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Enviado por irume • 18 de Mayo de 2015 • 24.505 Palabras (99 Páginas) • 134 Visitas
NIC 31 Información financiera de los intereses en negocios conjuntos
Vigencia
• A partir del 1 de enero de 2005.
Objetivo
• Regular el tratamiento contable de las inversiones en negocios conjuntos (“joint ventures”), con independencia de la estructura o la forma jurídica bajo la cual tienen lugar las actividades de la entidad.
Resumen
• Control conjunto. Se aplica a todas las inversiones en las que el inversor tenga el control conjunto, a menos que éste sea una empresa de capital riesgo, un fondo de inversión o un fondo de inversión mobiliaria, y decida valorar dichas inversiones al valor razonable a través de la cuenta de resultados, de conformidad con la NIC 39.
• Negocio conjunto. La característica principal de un negocio conjunto es un acuerdo contractual para compartir el control. Se da cuando hay dos o más partícipes ligados con un convenio contractual y en dicho convenio se establece un control conjunto. Se distingue entre: partícipe (parte implicada que tiene control) e inversor (parte implicada que no tiene control). Los negocios conjuntos pueden clasificarse como: operaciones controladas conjuntamente, activos controlados conjuntamente o entidades controladas conjuntamente. Existen principios de reconocimiento diferentes para los distintos tipos de negocio conjunto.
• A] Operaciones controladas conjuntamente: el partícipe reconoce los activos que están bajo su control, los gastos y pasivos en los que incurre, así como su parte en los ingresos obtenidos, tanto en sus estados financieros individuales como consolidados.
o Es una manera de compartir entre los partícipes los ingresos de la venta de un producto conjunto y algunos gastos incurridos en común. Ejemplo: varias empresas participan en la fabricación de un avión. Las distintas partes del proceso de fabricación se realizan por cada partícipe, que soporta sus propios costes, y recibe un porcentaje de los ingresos por la venta del avión.
• B] Activos controlados conjuntamente: el partícipe reconoce su parte de los activos controlados conjuntamente, cualquier pasivo en el que haya incurrido directamente y su parte de los pasivos en los que haya incurrido conjuntamente con otros partícipes, cualquier ingreso resultante de la venta o uso de su parte de la producción del negocio conjunto, su participación en los gastos incurridos en relación con el negocio conjunto y cualquier gasto en que haya incurrido directamente en relación con su participación en el negocio conjunto. Estas normas son de aplicación tanto a los estados financieros individuales como consolidados.
o Implican el control conjunto (y a menudo la propiedad) de un activo. En este caso, el partícipe reconoce su parte en el activo controlado conjuntamente de acuerdo con la naturaleza del activo y no como inversión. Cada partícipe puede compartir parte de los gastos en los que haya incurrido. Ejemplo: utilización de un oleoducto propiedad de varias empresas.
• C] Entidades controladas conjuntamente: Existen la opción de elegir entre dos políticas contables:
o Consolidación proporcional: de acuerdo con este método el balance del partícipe incluye su participación en los activos bajo control común y su participación en los pasivos de los que es responsable conjuntamente. Su cuenta de resultados incluye su participación en los ingresos y gastos de la entidad controlada conjuntamente.
o Puesta en equivalencia: según lo dispuesto en la NIC 28.
o Implica una entidad separada en la que los partícipes tienen el cotnrol conjunto: La entidad puede firmar contratos en su propio nombre y obtener su propia financiación. También mantiene sus propios registros contables y prepara y presenta estados financieros. El partícipe puede elegir entre el método de consolidación proporcional y el de puesta en equivalencia.
• Las participaciones en entidades controladas conjuntamente que se clasifiquen como mantenidas para la venta de acuerdo con la NIIF 5 se contabilizarán de conformidad con dicha Norma.
• Incluso en el caso de que no se preparen estados financieros consolidados (por ejemplo, porque el partícipe no tenga inversiones en dependientes) se requiere la contabilización mediante la consolidación proporcional o el método de puesta en equivalencia para las entidades controladas conjuntamente. No obstante, en los “estados financieros individuales”, tal como se definen en la NIC 27, del partícipe, las participaciones en entidades controladas conjuntamente deben contabilizarse o bien al coste o como inversiones, de acuerdo con la NIC 39.
NIC 32 instrumentos financieros
conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera. El objetivo de esta Norma es establecer principios para presentar los instrumentos financieros como pasivos o patrimonio y para compensar activos y pasivos financieros. Ella aplica a la clasificación de los instrumentos financieros, desde la perspectiva del emisor, en activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio; en la clasificación de los intereses, dividendos y pérdidas y ganancias relacionadas con ellos, y en las circunstancias que obligan a la compensación de activos financieros y pasivos financieros. Los principios de esta Norma complementan los relativos al reconocimiento y medición de los activos y pasivos financieros, de la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición, y a la revelación de información sobre ellos en la NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar. El emisor de un instrumento financiero lo clasificará en su totalidad o en cada una de sus partes integrantes, en el momento de su reconocimiento inicial, como un pasivo financiero, un activo financiero o un instrumento de patrimonio, de conformidad con la esencia económica del acuerdo contractual y con las definiciones de pasivo financiero, de activo financiero y de instrumento de patrimonio. El emisor de un instrumento financiero no derivado evaluará las condiciones de éste para determinar si contiene componentes de pasivo y de patrimonio. Estos componentes se clasificaran por separado como pasivos financieros, activos financieros o instrumentos de patrimonio. Un instrumento financiero es cualquier contrato que dé lugar a un activo financiero en una entidad y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra entidad.
NIC 33 ganancia por acción
El objetivo de esta Norma es establecer los principios para la determinación y presentación de la cifra de ganancias por acción de las entidades, cuyo efecto será el de mejorar la comparación de los rendimientos entre diferentes entidades en el mismo
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