CONTABILIDAD DE SOCIEDADES.PRACTICA CALIFICADA
Enviado por maribelitapa • 5 de Septiembre de 2021 • Examen • 580 Palabras (3 Páginas) • 151 Visitas
CONTABILIDAD DE SOCIEDADES
EVELYN TAPAHUASCO ORE
PRACTICA CALIFICADA
- Explique usted sobre las modalidades de constitución de la sociedad anónima y las otras sociedades.
Modalidades de constitución: se requiere de un procedimiento de constitución en el cual debe observarse las formalidades previstas por la ley. Podemos ver:
- Cuando todos los socios participan en un solo acto para suscribir el pacto social y la totalidad de las acciones que forman el capital social de la sociedad. (Constitución simultanea)
- La sociedad no se constituye en un solo acto por los socios fundadores en virtud del cual se hace un ofrecimiento a terceras personas para que suscriban en capital social (Constitución de forma sucesiva)
- Explique usted que se considera pluralidad de socios y cuando se pierde.
Primero, la sociedad requiere, por regla general, de dos socios como mínimo; segunda, si se pierde la pluralidad antedicha, existe un plazo de seis meses para recomponerla( búsqueda de nuevo socio); tercera, vencido el plazo y no recompuesta aquella pluralidad, entonces la sociedad incurre en causal de disolución y , por ende, debe disolverse, liquidarse y extinguirse; cuarta si la sociedad sigue operando se convierte en irregular; y quinta, ante la condición de irregular caben dos posibilidades: regularizarla es decir, hacerla pasar de irregular a regular recomponiendo la pluralidad de socios o disolverla (con lleva a la liquidación y extinción).
No es exigible pluralidad de socios cuando el único socio es el Estado o en otros casos señalados expresamente por ley.
- ¿Por qué se dice que la sociedad se constituye para el ejercicio de las actividades económicas?
Las actividades en que consiste el objeto social es un elemento necesario del contrato de sociedad ya que serán estas actividades las destinatarias de las aportaciones de los socios. Las aportaciones son el medio para el logro del fin último perseguido con la actividad en común que los socios proyectan y que se desencadena en una ventaja o lucro reflejado en la utilidad.
- Sobre los aportes, ¿Que acción se debe seguir contra el socio moroso de la sociedad?
Se deberá de demandar judicialmente el cumplimiento de la obligación en el proceso ejecutivo o proceder a la enajenación de las acciones del socio moroso por cuenta y riesgo en que se encuentre. Asimismo, la sociedad cobrara en beneficio, los gastos, intereses moratorios y los daños y perjuicios causados por la mora.
Cuando haya de procederse a la venta de acciones, la enajenación se verifica por medio de una sociedad de agente de bolsa y lleva consigo la sustitución del título originario por duplicado.
Cuando la venta no pudiera efectuarse parcial o totalmente por falta de un comprador, las acciones no vendidas son anuladas, con la consiguiente reducción de capital y quedan en beneficio de la sociedad las cantidades percibidas por ella a cuenta de estas acciones, sin perjuicio del resarcimiento por los mayores daños causados.
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