ASPECTOS TRIBUTARIOS EMPRESA TRANSPORTES
Enviado por Josly_cs • 19 de Marzo de 2013 • 2.390 Palabras (10 Páginas) • 7.347 Visitas
ASPECTOS TRIBUTARIOS DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE
1. CUESTIONES PREVIAS
El sector transporte en general constituye un sector estratégico para la economía nacional. Por ello, el Estado, como ente promotor, le ha otorgado una serie de incentivos y beneficios tributarios para promocionarlo, con la finalidad de que logre su desarrollo, y brinde así, un aporte más eficiente a la economía.
Entre dichos incentivos y beneficios tributarios, podemos hacer referencia a la exoneración del IGV a los servicios de transporte público de pasajeros dentro del país, con excepción del transporte público ferroviario de pasajeros y del transporte aéreo. Asimismo, la devolución a las empresas de transporte público interprovincial de pasajeros y de carga de un porcentaje del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) que haya gravado la adquisición de combustible.
No obstante esto, también existen limitaciones para éstas, pues determinadas empresas de transporte no pueden acogerse al Nuevo RUS o al Régimen Especial.
Como se observa, son variadas las disposiciones que afectan a las empresas del Sector Transporte.
Dentro de ese contexto, a continuación, detallaremos los principales aspectos que se deberán considerar a efectos de desarrollar sus operaciones.
2. TRATAMIENTO PARA EFECTOS DEL IGV
2.1. Base Legal
• TUO de la Ley del IGV e ISC, Apéndice II, Decreto Supremo Nº 055-99-EF
• Reglamento Nacional de Administración de Transporte, Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC
2.2. Tratamiento
Tal como se ha señalado en las cuestiones previas de este informe, determinados servicios de transportes están exonerados del Impuesto General a las ventas (IGV). En efecto, según el numeral 2 del Apéndice II de la Ley del IGV, está exonerado del pago de este impuesto, el Servicio de transporte público de pasajeros dentro del país, excepto el transporte público ferroviario de pasajeros y el transporte aéreo.
Es importante mencionar que se incluye dentro de la exoneración al transporte público de pasajeros dentro del país al servicio del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao.
¿Qué incluye el “Servicio de Transporte Público de Pasajeros dentro del país”?
Dentro de este concepto están incluidos entre otros, el servicio de transporte público urbano de pasajeros, así como el transporte interprovincial de pasajeros.
Asimismo, el servicio de taxi así como el transporte en auto colectivo.
• Transporte Público Urbano de Pasajeros
Modalidad del servicio de transporte público de personas realizado con regularidad, continuidad, generalidad, obligatoriedad y uniformidad para satisfacer necesidades colectivas de viaje de carácter general, a través de una ruta determinada mediante una resolución de autorización. Se presta bajo las modalidades de Servicio Estándar y Servicio Diferenciado, en vehículos que cumplan con lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Vehículos y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte.
• Transporte interprovincial de Pasajeros
Modalidad del servicio de transporte público de personas realizado con regularidad, continuidad, generalidad, obligatoriedad y uniformidad para satisfacer necesidades colectivas de viaje de carácter general, a través de una ruta determinada mediante una resolución de autorización. Se presta bajo las modalidades de Servicio Estándar y Servicio Diferenciado, en vehículos que cumplan con lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Vehículos y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte.
• Servicio de Taxi
Es el servicio de transporte especial de ámbito provincial, prestado en vehículos de la categoría M1 de la clasificación vehicular, que tiene por objeto el traslado de personas desde un punto de origen hasta uno de destino señalado por quien lo contrata. La tarifa a cobrar por este servicio puede estar determinada mediante sistemas de control (taxímetros), precios preestablecidos, el libre mercado o cualquier otra modalidad permitida por la ley.
El servicio de taxi se regula por la Ley y los Reglamentos nacionales de transporte y tránsito terrestre, así como por las normas complementarias que determine la autoridad competente.
• Servicio de Transporte en Auto Colectivo
Es el servicio de transporte especial de personas que tiene por objeto el traslado de usuarios desde un punto de origen a uno de destino, dentro de una región, en un vehículo de la categoría M2 de clasificación vehicular establecida en el RNV.
En relación a estos servicios, consideramos que para efectos de gozar de la exoneración, el sujeto que presta el servicio debe estar debidamente autorizado por las autoridades competentes.
2.3. Casos Especiales
• Cesión de rutas
Son muchas las empresas de transporte que ceden sus rutas a favor de terceros, cobrando una suma de dinero por dicha cesión. En esos casos, la referida cesión está gravada con el IGV. Este criterio ha sido expuesto por la Administración Tributaria en el Informe Nº 124-2003/2B0000 enel cual opinó que
“La cesión en uso del derecho a explotar la ruta que realizan las empresas de transporte público de pasajeros en favor de las unidades que conforman el padrón vehicular de cada una de ellas, constituye una prestación de servicios gravada con el IGV”.
• Transporte en la Amazonía
Como se sabe, la Ley para la Promoción de la Amazonía (Ley Nº 27037) exonera del IGV a la prestación de servicios que se consuman en la zona, en la medida que quien los preste sea un sujeto ubicado en la Amazonía.
En ese caso, tratándose del transporte realizado por empresas ubicadas en la Amazonía, debe considerarse que para que opere la exoneración, el servicio debe haberse prestado íntegramente dentro de la zona. Este criterio ha sido expuesto por la SUNAT a través del Informe Nº 165-2008/2B0000 en el cual opinó que
“Los servicios de transporte que presten las empresas ubicadas en la Amazonía no se encuentran exonerados del IGV cuando el traslado se inicie dentro de dicha zona y concluya fuera de ella”.
3. TRATAMIENTO PARA EFECTOS DEL IR – NUEVO RUS
3.1. Base Legal
• TUO de la Ley del IR, Decreto Supremo Nº 179-2004-EF
• Texto del Nuevo Régimen Único Simplificado, Decreto Legislativo Nº 937
3.2. Tratamiento
De manera general, se puede afirmar que las empresas de transporte pueden acogerse a cualquiera de los regímenes tributarios existentes en nuestra legislación. No obstante, debe recordarse que el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) y el Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS) establecen ciertas limitaciones para que determinadas empresas
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