Ajuste Inicial Por Inflacion
Enviado por danijos3 • 18 de Septiembre de 2012 • 1.518 Palabras (7 Páginas) • 2.267 Visitas
UNIVERSIDAD DE ORIENTE
NÚCLEO DE MONAGAS
ESCUELA DE CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
MATURÍN, SEPTIEMBRE DE 2012
Definición de inflación
Es un fenómeno económico que consiste en el aumento sostenido y generalizado de los precios.
Ajustes por inflación
Se entiende por inflación el deterioro del poder adquisitivo de un signo monetario empleado como patrón de medida en el intercambio de bienes o servicios, incrementando el valor monetario de los mismos con lo cual disminuye el poder de compra de esa moneda
La adopción del ajuste por inflación por parte de la Ley de Impuestos Sobre la Renta no es mas que un reconocimiento legal de la inflación y sus afecciones sobre los distintos elementos que conforman este impuesto, por ejemplo el hecho de que la reforma de 1994 se haya incluido la unidad tributaria tanto el COT como el la LISLR como parámetro de medición y actualización de multas, sanciones, escalas progresivas de ingreso, etc., y que entre otras leyes en la reforma de 1999 la Ley de Sucesiones, Donaciones y DRC y la Ley de Timbre Fiscal hayan adoptado la Unidad Tributaria solo quiere decir que el sistema tributario reconoce su vulnerabilidad ante el flagelo inflacionario.
El Ajuste por Inflación no solo reconoce la revalorizacion de activos y pasivos no monetarios tal como lo dice la norma sino que también reconoce de manera no expresa, la perdida de valor de los monetarios con el ajuste de patrimonio neto inicial, esto es, al sumar algebraicamente activos menos pasivos (sin discriminación entre monetario y no monetarios) incluye los valores monetarios que desde el inicio del ejercicio han estado expuestos a la inflación, ganado en el caso de los pasivos monetarios y perdiendo en el caso de los activos. Como es sabido, el efecto de ajustar el patrimonio neto inicial es una disminución de la renta gravable, lo que permite concluir que en la renta fiscal grabada esta reconocida tanto la ganancia como la perdida de los valores monetarios activos y pasivos.
Finalidad del ajuste por inflación
El objetivo del ajuste es lograr que los contribuyentes paguen impuestos sobre una ganancia real y no ficticia o nominal, debido a que la inflación distorsiona los resultados de los estados financieros, ”Se podía caer en el absurdote gravar el propio capital del contribuyente y, en otros casos, permitir que quienes se beneficien por los efectos de la inflación, resulten favorecidos al no pagar impuestos sobre un monto de enriquecimiento que no refleja su verdadera capacidad económica y contributiva”. Para evitar esto, se decidió que los empresarios realizarán un primer ajuste (ajuste inicial) de sus partidas no monetarias al valor real para el cierre de su ejercicio económico y, posteriormente, un ajuste anual de sus rentas (reajuste regular) presentando los resultados al Fisco.
Es importante señalar que estos ajustes tienen un efecto meramente fiscal, son suplementarios a los estados financieros del contribuyente y no modifican su contabilidad interna.
Ajuste inicial por inflación fiscal
Se define como la actualización inicial de los activos y pasivos no monetarios que debe ser realizado de acuerdo a las normas establecidas en la L.I.S.L.R y la cual genera una variación en el patrimonio neto.
Contribuyentes obligados al ajuste por inflación.
Las empresas que deben realizar la actualización extraordinaria del valor de sus activos y pasivos no monetarios. En resumen son las siguientes (establecido al comienzo del Artículo 173 de la Ley de Impuesto sobre la Renta):
a) Que se dediquen a actividades comerciales.
b) Que se dediquen a actividades industriales.
c) Que se dediquen a actividades bancarias o financieras.
d) Que se dediquen al ramo de los seguros.
e) Que se dediquen a la actividad minera o petrolera.
Artículo 173.- A los solos efectos tributarios, los contribuyentes a que se refiere el artículo 7 de esta ley, Están sometidos al régimen impositivo previsto en esta Ley:
a) Las personas naturales.
b) Las compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada.
c) Las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas incluidas las irregulares o de hecho.
d) Los titulares de enriquecimiento provenientes de actividades de hidrocarburos y conexas, tales como la refinación y el transporte, sus regalías y quienes obtengan enriquecimientos derivados de la exportación de minerales, de hidrocarburos o de sus derivados.
e) Las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás entidades jurídicas o económicas no citadas en los literales anteriores.
f) Los establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional. Que iniciaron sus operaciones a partir del 1 de enero del año1993 y realicen actividades comerciales, industriales, bancarias, financieras, de seguros, reaseguros, explotación de minas e hidrocarburos y actividades conexas, que estén obligados a llevar libros de contabilidad, deberán al cierre de su primer ejercicio gravable, realizar una actualización inicial de sus activos y pasivos no monetarios, según las normas previstas en esta Ley, la cual traerá como consecuencia una variación en el monto del patrimonio neto para esa fecha.
Una vez practicada la actualización inicial de los activos y pasivos no monetarios, el Balance General Fiscal Actualizado servirá como punto inicial de referencia al sistema de reajuste regular por inflación.
Contribuyentes que pueden someterse voluntariamente.
Contribuyentes que realicen habitualmente actividades empresariales no mercantiles.
Que posean activos y
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