga un vínculo laboral mediante un contrato de trabajo.

Cabe aclarar que un contrato de trabajo bajo la legislación laboral contractual define, es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.” ; para que allá un contrato laboral deberá existir tres elementos esenciales el cual define que es un contrato laboral la primera es la actividad laboral, la segunda es la subordinación y continuidad el cual es la facultad que le da al patrono o empleador para exigirle el cumplimiento de órdenes, y una remuneración. Cuando ahí estos tres elementos existe el contrato de trabajo y dentro de la normatividad hay tres tipos de contratos uno a término indefinido, a término fijo y obra labor, el punto es que no hay diferencia alguna entre un contrato de trabajo o un contrato laboral y por consiguiente las obligaciones y derechos son iguales; no importa como lo hayan llamado al momento de firmarlo, los dos son lo mismo y están sometidos a la misma legislación, esto es al código sustantivo del trabajo y a las normas que lo modifiquen o complementen.

Así  determinamos el alcance que tiene el código sustantivo de trabajo en su artículo dos el cual nos dice que “El presente Código rige en todo el territorio de la República para todos sus habitantes, sin consideración a su nacionalidad”, en su definición en la parte territorial nos aclara que la jurisdicción de dicho código abarca a todo el territorio nacional, a todos los habitantes sin distinguir entre estos en la calidad de nacionales o extranjeros.

Cabe aclarar que todo contrato laboral que se firme en el país sin importar si una de las partes o las dos son extranjeros, se regirá por el código sustantivo del trabajo.

Resumiendo, todo contrato firmado en Colombia tendrá la normatividad Colombiana así sea que la actividad que se realice sea en el exterior.

Ya definiendo la parte territorial y en donde se presta el servicio o actividad, tenemos el vínculo contractual; ya que en Código sustantivo de trabajo no ejercerá a aquellas personas quienes trabajen con alguna entidad pública o con el estado ya que estos no tienen un contrato de trabajo y como habíamos definido anteriormente que es un contrato de trabajo y que elementos la conciernen, los empleados públicos no tienen un contrato trabajo ya que estos se vinculan en cuatro formas De carrera (Por concurso de méritos, como técnicos y profesionales), de libre nombramiento y remoción (Ministros, Directores,  Secretarios Municipales), Por elección popular (Presidente de la República, Gobernadores, Alcaldes, Diputados, Concejales, Miembros de las Juntas Administradoras Locales) y Por elección especial y tiempo definido (Aquellos cargos que son elegidos o bien por el Congreso de la República o por las Altas Cortes. Ej. Fiscal General de la Nación, Procurador General de la Nación, Contralor General de la República, Defensor del Pueblo). Además, el empleado público queda finalmente vinculado al Estado a través de Acta de Nombramiento y debida aceptación y posesión del nuevo empleado público por esta razón se observa que empleado público tiene un régimen de vinculación especial y asimismo la normatividad que lo regulan.

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