ACTIVIDADE 3 DERECHO
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Actividad 3.1
Pirámide de Jerarquía de Normas Jurídicas.
Leyes Constitucionales
Ley Electoral y de Partidos Políticos
Ley de Orden Público.
La Ley de Emisión del Pensamiento
Normas Ordinarias
Código de Comercio
Código Civil
Código Penal
Normas Reglamentarias
Leyes Tributarias
Ley del ISR
Ley del IVA
Normas Jurídicas
Resoluciones Judiciales
Sentencias de Juez
Derivadas de contratos
Actividad 3.2
Ley del orden publico
Se instauró debido a la obligación de las autoridades mantener la seguridad, el orden público y la estabilidad de las instituciones del Estado de Guatemala, lo cual requiere en determinadas circunstancias, la restricción de garantías que la Constitución de Guatemala establece. En el caso de restricción de garantías constitucionales, debe asegurarse a los habitantes del país, que la aplicación de las medidas legales correspondientes se hará en lo estrictamente necesario.
Actividades Capitulo 4. Derecho Civil
Actividad 4.1 Instrucciones
Investigue cual es la incapacidad civil y en que consiste la declaratoria de interdicción. Consulte el código civil decreto ley 106 articulo 9 y el código procesal civil y mercantil decreto ley 107 articulo 406 al 410.
A. INCAPACIDAD CIVIL:
Según el Código Civil Guatemalteco en su artículo no. 9; se declarara incapacidad civil a aquella persona con sordomudez congénita y grave, con ceguera congénita o adquirida desde la infancia y, siempre que a juicio de expertos ambas sean incorregibles o mientras el invalido no se haya recuperado. Y de haberse rehabilitada la persona, pueda valerse por sí misma y recupere sus aptitudes para entender y darse a entender de manera satisfactoria.
B. DECLARATORIA DE INTERDICCION:
Según el Código Civil Guatemalteco en su artículo no. 9; los mayores de edad que adolezcan de enfermedad mental y que los priva de discernimiento serán declarados interdictos. También las personas que abusen del alcohol o algún estupefacientes y se coloquen en grave riesgo a ellos mismos o a sus familias se les declarara en estado de interdicción.
Según el Código Procesal Civil y Mercantil en sus artículos no. 406 al 410; la declaratoria de interdicción procederá por enfermedad mental congénita que sea crónica e incurable, también por abuso de bebidas alcohólicas o estupefacientes. La solicitud para la declaración de interdicción se estará a cargo de las personas que tengan interés en ella o por el MP, y deberá declararla en juez competente. De ser posible se hará comparecer a las persona de cuya incapacidad se trate para poder examinarla, también hará que se practique un examen médico por expertos; que deberá realizarse en un plazo no mayor de 30 días. Cuando se haya comprobado
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