Beneficios De La Seguridad Social
Enviado por Rricardoj • 23 de Junio de 2015 • 393 Palabras (2 Páginas) • 155 Visitas
1 .- PRESTACIÓN MÉDICA POR ENFERMEDAD COMÚN .
Atención médica, quirúrgica, farmacéutica, dental, hospitalaria.
Inicia inmediatamente estés inscrito/a al régimen de Seguro social También los Hijos/as hasta los 18 años. Hasta los 25 años si son estudiantes, e inválidos/as mientras dure la invalidez .
Beneficia a su esposa o en su defecto, la compañera de unión de hecho que haya convivido por lo menos 9 meses con el asegurad o Madre del asegurado/a que viviese a su cargo
Padre del asegurado/a incapacitado para trabajar o mayor de 60 años que viviese a su cargo
Esposo o compañero inválido tendrá los mismos derechos que la esposa . o compañera del asegurado
Se mantiene durante los períodos en que la asegurada esté recibiendo subsidios de maternidad Al dejar de cotizar por cesantía involuntaria Hasta por 3(tres) meses
2.- SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORA L
A partir de los 18 días acumulados a cargo del empleador (empresa privada), A partir de los 15 días acumulados a cargo del Estado. Se requiere tener por lo menos 6 (seis) meses cotizados dentro de los últimos 9 (nueve) meses anteriores al mes de incapacidad
.
70% del salario promedio de los últimos dos meses (anteriores a la incapacidad) de cotizaciones acreditadas .
Se empieza a pagar a partir del 4to . día de incapacidad por 26 (veintiséis) semanas para una misma enfermedad, Si continúa la enfermedad la comisión de prestación deberá prorrogarlo hasta por un máximo de 1(un) año. Las recaídas se considerarán como una misma enfermedad si se presentan dentro de 60 (sesenta) días.
Si se presentan después de los 60 (sesenta) días se considerará como un a nueva enfermedad y se empezará a pagar a partir del 4to. día. El derecho a solicitar el subsidio de invalidez temporal prescribe al año.
3 .- SUBSIDIO POR MATERNIDAD
Atención médica pre-natal y obstétrica .
- Durante el embarazo - Para el parto - Después del parto .
- Se requiere haber cotizado por lo menos 4 (cuatro) mensualidades en los últimos 8 (ocho) meses antes de la solicitud
Asignación económica por maternidad .
- Se requiere un mínimo de 9 cotizaciones en los 12 meses anteriores al 7o . mes
de gravidez.
- Durante las 6 semanas antes del parto .
- Y las 8 semanas siguientes al parto.
- El subsidio corresponderá al salario semanal cotizado en los últimos 9 (nueve )
meses, El derecho a reclamar el pago de prestaciones por maternidad prescribe
al año del parto
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