CASO PRÁCTICO: EMPRESARIO CASADO
Enviado por edu delgado • 27 de Abril de 2020 • Apuntes • 697 Palabras (3 Páginas) • 624 Visitas
CASO PRÁCTICO: EMPRESARIO CASADO
D. Miquel Rius Soler adquirió el 5 de febrero de 2010 un establecimiento mercantil dedicado a la venta de alimentos en cuya fachada aparecía el rótulo “Supermercado Gómez”. Después de realizar diversas remodelaciones en el local, inició sus actividades el día 2 de julio de 2010, sin haber solicitado su inscripción en el Registro Mercantil.
En el otoño de ese mismo año conoció a una reciente y joven viuda, Dª Josefa Reverte, propietaria de una granja dedicada a la crianza y posterior venta de faisanes. Tras unas cortas relaciones, el 10 de noviembre de 2010, contrajeron matrimonio sin realizar capitulaciones matrimoniales.
El 15 de junio de 2011, el Sr. Rius celebró con la empresa ALIMENTARIA S.L, un contrato de suministro de fruta por el que el Sr. Rius se comprometió a abonar anualmente una cuota de 20.000 euros a la empresa suministradora.
Como consecuencia de la crisis económica nacional, el supermercado empezó a ir mal. De hecho, en verano de 2013 tuvo que solicitar un préstamo a la caja de ahorros de su ciudad cuya cifra ascendía a los 10.000 € y cuya devolución (más los intereses) debía hacerse en junio del siguiente año y, además, dejó de abonar a la empresa ALIMENTARIA S.L, la cuota pactada y correspondiente a ese año 2013.
En marzo de 2014, su mujer recibió en herencia una importante suma de dinero, lo que la condujo a otorgar capitulaciones matrimoniales, que se inscribieron en el correspondiente RM en mayo de 2014, y en las que se incluyó una cláusula de exclusión de los bienes comunes del matrimonio de las responsabilidades derivadas del ejercicio del comercio por parte de su cónyuge.
Llegado junio del 2014, D. Miquel no pudo hacer frente ni a la devolución del préstamo bancario, ni a las cuotas acordadas con la empresa suministradora de fruta y correspondientes a los ejercicios 2013 y 2014.
Cuestiones:
- ¿Con qué bienes cuenta la caja de ahorros para cobrar su crédito?
- ¿Con qué bienes cuenta ALIMENTARIA S.L para cobrar su crédito?
Al no existir capitulaciones se entenderá que el matrimonio esta bajo Régimen de gananciales hasta marzo de 2014 que se realizan las capitulaciones. Como mínimo Miquel tendrá que responder con los bienes privativos del comerciante y los comunes ex comercio que tenga en su haber, además al no existir pacto por capitulaciones al principio como ya he mencionado anteriormente también responderá con los bienes comunes no ex comercio ya que como indica el articulo 7 y 8 del Código de Comercio se entiende que se ha dado autorización conyugal por parte de Josefa ya que al contraer matrimonio con Miquel el ya se hallaba ejerciendo el comercio y lo había continuado sin oposición del otro. Con respecto a los privativos del conyugue no comerciante al no haber dado Josefa su autorización expresa no podrá responder con esos bienes.
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