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CONCEPTO ECONÓMICO Y JURÍDICO DE CRÉDITO. ANTECEDENTES DEL CRÉDITO


Enviado por   •  11 de Abril de 2017  •  Apuntes  •  4.582 Palabras (19 Páginas)  •  8.015 Visitas

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UNIDAD I –NOCIONES GENERALES

NOCIONES GENERALES.

CONCEPTO ECONÓMICO Y JURÍDICO DE CRÉDITO. ANTECEDENTES DEL CRÉDITO.

El termino crédito es una acepción latina “credere” que se interpreta como, confianza y se atribuye a una persona que es digna de crédito,lo que implica solvencia: económica y moral.

La reflexión sobre el concepto de crédito, como concepto económico, al cual la mayoría de los autores le atribuyen dos elementos (aspectos)fundamentales:

 la circulación de capital

 la función del tiempo.

En este sentido, el crédito es capital típicamente circulante, no convierte al capital fijo en circulante, sino que aporta nuevo capital circulante y reduce a fijo lo que nunca debió dejar de serlo en la práctica.( Lucas Beltrán).

Así , el crédito es un mecanismo mercantil que surgio espontaneo y utilitario ,permitio que el comercio se fortaleciera, se convierte en un apoyo consistente y confiable en el desarrollo y una multiplicidad de conceptos , se habla de creditos:

 nacional o internacional, de acuerdo a su procedencia.

 oficial o privado en cuanto a la fuente de financiación

 en bancario o no bancario de acuerdo al suministrante

 en cuanto al tiempo de vencimiento en de corto, mediano o largo plazo

 hay créditos industriales, comerciales, agrícolas, de consumo o de exportación.

El crédito indica el proceso objetivo que implica el trueque de bienes presentes por bienes venidereos, es decir el cambio de un valor presente por un valor futuro.

el crédito es simultáneamente:

 Atributo

 Acto jurídico

En sentido juridico:

En un crédito,habrá un acreditante (sujeto activo) que traslade al acreditado (sujeto pasivo),un valor economio actual con la obligación del acreditado de devolver tal valor o su equivalente en dinero en el plazo convenido.

El credito es la facultad que tiene el acredor (acreditante) de exigir al deudor (acreditado),el pago de la suma de dinero determinado al plazo convenido,es simultaneamente un atributo y acto juridico

Tambien se interpreta:

El credito ( proceso objetivo) es la obtencion (trueque,cambio) de de riqueza (valor.bienes presentes) a cambio de riquezas (valor,bienes futuros),los titulos de credito tienen la funcion juridica de ser representativos de riqueza (valor,bienes),lo mismo mobilaria que inmobiliaria,facilitandola transmisibilidad y negociabiidad.

Hay un acto de crédito cuando en el intercambio falta la simultaneidad entre la prestación y la contraprestación de bienes, dinero o servicios, ya que a una prestación económica presente corresponde el compromiso de una contraprestación futura. El intervalo de tiempo entre una y otra produce una ventaja económica.

Jurídicamente el crédito es un acto mediante el cual el prestador entrega temporalmente bienes de su propiedad a cambio de dinero adicional que cobrará cuando aquél le sea retornado; el acreditado por su parte, se aprovecha temporalmente de los bienes prestados por cuyo uso temporal está de acuerdo en pagar una renta o dividendo, que es el interés que el prestador obtiene al prestar.

La jurisprudencia y la doctrina ven en el crédito la confianza en la voluntad de cumplir una promesa hecha, o bien la creencia en la capacidad de pago del deudor, aunque no necesariamente se trata de supuestos que se identifican con el crédito porque incluso pueden faltar y no obstante efectuarse la operación de crédito.

La ley mexicana considera crédito :

“el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado o a contraer por cuenta de éste una obligación, quedando obligado el acreditado a restituir al acreditante las sumas de que disponga o a cubrirlo oportunamente por el importe de la obligación que contrajo” (Art 291 LOYTC).

En el ordenamiento mexicano,siguiendo la doctrina y teorías modernas.la ley general de títulos y operaciones de crédito de 1932,reduce a una categoría (unitaria) los títulos de crédito y establece:

Generales: para regular susu características fundamentales

Normas

Especiales: para regular sus especies (de títulos)

1.2 Antecedentes del comercio y del crédito.

1.2 Antecedentes del comercio y del credito

Antecedentes del Comercio

En prehistoria, cuando los hombres se dedicaban a la caza y la recolección, la producción de excedentes era casi nula; por las características de sus productos, esos excedentes no se hubieran podido almacenar. Pero desde las primeras actividades productivas, el excedente permitió emprender el hábito de intercambiar productos.

El trueque se mantuvo por mucho tiempo, aun en sociedades sedentarias. El desarrollo de nuevos bienes de consumo y crecimiento de la actividad comercial demostró que este sistema era poco práctico: – Porque no siempre el otro necesitaba aquello de lo que uno disponía – Era un problema determinar cuál era el valor exacto de los productos a intercambiar: La Moneda Una moneda es, de hecho, un elemento intermedio que sirve para facilitar los intercambios. Si todos los hombres establecían el valor de sus productos sobre la base de la misma mercancía, el intercambio era mucho más simpleCaracterísticas de los Bienes de Referencia Debía simplificarse Eran aceptados también la mayoría de Debía ser divisible traslado, cuidado y útiles los hombres su almacenamiento. los bienes de intercambio fueron haciéndose más pequeños y fácilmente manipulables

6. La Evolución del Derecho Mercantil• El derecho mercantil surge en la Edad Media, como un derecho especial frente al civil entre los gremios y corporaciones y éste se da por una necesidad de regular relaciones y necesidades de los mercaderes. Perduró hasta principios del siglo XIX, época en la que se promulgó el Código de Comercio Francés.

7. Edad Antigua (Leyes Rodias),• El primer cuerpo de Derecho mercantil de que nos habla la historia, son las leyes marítimas de los Rhodios. – Estas leyes que llegaron a formar un cuerpo de legislación reguladora del comercio marítimo – Gran influencia sobre la de los demás pueblos marítimos y muy particularmente en el Derecho de los romanos.

8. Edad Antigua (Leyes Rodias), No existió ningún derecho mercantil como es conocido hoy en día. Recopilación de un conjunto de usos sobre el comercio marítimo, Emperador Antonino, lo incorporó al derecho romano.

9. Derecho Romano Entendido no Ius Usado por los como una imposición, sino romanos Gentium como un privilegio Derecho común a Ius todos los hombres sin Expansión económica

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