ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONSTITUCION


Enviado por   •  7 de Octubre de 2014  •  610 Palabras (3 Páginas)  •  188 Visitas

Página 1 de 3

LEY 67 DE 1979

(Diciembre 26)

Por la cual se dictan las normas generales a las que deberá sujetarse el Presidente de la República para fomentar las exportaciones a través de las sociedades de comercialización internacional y se dictan otras disposiciones para el fomento del comercio exterior

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTICULO 1. Con el fin de fomentar las exportaciones de conformidad con los términos de la presente Ley y en desarrollo del ordinal 22 del artículo 120 de la Constitución Nacional, el Gobierno podrá otorgar incentivos especiales a las sociedades nacionales o mixtas que tengan por objeto la comercialización de productos colombianos en el exterior. Entre sus actividades dichas compañías podrán contemplar también la importación de bienes o insumos, bien sea para abastecer el mercado interno o para la fabricación de productos exportables.

DOCTRINA:

• CONCEPTO 039727 DE 27 DE JUNIO DE 2013. DIAN. Sociedades de comercialización internacional - Objeto social.

• OFICIO 55576 DE 31 DE AGOSTO DE 2012. DIAN. Obligaciones de las Sociedades de Comercialización Internacional.

ARTICULO 2. Para disfrutar de los incentivos especiales que se establezcan conforme al artículo anterior, además de los requisitos generales fijados por el *Código de Comercio y demás normas comunes sobre la materia, las sociedades de comercialización internacional deberán satisfacer las condiciones específicas que sobre su constitución, funcionamiento y régimen de inspección y vigilancia establezca el Gobierno.

Entre tales requisitos deberá contemplarse expresamente que el objeto de tales sociedades esté constituido por la venta de productos colombianos en el exterior, sea que la sociedad los adquiera en el mercado interno o exporte bienes fabricados por productores que sean socios de la misma.

*Nota de Interpretación: Para mayor información y mejor comprensión de la remisión hecha al Código de Comercio, le sugerimos remitirse a la publicación de nuestro Grupo Editorial Nueva Legislación “Código de Comercio”.

DOCTRINA:

• OFICIO 55576 DE 31 DE AGOSTO DE 2012. DIAN. Obligaciones de las Sociedades de Comercialización Internacional.

ARTICULO 3. Las operaciones de venta de mercancías que realicen fabricantes o productores nacionales a una sociedad de comercialización internacional, para que ésta las exporte, darán derecho a que aquellos se beneficien de los incentivos fiscales y aduaneros otorgados conforme a esta Ley, en la oportunidad en las condiciones que determine el Gobierno.

ARTICULO 4. En desarrollo de la presente Ley, y con sujeción a las normas que reglamentan cada uno de tales incentivos, el Gobierno Nacional podrá otorgar los siguientes:

a). Certificados

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com