Analisis Reforma Fiscal
Enviado por arman201189 • 6 de Febrero de 2014 • 326 Palabras (2 Páginas) • 350 Visitas
Reforma Fiscal Síntesis
Domicilio fiscal
Se considera domicilio fiscal de las personas físicas el que proporcionen a los bancos y otras instituciones financieras, en su caso, cuando no hayan manifestado al SAT el domicilio correcto que establece el Código Fiscal de la Federación o no se les localice en el mismo.
Medios electrónicos
Fiel
Para tramitar la Firma electrónica, se permite que las personas físicas, puedan realizar el trámite mediante un apoderado o representante legal.
FACTURA ELECTRÓNICA
El uso de la factura electrónica (comprobantes fiscales digitales por internet) es obligatorio para todos los contribuyentes.
Dichos comprobantes también deben emitirse por las retenciones de impuestos, descuentos, devoluciones o bonificaciones que se hagan.
Se eliminan los comprobantes impresos con código de barras bidimensional, los simplificados, los estados de cuenta como comprobantes fiscales, entre otros.
El SAT establecerá facilidades para emitir facturas a los contribuyentes que se adquieran desperdicios y materiales de la industria del reciclaje.
CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL
La autoridad fiscal puede dejar sin efectos el certificado de sello digital de los contribuyentes en los siguientes casos:
Cuando en un mismo ejercicio fiscal, omitan presentar tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.
Cuando durante el procedimiento administrativo de ejecución no localicen al contribuyente o desaparezca.
En las vistas domiciliarias o revisiones fiscales el contribuyente no puede ser localizado; desaparezca durante el procedimiento; no presente su contabilidad Los comprobantes fiscales emitidos se hayan utilizado para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
Detecten infracciones previstas en el Código Fiscal de la Federación cometidas por el contribuyente titular del certificado.
BUZÓN TRIBUTARIO
Los contribuyentes tendrán a su disposición un buzón tributario o sistema de comunicación electrónico en el portal de internet del SAT para que:
la autoridad fiscal realice la notificación de cualquier acto o resolución.
Los contribuyentes presenten promociones, solicitudes, avisos o cumplan requerimientos de la autoridad.
Realicen consultas sobre su situación fiscal.
Este sistema entra en vigor el 30 de junio de 2014 para las personas morales y el 1 de enero de 2015 para las personas físicas.
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