CASO DE UN COBRO REAL
Enviado por Ana Martínez • 30 de Julio de 2021 • Trabajo • 1.323 Palabras (6 Páginas) • 393 Visitas
ACTIVIDAD 2
TALLER PRÁCTICO
DECLARACIÓN DE RENTA
FABRA RAMIREZ, SHIRLEY LORENA
MARTINEZ BAYONA, ANA MILENA
ROMERO CERINZA, PAOLA ANDREA
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS
ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
7968 – LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
DOCENTE: RAQUEL BEATRIZ AGRAY CORTES
BOGOTÁ, D.C.
ENERO, 2021
INTRODUCCIÓN
En el escrito a continuación se describe cuáles son las consecuencias de no generar los pagos de las obligaciones tributarias. Es importante tener en cuenta que las obligaciones financieras con el estado están hechas por la ley para el sostenimiento del mismo.
Se relaciona un caso real para su análisis y verificación frente a la ley que le corresponde y así comprender cómo se ve afectado el deudor por el no pago y el proceso que podría llegar a tener en caso de no ponerse al día con sus obligaciones. Cuando se administra una empresa es importante saber el nivel de exigibilidad de los pasivos, para evitar sobrecostos.
CASO DE UN COBRO REAL
Acción de cobro real expedida por la DIAN
La información anterior corresponde a un deudor que no genera el pago del IVA Bimestral por concepto de ventas en el año 2019. En estos casos el Ente Regulador DIAN informa oportunamente para evitar gastos adicionales por intereses y cobros coactivos.
Según se valida con la empresa en mora el pago no se realiza porque ésta tiene contratos bastante relevantes con Entidades Promotoras de Salud (EPS) y estas no pagaron a tiempo las facturas que se les emite. Esto en retribución altera el flujo de dinero de la compañía inicial.
En este caso la organización le da mayor nivel de exigibilidad a la nómina pero no tiene en cuenta los siguientes resultados que te deja no pagar el tributo:
Multa por no pago
Intereses sobre el valor que no se ha pagado
Consecuencias legales
La DIAN tiene un tiempo establecido de cinco (5) años como plazo para que los deudores morosos hagan el pago de los tributos pendientes y este es un término decisivo para que se tomen medidas más definitivas.
Después de generar los avisos correspondientes y dar al deudor las fechas, éste se encuentra en la total capacidad de asumir una medida legal en caso de el no cumplimiento de la obligación. Una de las opciones por las que puede optar la organización es el pago por cuotas con los intereses que la entidad cobradora crea pertinentes.
INFORME
La obligación tributaria comprende toda prestación o deber tributario que tiene como objeto el cumplimiento de recaudación de los impuestos. Entre las obligaciones formales se pueden citar: la presentación de las declaraciones tributarias, la obligación de expedir factura y entregarla al adquirente de bienes y servicios, la de llevar la contabilidad, la de suministrar información ocasional o regularmente, la de inscribirse como responsable del impuesto sobre las ventas, etc.
En concreto para este caso se genera la acción de cobro coactivo el cual se inicia con la solicitud al deudor a que pague o que realicen un acuerdo de pago. Si no obtiene el cumpliendo de la obligación la entidad a cargo expedirá un mandamiento de pago en el que se podrán decretar medidas cautelares sobre los bienes del deudor, se notificará tal como lo indica el estatuto tributario.
En esta etapa se da inicio formal del cobro obligatorio en el cual el deudor podrá proponer excepciones con la finalidad de no pagar y que se declare terminado el procedimiento de cobro coactivo.
De acuerdo con el Estatuto Tributario este dispone en su artículo 831 las excepciones de pago efectivo, existencia de acuerdo de pago, falta de ejecutoria del título, perdida de ejecutoria por revocación o suspensión provisional del acto administrativo, interposición de demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, prescripción de la acción de cobro y falta de título ejecutivo o incompetencia del funcionario que lo profirió.
La DIAN tiene la facultad para cobrar de manera directa las obligaciones de los impuestos que administra, el artículo 823 del Estatuto Tributario regula
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