Amparo contra sentencia de segunda inatancia
Enviado por warlenaguilar • 30 de Mayo de 2017 • Práctica o problema • 6.101 Palabras (25 Páginas) • 461 Visitas
H. TIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMO CUARTO CIRCUITO EN EL ESTADO.
GABRIEL ALBERTO TUZ ORDOÑEZ, en mi carácter de denunciante y/o querellante en el presente juicio de Garantías, mayor de edad legal, soltero, estudiante, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y/o documentos en el presente asunto, el predio marcado con el número cuatrocientos veintidós de la calle veintiuno con cruzamientos las calles cuarenta y cuatro letra “B” y cuarenta y cuatro letra “C” de la Colonia Ampliación Pedregales de Lindavista de esta ciudad de Mérida, Yucatán; y en términos del artículo 12 y 24 de la Ley de Amparo en vigor, autorizo para oír y recibir todo tipo de notificaciones en mi nombre y representación a los Licenciados en derecho JUAN OSWALDO FERNANDEZ CARDEÑA y/o VERONICA MARILYN ORTIZ NAVARRO y/o Pasante en Derecho WARLEN IVAN AGUILAR SABIDO y/o c. GAMALIEL FERNANDEZ KU, indistintamente uno del otro; Ante usted C. Juez con el debido respeto comparezco a efecto de exponer lo siguiente:
Que vengo por mi propio y personal derecho, por medio del presente escrito y copias de Ley que acompaño al mismo, y con fundamento en los artículos 1 fracción I y 170 fracción I de la Ley de Amparo en vigor, ley reglamentaria de los artículos 103 fracción I y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a solicitar el Amparo y Protección de la Justicia Federal, en contra de los actos de las autoridades que más adelante señalaré como responsables por considerar que violan y vulneran en mi perjuicio las garantías constitucionales consagradas en los artículos 14, 17 y 20 inciso C, fracción IV de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.
Con fundamento en el artículo 175 de la Ley de Amparo en vigor manifiesto lo siguiente:
I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: GABRIEL ALBERTO TUZ ORDOÑEZ, con domicilio en el predio marcado con el número cuatrocientos veintidós de la calle veintiuno con cruzamientos las calles cuarenta y cuatro letra “b” y cuarenta y cuatro letra “c” de la colonia Ampliación Pedregales de Lindavista de esta ciudad de Mérida, Yucatán.
II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: ALBERTO ANTONIO TUZ FERNANDEZ con domicilio en el predio marcado con el numero cuatrocientos sesenta y ocho de la calle trece por cincuenta y ocho letra “B” y cincuenta y ocho letra “C” del fraccionamiento Montejo de esta ciudad de Mérida, Yucatán.
III.- AUTORIDAD RESPONSABLE: señalo como autoridad responsable ordenadora: A LA SALA COLEGIADA PENAL, DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE YUCATAN, con domicilio conocido en la avenida Jacinto Canek s/n por noventa de la colonia inalámbrica de la Ciudad de Mérida, Yucatán.
IV.- ACTO RECLAMADO: La injusta e infundada Sentencia de Segunda Instancia emitida en fecha quince de Abril del año dos mil quince en contra del c. ALBERTO ANTONIO TUZ FERNANDEZ, por la Autoridad señalada como responsable, en autos del Toca penal marcado con el numero 1210/2014, la cual modificó la diversa de primera instancia de fecha veintinueve de Septiembre del año dos mil catorce dictada por el entonces Juez Octavo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado de Yucatán, considerando al c. TUZ FERNANDEZ, como penalmente responsable del Delito de INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR, siendo que en el punto resolutivo séptimo de la misma, se condenó al c. ALBERTO ANTONIO TUZ FERNANDEZ al pago de la REPARACION DEL DAÑO EN ABSTRACTO, a favor del suscrito promovente GABRIEL ALBERTO TUZ ORDOÑEZ, por lo que el monto de dicha reparación deberá ser cuantificado en la etapa de ejecución de sentencia, violándose así las garantías constitucionales de seguridad Jurídica consagradas en la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, al no verme resarcido de los daños en una manera pronta y eficaz.
V.- ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO: Bajo formal protesta de decir verdad, manifiesto a Usted C. Juez Colegiado:
PRIMERO.- En sentencia de primera instancia de fecha veintinueve de Septiembre del año dos mil catorce, dictada por el extinto Juzgado Octavo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado de Yucatán, en la causa penal 62/2012 y actualmente se sigue en el Juzgado Cuarto Penal del Primer Departamento Judicial del Estado de Yucatán bajo el número 681/2012, se determinó que el c. ALBERTO ANTONIO TUZ FERNANDEZ, era penalmente responsable del delito de INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR, querellado por la ciudadana MONICA LILIANA ORDOÑEZ GARCIA, en agravio propio y del suscrito c. GABRIEL ALBERTO TUZ ORDOÑEZ, quien hasta esa fecha aun no contaba con la mayoría de edad, y en el punto resolutivo quinto de la misma sentencia, se condenó al c. ALBERTO ANTONIO TUZ FERNANDEZ, al pago de la cantidad de $ 528,000.00 ( son quinientos veintiocho mil pesos sin centavos moneda nacional.) en concepto de la REPARACION DEL DAÑO, por lo que hace al delito de I.O.A.F. a favor de la querellante MONICA LILIANA ORDOÑEZ GARCIA y del suscrito, suma resultante de las cantidades que omitió proporcionar el antes mencionado TUZ FERNANDEZ, para sufragar los gastos de su cónyuge e hijo, y que dichos gastos fueron cuantificados tomando en consideración las constancias y la documentación correspondiente, exhibida en autos por el suscrito y la antes mencionada ORDOÑEZ GARCIA.
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